Boletín Oficial de la República Argentina del 30/10/2003 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
de la República Argentina Buenos Aires, jueves 30 de octubre de 2003

Nº 30.266

AÑO CXI

$ 0.70

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

LEGISLACIÓN Y AVISOS OFICIALES

comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional
DECISIONES
ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 169/2003
Autorízase a los funcionarios con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias a transferir licencias de dicho carácter devengadas por los años 2000 y 2001 y aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.
Bs. As., 24/10/2003
VISTO el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto Nº 3413, del 28 de diciembre de 1979 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 9º, inciso b del mencionado Régimen, a los efectos del otorgamiento de la licencia anual ordinaria, determina que procede considerar el período comprendido entre el 1 de diciembre del año al que corresponda y el 30 de noviembre del año siguiente, debiendo usufructuarse esa licencia dentro de dicho lapso.
Que a su vez, el inciso c de dicho artículo 9º, establece que el referido beneficio sólo puede ser transferido al período siguiente por la autoridad facultada para acordarlo, cuando concurran circunstancias fundadas en razones de servicio, no previendo que por esa causa se pueda aplazar la concesión de la licencia por más de UN 1 año.
Que en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, diversos agentes registran transferidas a este año sus licencias anuales ordinarias correspondientes a los años 2000 y 2001.
Que la dependencia aludida se encuentra en estos momentos en la etapa de satisfacer el cumplimiento de objetivos esenciales en su área de actuación.
Que por tales razones, no es conveniente, para la atención normal de sus servicios, que se acuerde antes del 30 de noviembre de 2003 el uso de las licencias devengadas por los años mencionados.
Que, ante esta situación y a fin de no dañar derechos incuestionables, corresponde facultar a la autoridad competente de ese organismo para disponer la transferencia de la licencia tratada al margen de las normas generales en vigor.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la inter-

PRESIDENCIA
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por Decreto Nº 659/1947

SUMARIO

vención que le compete, determinando que la medida propuesta es legalmente viable.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la Constitución Nacional.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase a los funcionarios del MINISTERIO DE DEFENSA, con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias, a transferir al período comprendido entre el 1 de diciembre de 2003 y el 30 de noviembre de 2004, como medida de excepción a lo dispuesto por el artículo 9º , inciso c del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto Nº 3413/79 y sus modificatorios, las licencias de aquel carácter devengadas por los años 2000 y 2001, y aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. José J. B. Pampuro.

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
Decisión Administrativa 171/2003
Apruébanse contrataciones de personal de la citada Jurisdicción, celebradas en los términos del Decreto N 1184/2001.

Pág.
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 285/2003-ST
Auspíciase la realización del quinto Tren Solidario, organizado por la Revista Rieles Latinoamericanos.

4

Resolución 342/2003-SG
Declárase de interés nacional el 10
Congreso Tributario, organizado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

3

Resolución 347/2003-SG
Decláranse de interés nacional el V
Congreso Argentino de Derecho Concursal y el III Congreso Iberoamericano sobre la insolvencia, a desarrollarse en la ciudad de Mar del Plata.
ADUANAS
Resolución 29/2003-DGA
Manual de procedimientos de los Centros de Control. Sistema Seguimiento de Contenedores DES.
ARANCELES
Disposición 89/2003-RPICF
Pautas a considerar al efecto de la percepción de aranceles cuando sus montos estuvieran expresados en moneda extranjera. Documentos de origen judicial y notarial.
METR
OLOGIA LEGAL
METROLOGIA
Resolución General 1585-AFIP
Modificación de los Anexos II A y III
A de la Resolución General N 268-AFIP.

4

Pág.
MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 169/2003
Autorízase a los funcionarios con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias a transferir licencias de dicho carácter devengadas por los años 2000 y 2001 y aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.

1

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
Decisión Administrativa 171/2003
Apruébanse contrataciones de personal de la citada Jurisdicción, celebradas en los términos del Decreto N 1184/
2001.

1

Decisión Administrativa 172/2003
Apruébanse contrataciones de la citada Jurisdicción, celebradas en los términos del Decreto N 1184/2001.

2

SALUD PUBLICA
Disposición 5832/2003-ANMAT
Levántase la clausura del establecimiento de la firma Científica Médica S.R.L.
ubicado en Avellaneda, provincia de Buenos Aires, dispuesta por la Disposición N 1388/2003.

5

2

5
VITIVINICUL
TURA
VITIVINICULTURA
Resolución C. 32/2003-INV
Establécese que la Declaración Jurada Mensual de Bodegas y Fábricas de Mosto - Existencia y Movimientos de Vinos y 4
Continúa en página 2

Bs. As., 28/10/2003
VISTO el expediente Nº 5502/03 del registro del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y
TECNOLOGIA, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y 577 de fecha 7 de agosto de 2003, y CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto N 491/
02 se ha establecido que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.
Que el Decreto N 601/02 estableció que las disposiciones citadas precedentemente son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 1184/01.

DE LA

NACIÓN

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI

JORGE EDUARDO FEIJOÓ

Secretario
Director Nacional
Que el Decreto N 577/03 estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS, en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorarios equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL $ 2.000.
Que el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA ha elevado la propuesta de contrataciones de personal cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada Jurisdicción y con el objeto de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas para el año 2003, siendo que los mismos reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que en cada caso se indican.

DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas
Que para las altas de las contrataciones que se proponen se ha dado cumplimiento a lo previsto en el artículo 6 del Decreto 601 de fecha 11 de abril de 2002.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente medida, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 70 MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1 de Decreto N 577/03.

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e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 230.932

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/10/2003 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha30/10/2003

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9381

Primera edición02/01/1989

Ultima edición29/06/2024

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