Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/7/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 5 de julio de 2012
bajo Matrícula Nº 5.288 en Registro de la Propiedad de Colón; y que resultó afectado por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo: Villa ElisaJubileo, subtramo: Villa Elisa-Arroyo Barú, en la suma total de pesos veintitrés mil setecientos cuarenta con sesenta y cuatro centavos $
23.740,64.
Art. 2º La Dirección Provincial de Vialidad realizará los trámites necesarios conducentes a la efectiva transferencia de inmueble por escritura pública.
Art. 3º Impútese el gasto de pesos veintitrés mil setecientos cuarenta con sesenta y cuatro centavos $ 23.740,63 con cargo a Dirección de Administración 302, Carácter 2, Jurisdicción 25, Subjurisdicción 00, Entidad 0302, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 01, Actividad 00, Obra 78, Finalidad 4, Función 31, Fuente de Financiamiento 12, Subfuente 0228, Inciso 4, Partida Principal 1, Partida Parcial 1, Subparcial 0000, Departamento 97, Ubicación Geográfica 99, del presupuesto 2011 s/Ley 10.011, Expediente de Gastos Nº 101.662.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las presentes actuaciones a la Dirección Provincial de Vialidad a los fines pertinentes.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 685 MPIyS
RATIFICANDO ACTUACIÓN
Paraná, 29 de diciembre de 2011
VISTO:
La gestión promovida por la Dirección Provincial de Vialidad; y CONSIDERANDO:
Que se requiere la aprobación del contrato de avenimiento celebrado con el señor Abel Esteban Benay, en su carácter de propietario, por el cual se transfiere una fracción de terreno al Superior Gobierno de la Provincia;
Que dicho avenimiento fue aprobado por Resolución Nº 3.131/11 del señor Administrador de la citada repartición;
Que oportunamente se dictó la Ley Nº 9.995
que declaró de utilidad pública el inmueble afectado por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo: Villa Elisa-Jubileo, subtramo: Villa Elisa-Arroyo Barú;
Que la adquisición se realiza por un importe total de pesos ocho mil seiscientos noventa y cuatro con ochenta y cuatro centavos $
8.694.84 el que resulta de adicionar el 10% en virtud de la Ley de Expropiación Nº 6.467, artículo 9º, al valor tasado por Resolución Nº 3.443 de fecha 19.4.11 del Consejo de Tasaciones de la Provincia, establecido en la suma de pesos siete mil novecientos cuatro con cuarenta centavos $ 7.904,40;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 6.467, corresponde la ratificación de lo actuado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad y apruébase el contrato de avenimiento que tiene por objeto la adquisición de 1 una fracción de terreno, declarado de utilidad pública por Ley Nº 9.995
celebrado con el señor Abel Esteban Benay, L.E. Nº 8.421.552, en su carácter de propietario, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Colón, Distrito 4º, cuya superficie es de 00 has. 28 as. 23 cas., según plano catastral N º 47.819, estando inscripto el 9.2.88, bajo Matrícula Nº 3.352 en el Registro de la Propiedad de Colón; y que resultó afectado por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo:

BOLETIN OFICIAL
Villa Elisa-Jubileo, subtramo I: Villa Elisa-Arroyo Barú, en la suma total de pesos ocho mil seiscientos noventa y cuatro con ochenta y cuatro centavos $ 8.694.84.
Art. 2º La Dirección Provincial de Vialidad realizará los trámites necesarios conducentes a la efectiva transferencia de inmueble por escritura pública.
Art. 3º Impútese el gasto de pesos ocho mil seiscientos noventa y cuatro con ochenta y cuatro centavos $ 8.694,84 con cargo a Dirección de Administración 302, Carácter 2, Jurisdicción 25, Subjurisdicción 00, Entidad 0302, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 01, Actividad 00, Obra 78, Finalidad 4, Función 31, Fuente de Financiamiento 12, Subfuente 0228, Inciso 4, Partida Principal 1, Partida Parcial 1, Subparcial 0000, Departamento 97, Ubicación Geográfica 99, del presupuesto 2011 s/Ley 10.011, Expediente de Gastos Nº 102.714.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las presentes actuaciones a la Dirección Provincial de Vialidad a los fines pertinentes.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 686 MPIyS
RATIFICANDO ACTUACIÓN
Paraná, 29 de diciembre de 2011
VISTO:
La gestión promovida por la Dirección Provincial de Vialidad; y CONSIDERANDO:
Que se requiere la aprobación del contrato de avenimiento celebrado con el señor Hugo Mario Buenar, en su carácter de propietario, por el cual transfiere una fracción de terreno al Superior Gobierno de la Provincia;
Que dicho avenimiento fue aprobado por Resolución Nº 2.618/11 del señor Administrador de la citada repartición;
Que oportunamente se dictó la Ley Nº 9.995
que declaró de utilidad pública el inmueble afectado por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo Villa Elisa-Jubileo, subtramo: Villa Elisa-Arroyo Barú;
Que la adquisición se realiza por un importe total de pesos cuarenta y dos mil ochocientos noventa y cinco con 16/100 $ 42.895,16 el que resulta de adicionar el 10% en virtud de la Ley de Expropiación Nº 6.467, artículo 9º, al valor tasado por Resolución Nº 3.371 de fecha 21.2.11 del Consejo de Tasaciones de la Provincia, establecido en la suma de pesos treinta y ocho mil novecientos noventa y cinco con 60/100 $ 38.995,60;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 6.467, corresponde la ratificación de lo actuado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad y apruébase el avenimiento por la adquisición de 1 una fracción de terreno, declarada de utilidad pública por Ley Nº 9.995 celebrado con el señor Hugo Mario Buenar, MI Nº 8.419.509, en su carácter de propietario, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento ColónDistrito 2º, Municipio de Villa Elisa, Ejido de Villa Elisa-Colonia Vázquez, Grupo 7, parte de la Concesión 30 y 50, cuya superficie es de 13.927,00 m 2
según plano catastral Nº 47.328, estando inscripto el 3.10.78, bajo Matrícula Nº 107.539 en el Registro de la Propiedad de Colón, y que resultó afectada por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo Villa Elisa-Jubileo, subtramo: Villa Elisa-Arroyo Barú, en la suma de pesos cua-

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renta y dos mil ochocientos noventa y cinco con 16/100 $ 42.895, 16.
Art. 2º La Dirección Provincial de Vialidad realizará los trámites necesarios conducentes a la efectiva transferencia del inmueble por escritura pública.
Art. 3º Impútese el gasto de pesos cuarenta y dos mil ochocientos noventa y cinco con 16/100 $ 42.895,16 con cargo a: Dirección de Administración 302, Carácter 2, Jurisdicción 25, Subjurisdicción 00, Entidad 0302, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 01, Actividad 00, Obra 78, Finalidad 4, Función 31, Fuente de Financiamiento 12, Subfuente 0229, Inciso 4, Partida Principal 1, Partida Parcial 1, Subparcial 0000, Departamento 97, Ubicación Geográfica 99, del presupuesto vigente 2011
s/Ley 10.011, Expediente de Gasto Nº 101.593.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las presentes actuaciones a la Dirección Provincial de Vialidad a los fines pertinentes.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 687 MPIyS
RATIFICANDO ACTUACIÓN
Paraná, 29 de diciembre de 2011
VISTO:
La gestión promovida por la Dirección Provincial de Vialidad; y CONSIDERANDO:
Que se requiere la aprobación del contrato de avenimiento celebrado con la señora Nilda Graciela Caire y los señores Víctor Hugo Caire y Jorge Daniel Caire, en su carácter de propietarios, por el cual se transfiere una 1 fracción de terreno al Superior Gobierno de la Provincia;
Que dicho avenimiento fue aprobado por Resolución Nº 3.369/11 del señor Administrador de la citada repartición;
Que oportunamente se dictó la Ley Nº 9.995
que declaró de utilidad pública el inmueble afectado por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo: Villa Elisa-Jubileo, subtramo: Villa Elisa-Arroyo Barú;
Que la adquisición se realiza por un importe total de pesos cinco mil novecientos ochenta y seis con veinte centavos $ 5.986,20 el que resulta de adicionar el 10% en virtud de la Ley de Expropiación Nº 6.467, artículo 9º, al valor tasado por Resolución Nº 3409 de fecha 4.3.11
del Consejo de Tasaciones de la Provincia, establecido en la suma de pesos cinco mil cuatrocientos cuarenta y dos $ 5.442,00;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 6.467, corresponde la ratificación de lo actuado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad y apruébase el contrato de avenimiento que tiene por objeto la adquisición de una 1 fracción de terreno, declarado de utilidad pública por Ley Nº 9.995
celebrado la señora Nilda Graciela Caire, DNI
Nº 11.728.530 y los señores Víctor Hugo Caire, DNI Nº 11.078.248, Jorge Daniel Caire, DNI Nº 17.599.717, en su carácter de propietarios, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Colón, Distrito 4º, cuya superficie es de 00 has. 18 as. 14 cas, según plano catastral Nº 47.549, estando inscripto el 4.12.78, bajo Matrícula Nº 1.717 en el Registro de la Propiedad de Colón; y que resultó afectado por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo: Villa ElisaJubileo, subtramo I: Villa Elisa-Arroyo Barú, en la suma total de pesos cinco mil novecientos

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/7/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha05/07/2012

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

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