Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/7/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Ríos, Departamento Colón, Distrito 2º, Municipio de Villa Elisa, Ejido de Villa Elisa-Colonia Vázquez, Grupo 8, parte de la concesión 8, cuya superficie es de 14.886,00 m 2 conforme surge del plano de mensura Nº 47.331 obrante a fojas 8, estando inscripta el 18.6.81, bajo matrícula Nº 107.782; en el Registro de la Propiedad de Colón, y que resultó afectada por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo Villa Elisa-Jubileo, subtramo: Villa Elisa Arroyo Barú, en la suma de pesos cuarenta y cinco mil ochocientos cuarenta y ocho con 88/100 $
45.848,88.
Art. 2º La Dirección Provincial de Vialidad realizará los trámites necesarios conducentes a la efectiva transferencia del inmueble por escritura pública.
Art. 3º Impútese el gasto de pesos cuarenta y cinco mil ochocientos cuarenta y ocho con 88/100 $ 45.848,88 con cargo a: Dirección de Administración 302, Carácter 2, Jurisdicción 25, Subjurisdicción 00, Entidad 0302, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 01, Actividad 00, Obra 78, Finalidad 4, Función 31, Fuente de Financiamiento 12, Subfuente 0229, Inciso 4, Partida Principal 1, Partida Parcial 1, Subparcial 0000, Departamento 97, Ubicación Geográfica 99, del presupuesto vigente 2011
s/Ley 10.011, Expediente de Gasto Nº 101.594.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección Provincial de Vialidad a los fines pertinentes.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 682 MPIyS
RATIFICANDO ACTUACIÓN
Paraná, 29 de diciembre de 2011
VISTO:
La gestión promovida por la Dirección Provincial de Vialidad; y CONSIDERANDO:
Que se requiere la aprobación del contrato de avenimiento celebrado con el señor René Luis Chaulet, en su carácter de propietario, por el cual transfieren una 1 fracción de terreno al Superior Gobierno de la Provincia;
Que dicho avenimiento fue aprobado por Resolución Nº 2.660/11 del señor Administrador de la citada repartición;
Que oportunamente se dictó la Ley Nº 9.995
que declaró de utilidad pública el inmueble afectado por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo Villa Elisa-Jubileo, subtramo: Villa ElisaArroyo Barú;
Que la adquisición se realiza por un importe total de pesos diez mil setecientos cinco con 31/100 $ 10.705,31 el que resulta de adicionar el 10% en virtud de la Ley de Expropiación Nº 6.467, artículo 9º, al valor tasado por Resolución Nº 3.362 de fecha 21.1.11 del Consejo de Tasaciones de la Provincia, establecido en la suma de pesos nueve mil setecientos treinta y dos con 10/100 $ 9.732,10;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 6.467, corresponde la ratificación de lo actuado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad y apruébase el contrato de avenimiento por la adquisición de una 1 fracción de terreno, declarada de utilidad pública por Ley Nº 9.995 celebrado con el señor René Luis Chaulet, MI Nº 5.808.351, en su carácter de propietario de una 1 fracción de terreno, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Colón, Distrito 2º, Municipio de
BOLETIN OFICIAL
Villa Elisa, Ejido de Villa Elisa, Colonia Vázquez, concesión 123, cuya superficie es de 3.041,28 m 2 , según plano catastral Nº 47.342, estando inscripto el 18.7.68, bajo tomo 56 folio 1.149 en el Registro de la Propiedad de Colón, y que resultó afectada por la obra: Ruta Provincial Nº 23 tramo Villa Elisa-Jubileo, subtramo: Villa Elisa-Arroyo Barú, en la suma de pesos diez mil setecientos cinco con 31/100 $
10.705,31.
Art. 2º La Dirección Provincial de Vialidad realizará los trámites necesarios conducentes a la efectiva transferencia del inmueble por escritura pública.
Art. 3º Impútese el gasto de pesos diez mil setecientos cinco con 31/100 $ 10.705,31
con cargo a: Dirección de Administración 302, Carácter 2, Jurisdicción 25, Subjurisdicción 00, Entidad 0302, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 01, Actividad 00, Obra 78, Finalidad 4, Función 31, Fuente de Financiamiento 12, Subfuente 0229, Inciso 4, Partida Principal 1, Partida Parcial 1, Subparcial 0000, Departamento 97, Ubicación Geográfica 99, del presupuesto vigente 2011 s/Ley 10.011, Expediente de Gasto Nº 101.618.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las presentes actuaciones a la Dirección Provincial de Vialidad a los fines pertinentes.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 683 MPIyS
RATIFICANDO ACTUACIÓN
Paraná, 29 de diciembre de 2011
VISTO:
La gestión promovida por la Dirección Provincial de Vialidad; y CONSIDERANDO:
Que se requiere la aprobación del contrato de avenimiento celebrado con el señor Eduardo Fabián Guerrero, en su carácter de propietario, por el cual se transfiere una 1 fracción de terreno al Superior Gobierno de la Provincia;
Que dicho avenimiento fue aprobado por Resolución Nº 2.895/11 del señor Administrador de la citada repartición;
Que oportunamente se dictó la Ley Nº 9.995
que declaró de utilidad pública el inmueble afectado por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo: Villa Elisa-Jubileo, subtramo: Villa Elisa-Arroyo Barú;
Que la adquisición se realiza por un importe total de pesos ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco con 40/100 $ 8.485,40 el que resulta de adicionar el 10% en virtud de la Ley de Expropiación Nº 6.467, artículo 9º, al valor tasado por Resolución Nº 3.370 de fecha 21.2.11 del Consejo de Tasaciones de la Provincia, establecido en la suma de pesos siete mil setecientos catorce con 00/100 $
7.714,00;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 6.467, corresponde la ratificación de lo actuado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad y apruébase el contrato de avenimiento que tiene por objeto la adquisición de una 1 fracción de terreno, declarado de utilidad pública por Ley Nº 9.995
celebrado con el señor Eduardo Fabián Guerrero, DNI Nº 16.614.435, en su carácter de propietario, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Colón, 2º Distrito, Municipio de Villa Elisa, Ejido de Villa Elisa, Colonia Vázquez, Grupo 7, parte concesión 50, cuya
Paraná, jueves 5 de julio de 2012
superficie es de 2.755,00 m 2 , según plano catastral Nº 47.325, estando inscripto el 23/01/1997 bajo Matrícula Nº 104.044 en Registro de la Propiedad de Colón; y que resultó afectado por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo: Villa Elisa-Jubileo, subtramo: Villa Elisa-Arroyo Barú, en la suma total de pesos ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco con 40/100
$ 8.485,40.
Art. 2º La Dirección Provincial de Vialidad realizará los trámites necesarios conducentes a la efectiva transferencia de inmueble por escritura pública.
Art. 3º Impútese el gasto de pesos ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco con 40/100
$ 8.485,40 con cargo a: Dirección de Administración 302, Carácter 2, Jurisdicción 25, Subjurisdicción 00, Entidad 0302, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 01, Actividad 00, Obra 78, Finalidad 4, Función 31, Fuente de Financiamiento 12, Subfuente 0229, Inciso 4, Partida Principal 1, Partida Parcial 1, Subparcial 0000, Departamento 97, Ubicación Geográfica 99, del presupuesto vigente 2011
s/Ley 10.011, Expediente de Gastos Nº 102.658.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las presentes actuaciones a la Dirección Provincial de Vialidad a los fines pertinentes.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 684 MPIyS
RATIFICANDO ACTUACIÓN
Paraná, 29 de diciembre de 2011
VISTO:
La gestión promovida por la Dirección Provincial de Vialidad; y CONSIDERANDO:
Que se requiere la aprobación del contrato de avenimiento celebrado con el señor José Elías Giménez, en su carácter de propietario, por el cual se transfiere una 1 fracción de terreno al Superior Gobierno de la Provincia;
Que dicho avenimiento fue aprobado por Resolución Nº 3.221/11 del señor Administrador de la citada repartición;
Que oportunamente se dictó la Ley Nº 9.995
que declaró de utilidad pública el inmueble afectado por la obra: Ruta Provincial Nº 23, tramo: Villa Elisa-Jubileo, subtramo: Villa Elisa-Arroyo Barú;
Que la adquisición se realiza por un importe total de pesos veintitrés mil setecientos cuar e n t a c o n s e s e n t a y c u a t r o c e n t a v o s $
23.740,64 el que resulta de adicionar el 10%
en virtud de la Ley de Expropiación Nº 6.467, artículo 9º, al valor tasado por Resolución Nº 3438 de fecha 19.4.11 del Consejo de Tasaciones de la Provincia, establecido en la suma de pesos veintiún mil quinientos ochenta y dos con cuarenta centavos $ 21.582,40;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 6.467, corresponde la ratificación de lo actuado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad y apruébase el contrato de avenimiento que tiene por objeto la adquisición de una 1 fracción de terreno, declarado de utilidad pública por Ley Nº 9.995
celebrado con el señor José Elías Giménez, MI
Nº 5.822.338, en su carácter de propietario, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Colón, Distrito 2º, cuya superficie es de 00 cero hectáreas, 77 setenta y siete áreas, 08 ocho centiáreas, según plano catastral Nº 47.786, estando inscripto el 19.12.08

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/7/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha05/07/2012

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

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