Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/02/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 21 de Febrero de 2008

Nº 4596

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO IL
EDICION DE 26 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 26

DECRETOS

DECRETO Nº 350
Viedma, 21 de diciembre de 2007.
Visto, el Expte. N 18.019-CFP-2.007, del registro de la Secretaría General de la Gobernación, las Leyes N 1.844, 1.904, N 3.959; y, CONSIDERANDO:
Que los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2007 y 1 de enero de 2008 se lleva a cabo la celebración de la Navidad y del Año Nuevo;
Que resulta conveniente otorgar un estímulo para aquellos agentes que mantengan la cobertura de servicios esenciales como las que prestan los centros asistenciales dependientes del Ministerio de Salud los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2.007 y 1 de enero de 2.008;
Que en este orden de cosas se dispone el pago de un incentivo de carácter no remunerativo y no bonificable de pesos cien $ 100,00 por día trabajado, para el personal escalafonado en la Ley N 1.844 y N 1.904 que preste servicios efectivos en los centros asistenciales dependientes del Ministerio de Salud los días señalados;
Que asimismo, se entenderá excluido de la disposición establecida el personal que revista en la Ley N 1.904 que cumpla guardia activa o pasiva en esos días;
Que siendo la presente una medida extraordinaria y transitoria que conlleva un importante esfuerzo económico para las arcas provinciales, se estima apropiado que sus consecuencias favorables recaigan como premio para aquellos agentes que cumplen efectivamente con sus tareas, incentivándose el esfuerzo por contribuir a la calidad de la prestación de servicios los días indicados;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 04810-07;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Otorgar, por única vez, un incentivo de carácter no remunerativo y no bonificable de pesos cien $ 100,0 por día trabajado, para el personal escalafonado en la Ley N 1.844 y N 1.904 que preste servicios efectivos en los centros asistenciales dependientes del Ministerio de Salud los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2007 y 1 de enero de 2008.
Se entenderá excluido el personal que revista en la Ley N 1.904 que cumpla guardia activa o pasiva los días señalados.
Art. 2º - Autorizar al Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos a realizar las adecuaciones presupuestarias que considere necesarias para dar cumplimiento al presente decreto.
Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Gobierno, Salud y de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tornar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
SAIZ.- J. L. Rodríguez.- C. L. Uria.- P. F. Verani.
oOo DECRETO Nº 356
Viedma, 21 de diciembre de 2007.
Visto, los expedientes N 11.393-DGH-07, N 12.004-DGH-07 del registro del Ministerio de Producción; las Leyes Nacionales N 17.319, N 26.197, el Decreto Nacional N 546/03, y;
CONSIDERANDO:
Que es objetivo del Gobierno Provincial ejercer acciones concretas para revertir la declinación en las reservas provinciales de los recursos no renovables de petróleo y gas;

Que la política en materia de hidrocarburos debe estar sustentada en un mayor esfuerzo exploratorio que permita ampliar el conocimiento geológico y redunde en la incorporación de nuevas áreas productivas;
Que las características propias de los trabajos requieren de una capacidad técnica y económica acorde con las obligaciones derivadas de la actividad;
Que alentar la producción de hidrocarburos como elemento de expansión económica y social, demanda la promoción activa de la participación de capitales privados de riesgo que aporten la inversión necesaria para la exploración y el desarrollo de los yacimientos;
Que a tal efecto y en función de lo dispuesto por el Artículo 124 de la Constitución Nacional y los Artículos 70 y 79 de la Constitución Provincial, la Provincia de Río Negro puso en marcha el Concurso Público Nacional e Internacional N 01/07 para la Adjudicación de Permisos de Exploración y Eventuales Concesiones de Explotación Transporte y Comercialización de Hidrocarburos sobre las Areas Hidrocarburíferas Rionegrinas denominadas: Angostura, Blanco de los Olivos Oriental, Catriel Viejo Sur, Cerro Chato, Puesto Guevara y Tres Nidos Sur;
Que el otorgamiento de permisos de exploración bajo los términos de la Ley N
17.319 resulta un procedimiento idóneo a fin de canalizar las inversiones conducentes al hallazgo de hidrocarburos;
Que en tal sentido el Ministerio de Producción, mediante Resolución N 427/
07 instrumentó el proceso licitatorio, disponiendo que la Dirección General de Hidrocarburos ejerza como Autoridad de Aplicación la conducción de dicho proceso, y que la Comisión de Preadjudicación tenga a su cargo la evaluación de las ofertas, su calificación y preadjudicación;
Que la citada Resolución dispone que la Comisión de Preadjudicación estará integrada por un 1 representante de la Contaduría General de la Provincia, uno 1 del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, uno 1 de la Dirección General de Hidrocarburos y dos 2 técnicos propuestos por la Autoridad de Aplicación;
Que en el marco de este Concurso Público Nacional e Internacional se presentaron diversas ofertas con sus correspondientes Sobres A y B;
Que la apertura de las ofertas técnicas contenidas en los sobres A se produjo el 12 de Julio de 2007;
Que con fecha 23 de Agosto de 2007 se procedió a la apertura de los sobres B de los oferentes calificados;
Que luego de analizar las propuestas económicas, la Comisión de Preadjudicación emitió con fecha 6 de Noviembre de 2007 el Acta N 12 calificando a las empresas Geodyne Energy S.A.-Unitec Bio S.A. y preadjudicando el Area:
Catriel Viejo Sur a estas empresas;
Que notificados los interesados y vencidos los plazos de ley no se formularon impugnaciones a la preadjudicación otorgada;
Que con fecha 14 de Noviembre de 2007, la Comisión de Preadjudicación emitió el Acta N14 aconsejando adjudicar el permiso de exploración del Area a la empresa preadjudicataria;
Que tanto la preadjudicación como la recomendación de adjudicar el permiso de exploración del Area Catriel Viejo Sur al oferente Geodyne Energy S.A. Unitec Bio S.A.Compromiso de UTE se basan en las calidades de la oferta propuesta;
Que el monto total de la oferta económica presentada por Geodyne Energy S.A. Unitec Bio S.A.Compromiso de UTE asciende a un total de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL U$S 3.900.000,00
equivalentes a Setecientos Ochenta 780 Unidades de Trabajo para el Primer Período de Exploración;
Que dentro de la oferta se incluyen treinta 30 Unidades de Trabajo destinadas a capacitación, Quinientas 500 en concepto de aporte en especie del cinco por ciento 5% de la producción futura, y la ejecución de la base mínima K en un lapso de dos 2 años;
Que de acuerdo a las constancias administrativas el proceso ha sido llevado en un todo de acuerdo con lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones y la normativa aplicable;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/02/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha21/02/2008

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones1916

Primera edición03/01/2002

Ultima edición01/07/2024

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