Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/10/2011 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 31 de octubre de 2011

1

SECCIÓN

PUBLICACIONES

AÑO XCIX - TOMO DLX - Nº 204
CORDOBA, R.A., LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2011

DE

GOBIERNO

SECRETARÍA de CULTURA

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
PODER LEGISLATIVO

Seminario de Danza Clásica Nora Irinova
Resolución Nº 11

Llaman a Concurso de antecedentes y oposición
VISTO: El Expte. Nº: 0523-00381/11, caratulado Dirección de Administración. Compensación de Recursos Financieros Nº 14 en el que se propicia la compensación de recursos financieros, asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, en el marco de Ley Nº 9.086; Decreto Nº 1966/09; Decreto 150/04 y modificatorios.

Resolución Nº 640
Córdoba, 19 de Octubre de 2011
Y VISTO: Las actuaciones contenidas en el expediente Nº 0385-070458/2011
del registro de esta Secretaria de Cultura, relacionadas con el Llamado a Concurso para cubrir cargos vacantes de Pianistas Acompañantes, Músico de Tercera 09030, en el Seminario de Danza Clásica Nora Irinova de la Provincia de Córdoba.Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 774/63 Reglamento Cuerpos Artísticos de la Provincia de Córdoba el ingreso a la misma debe ser por concurso de antecedentes y oposición.Por ello, lo establecido en el Decreto N
2065/2010, y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley N 9454.EL SECRETARIO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Llamar a Concurso de antecedentes y oposición, el cual se regirá por lo previsto en el Capítulo II del Decreto N 774/63, para cubrir los siguientes cargos vacantes del Seminario de Danza Clásica Nora Irinova el cual funciona en el Teatro Libertador San Martín, de la Provincia de Córdoba:

- Dos 2 cargos de Pianistas Acompañantes, Músico de Tercera 09-030, para el Seminario de Danza Clásica Nora Irinova ARTÍCULO 2º: El concurso se llevará a cabo el día 30 de Noviembre de 2011
entre las 09:00 hs. y 13:00 hs. en el Teatro Libertador San Martín, sito en calle Duarte Quirós N 165, de la ciudad de Córdoba, de esta Provincia de Córdoba, receptándose las inscripciones en la oficina de Recursos Humanos de dicho Teatro, los días hábiles de 09:00 hs. a 13:00 hs. y hasta 48 horas antes de la fecha del concurso.ARTÍCULO 3: Los postulantes deberán ser mayores de edad, caso contrario deberán presentar la correspondiente autorización extendida en legal forma, presentar dos fotocopia de D.N.I., fijar domicilio legal en la Ciudad de Córdoba y presentar los antecedentes en legajo original.ARTÍCULO 4º: El Jurado que intervendrá para los cargos que se concursan en la oportunidad, estará integrado por:
a Profesora Marcela Reartes Directora del Teatro Libertador San Martín.b Profesora Cristina Viviana Gómez Directora Seminario de Danza Clásica Nora Irinova de la Provincia de Córdoba;
c Profesora Patricia Liliana Torres

Pianista Acompañante del Ballet Oficial de la Provincia de Córdoba;
d Profesora Lidia Mazzieri Pianista Orquesta Sinfónica de la Provincia de Córdoba;
ARTÍCULO 5º: Las pruebas de oposición se calificarán conforme lo establecido en el Capítulo II del Decreto N 774/63.ARTÍCULO 6: Los ganadores del concurso no podrán hacerse cargo de sus funciones hasta el dictado del instrumento legal que así lo disponga.ARTÍCULO 7: Las decisiones del jurado sólo serán apelables por vicios en el procedimiento.ARTÍCULO 8: Los concursantes deberán manifestar al momento de la inscripción, con carácter de Declaración Jurada que no se encuentran comprendidos en las incompatibilidades previstas en el Art. 177 de la Constitución de la Provincia de Córdoba, el cual establece la imposibilidad de acumular en la misma persona dos o más empleos en las reparticiones provinciales, salvo las excepciones allí previstas.ARTÍCULO 9: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese.ARQ. JOSÉ J. GARCÍA VIEYRA
SECRETARIO DE CULTURA

Córdoba,6 de octubre de 2011

Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1.966/09 se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción, adecuando los montos, fuentes de financiamiento, plazos, alcance y toda otra que corresponda en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que en el citado expediente obra el correspondiente documento de modificación de crédito presupuestario intervenido por la Secretaría Administrativa de esta Legislatura Provincial con la debida toma de razón por el Tribunal de Cuentas de la Provincia y que se detallan en el artículo primero del presente acto.
Que, asimismo, la Resolución Nº 13/09 de la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas punto 4.1.3.3. dispone que se formalice dicha modificación mediante el dictado de una Resolución mensual, con posterior comunicación a la Legislatura.
Que la modificación propuesta y autorizada, se encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9.086 de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración Central del Estado Provincial.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los arts. 30 y 41 del Reglamento Interno, la reglamentación del Art. 31 de la Ley Nº 9.086
por Decreto Nº 150/2004 modificado por Decreto Nº 1966/2009 y Decreto Nº 1314/11, del Poder Ejecutivo Provincial y la Resolución Nº 13/09 de la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas Provincial punto 4.1.3.3..
EL PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- FORMALÍCESE la modificación en la asignación de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, que a continuación se detalla:
Compensación instrumentada en el documento de modificación de crédito presupuestario del Programa 800 por la cual se reduce la partida 01010000
Personal Permanente en la suma de Pesos dos millones ciento veinticinco mil $2.125.000; a los fines de ampliar el crédito presupuestario del programa CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/10/2011 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha31/10/2011

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4187

Primera edición01/02/2006

Ultima edición26/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2011>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031