Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/10/2011 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 3 de octubre de 2011

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLXI - Nº 185
CORDOBA, R.A., LUNES 3 DE OCTUBRE DE 2011

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
TRIBUNAL SUPERIOR DE

Justicia
Implementan Sistema de Administración de Causas S.A.C. Multifuero procesos jurisdiccionales en las sedes judiciales de las ciudades de San Francisco, Morteros, Las Varillas y Arroyito, pertenecientes a la Quinta Circunscripción.
Artículo 2.- LA puesta en marcha de esta nueva modalidad de gestión de causas multifuero entrará en vigencia en cada una de las localidades señaladas en fecha a determinar por resolución de la Secretaría Civil del Tribunal Superior de justicia.
Artículo 3.- CADA causa se identificará con un número único e irrepetible, generado por el Sistema al momento de su carga inicial, el que debe mantenerse en las distintas instancias judiciales.
Este conjunto de datos conformará el Libro de Entradas de la dependencia judicial respectiva.
A partir de la entrada en vigencia del presente Sistema, los tribunales aludidos dejarán de registrar por escrito y en forma manual en los libros de entradas existentes.
El responsable de la oficina judicial deberá proceder al cierre de los folios no utilizados, dejando constancia de lo dispuesto en la presente Acordada.
Artículo 4.- LA distribución de expedientes entre las dependencias con la misma competencia se realizará por turnos.
Artículo 5.- QUEDA terminantemente prohibido eliminar y/o disponerse la eliminación de los registros informáticos que el sistema genere, salvo el supuesto de errores en la utilización del sistema, que deberán ser corregidos por el propio tribunal.
Artículo 6.- DISPONER que a partir de la instalación y puesta en marcha de dicho sistema, todo trámite que se realice en los expedientes deberá, obligatoriamente registrarse en el mismo, asumiendo cada uno de los usuarios responsabilidad por la carga del sistema según el nivel de acceso que le sea dado y los cometidos a su cargo. Se incluye en esta disposición, la obligatoriedad de registrar remisiones, préstamos y devoluciones de expedientes, y datos de protocolización de Autos y Sentencias, cesando en consecuencia la obligatoriedad de registrar por escrito tales actuaciones en libros o índices de protocolo.
Artículo 7.- LAS causas que no cuenten con ingreso en el S.A.C., deberán ser ingresadas y completados sus datos en la
Acuerdo Nº 561 - Serie A. En la ciudad de Córdoba, a veintidós días del mes de septiembre del año dos mil once, con la Presidencia de su Titular Dr. Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. María Esther CAFURE
de BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa TARDITTI y Armando Segundo ANDRUET h, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
Y VISTO: La Instrucción General Nº 8 del año en curso, por la cual el Fiscal General puso en funcionamiento la Fiscalía de Delitos contra la Integridad Sexual, a la par que concentró en la Fiscalía del Tercer Turno, Distrito III la investigación de delitos relativos a la explotación sexual de personas, ambas en el ámbito de la Primera Circunscripción Judicial.
Y CONSIDERANDO: Principalmente en la última década el Poder Judicial ha realizado esfuerzos para mejorar la respuesta del sistema judicial frente a las víctimas de los delitos contra la integridad sexual, siguiendo las orientaciones de la Oficina de Derechos Humanos y Justicia.
Son manifestaciones de esos esfuerzos las pautas de funcionamiento para disminuir la victimización secundaria en las intervenciones de los Equipos Técnicos de los distintos Fueros, a través de la interacción mediante programas de abordaje a las víctimas más vulnerables Programa P.A.N., Acuerdo Reglamentario nº 5, serie B, 24-4-2001, Ac. Reg.
Nº 8 Serie B 15/05/2001, Ac. Nº 24 Serie B 11/06/2002, Ac. Nº 625 Serie A de fecha 26/10/2004 y su Anexo; la creación de la Unidad Judicial de la Mujer y el Niño víctimas de delitos contra la integridad sexual y la especialización dentro de la Defensa Oficial de un Asesor de Víctimas Acuerdo Reglamentario nº 769, Serie A, 6-5-2005.
En esa línea y en sintonía con las obligaciones de los estados de sancionar todas las manifestaciones de la violencia en contra de la mujer, incluida la violencia sexual, arts. 2 y 7, b, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, como también con las obligaciones similares relativas al abuso sexual y explotación sexual de los niños arts. 19, 1 y 34 de la Convención del Niño, este Tribunal Superior de Justicia comparte plenamente la Instrucción General en la especialización de Fiscalías en esta temática.
Por lo expuesto, el Tribunal Superior de Justicia, RESUELVE: TOMAR RAZÓN de las Fiscalías especializadas en Delitos contra la Integridad Sexual y en la competencia específica para los delitos que penalizan la explotación sexual de las personas, destacando que se trata de una medida conforme a la Convención del Niño y a la
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Sedes judiciales de San Francisco, Morteros, Las Varillas y Arroyito.
Acuerdo Reglamentario Nº 1071 - Serie A.

En la ciudad de Córdoba, a veintidós días del mes de septiembre del año dos mil once, con la Presidencia de su Titular Dr.
Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. María Esther CAFURE de BATTISTELLI, Armando Segundo ANDRUET
h, y Carlos Francisco GARCÍA ALLOCCO, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
Y VISTO: Que el Poder Judicial ha iniciado el proceso de informatización de las Sedes del Interior de la Provincia, el que se ha concretado con la totalidad de la Primera y la Cuarta Circunscripción, correspondiendo en esta oportunidad continuar con las sedes de las Ciudades de San Francisco, Morteros, Las Varillas y Arroyito pertenecientes a la Quinta Circunscripción.
Y CONSIDERANDO: Que el Sistema de Administración de Causas SAC Multifuero es un Sistema de Gestión Judicial que ha sido diseñado, construido y actualizado por el Área de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Poder Judicial de Córdoba. El mismo es un prototipo de gestión integrada de los procesos judiciales, que se utiliza dentro de una Intranet, para documentar las actuaciones que pueden realizarse en el proceso judicial.
Este Sistema permite la distribución y el tratamiento automatizado de todas las causas que ingresan a cada tribunal y satisface dos necesidades básicas: La gestión automatizada de la oficina judicial, en base a la integración y la información adecuada a través de bases de datos, otorgando mayor celeridad en las fases del proceso y trámite facilitando la búsqueda y visualización de la información registrada; por otro lado posibilita también la difusión de la información según distintos niveles de acceso.
Por ello y lo dispuesto por los Arts. 166 inc. 2 de la Constitución Provincial y 12 incs. 1 y 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia N 8435, SE RESUELVE:
Artículo 1.- IMPLEMENTESE el Sistema de Administración de Causas S.A.C. Multifuero para la gestión electrónica de los

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/10/2011 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha03/10/2011

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4187

Primera edición01/02/2006

Ultima edición26/07/2024

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