Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/10/2011 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 21 de octubre de 2011

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLX - Nº 198
CORDOBA, R.A., VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2011

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

Decreto Nº 1674

Crean Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos en Villa María Decreto Nº 1571
Córdoba, 23 de setiembre de 2011
VISTO: El Expediente Nº 0495-115547/2009, en que se gestiona la creación de un Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos C.E.N.M.A. en Villa María, bajo la dependencia de la Dirección General de Enseñanza de Adultos del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que tal iniciativa se fundamenta en la necesidad de regularizar la prestación de un servicio educativo de esa modalidad que fue transferido del Instituto Provincial de Educación Media N 147 MANUEL ANSELMO OCAMPO, de la citada ciudad, a la órbita de la referida Dirección General, conforme con lo dispuesto en la Resolución N
758/05 de dicho Ministerio.
Que se ha efectuado en autos la reserva de los cargos vacantes de Director de Tercera Enseñanza Media y Secretario de Tercera Enseñanza Media, necesarios para el funcionamiento del establecimiento educativo cuya creación se tramita.
Que el centro educativo a crearse desarrollará sus actividades en instalaciones ubicadas dentro del inmueble que ocupa el Instituto Provincial de Educación Media N
147 MANUEL ANSELMO OCAMPO.
Que teniendo en cuenta los informes favorables de los organismos técnicos competentes, resulta procedente en esta instancia acceder a lo procurado, al amparo de los principios consagrados por los artículos 62 y 63 de la Constitución Provincial y en concordancia con las garantías establecidas por Ley N 9870.
Por ello, los informes producidos, los Dictámenes Nros.

2244/10 del entonces Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y 000975/11 de la Fiscalía de Estado, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- CRÉASE un Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos C.E.N.M.A. en Villa María, bajo la dependencia de la Dirección General de Enseñanza de Adultos -Ministerio de Educacióny sobre la base del servicio educativo de esa modalidad que fue transferido del Instituto Provincial de Educación Media N 147 MANUEL ANSELMO OCAMPO, de la citada ciudad, a la órbita de la referida Dirección General.
. ARTÍCULO 2.- EL centro educativo creado por el artículo 1º de este instrumento legal será de Tercera Categoría y desarrollará sus actividades en instalaciones ubicadas dentro del inmueble que ocupa el Instituto Provincial de Educación Media N 147 MANUEL ANSELMO OCAMPO, dependiente de la Dirección General de Educación Media -Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 3º.- EL presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Córdoba, 11 de octubre de 2011

VISTO: El Expediente Nº 0109-093768/2010, en el cual obran las actuaciones relacionadas con la terna elevada para la imposición de nombre a la Escuela de Nivel Primario de Barrio Los Boulevares Anexo de esta Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria -Ministerio de Educación-.
Y CONSIDERANDO:
Que de la misma surge el nombre de DRA. LILIANA BEATRIZ
SARMIENTO HERRERA, como justo homenaje a esa prestigiosa odontóloga y escritora argentina, claro ejemplo de vida, que fue impulsora de la lectura en los niños, que era lo que amaba por sobre todas las cosas, y que pese al poco tiempo de vida que tuvo venció obstáculos muy difíciles, transformándose en una luz de esperanza que guiara a sus hijos en la formación de lectores y en el proceso de adquisición de la lengua escrita, actividades a través de las cuales dio muestras acabadas de virtudes cívicas y morales, dignas de ser recordadas e imitadas por las nuevas generaciones.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto Nº 7694/E/68.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 0117/11 del Área Jurídica del Ministerio de Educación y lo dictaminado por Fiscalía de Estado en casos similares;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA :
ARTÍCULO 1º.- IMPÓNESE el nombre de DRA. LILIANA BEATRIZ
SARMIENTO HERRERA, a la Escuela de Nivel Primario de Barrio Los Boulevares Anexo de esta Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria ARTÍCULO 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/10/2011 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha21/10/2011

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones4187

Primera edición01/02/2006

Ultima edición26/07/2024

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