Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/12/2009 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 23 de diciembre de 2009

1

SECCIÓN

AÑO XCVII - TOMO DXXXIX - Nº 239
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 23 DE DICIEMBRE DE 2009

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

Ministerio de Finanzas
Secretaría General de la Gobernación
Programa de Relevamiento Catastral Prorrogan plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2010.
Resolución N 324

otorgaron sucesivas ampliaciones para proseguir la ejecución del referido Programa.

Córdoba, 25 de Noviembre de 2009
VISTO: El expediente N 0463-034534/2006 en que se tramita la ampliación del programa dispuesto por Decreto Nº 1443/02.
Y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Decreto, el Poder Ejecutivo implementó con carácter extraordinario, un Programa de Relevamiento Catastral de inmuebles urbanos y rurales en todo el territorio de la Provincia.
Que por Decretos Nº 13/05, 1645/05 y 1851/06 se
Resolución Nº 352
Córdoba, 21 de diciembre de 2009
VISTO: El expediente Nº 0473-040485/
2009, lo dispuesto por el Decreto N 517/02, sus modificatorios y sus complementarios, el Decreto N 929/08 y la Resolución N 188/09
de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 517/02 se crearon los Documentos de Cancelación de Obligaciones Fiscales DoCOF, como instrumento de pago para la cancelación del capital de la deuda del sector público provincial con proveedores y contratistas.
Que de acuerdo a la experiencia recogida y a las decisiones que correspondía adoptar en materia de administración presupuestaria y tributaria, se estimó necesario implementar nuevamente el mecanismo de cancelación CONTINÚA EN PÁGINA 2

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
Que por Decreto Nº 2488/07 se dispuso la ampliación del plazo de ejecución de que se trata, facultando al Ministro de Finanzas a prorrogar la vigencia del citado Programa, conforme necesidades de política tributaria.
Que en función del mencionado Decreto este Ministerio prorrogó el plazo de ejecución del Programa hasta el 31 de diciembre de 2009, por Resolución Ministerial Nº 356/08.
Que en atención al constante crecimiento del mercado inmobiliario y la notable expansión de la construcción, operados en estos últimos años, resulta oportuno disponer la prórroga del plazo hasta el 31 de diciembre de 2010, en atención a la necesidad de lograr la incorporación de metros que incrementan la superficie de los bienes inmuebles susceptibles de tributación.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, la facultad conferida en el artículo 3º del Decreto Nº 2488/07 y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio al Nº 635/09
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- PRORROGAR el plazo de ejecución del Programa de Relevamiento Catastral oportunamente dispuesto por Decreto Nº 1443/02 y sus prórrogas, hasta el 31 de diciembre de 2010, en las mismas condiciones y operatoria establecidos en el aludido Decreto, excepto en lo referido al régimen de facilidades de pago, para lo que resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Nº 2488/07.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

Resolución Nº 932
Córdoba, 11 de diciembre de 2009
VISTO: El expediente Nº 0378083343/2.009, del Registro de la Dirección General de Compras, Mantenimiento, Infraestructura y Servicios de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación.Y CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaría de Informática y Telecomunicaciones de la Secretaría General de la Gobernación insta el trámite a efectos de que se arbitren los medios necesarios para la adquisición de hardware y software para la administración de imágenes en el Supercentro de Procesamiento de Datos del Gobierno de la Provincia de Córdoba.Que la referida solicitud tiene el propósito de permitir almacenar la información alfanumérica y de imágenes que se encuentra en el ámbito de la Subsecretaría de Informática y Telecomunicaciones.Que la gestión propiciada en autos se ajusta a las disposiciones legales vigentes.Que el presupuesto estimado para la referida contratación asciende a la suma de Pesos dos millones quinientos ochenta y un mil cuatrocientos veinte $
2.581.420,00, equivalentes a la suma de Dólares Estadounidenses seiscientos setenta y cuatro mil U$S 674.000,00.Que, a los fines de lograr los objetivos antes expresados, se hace menester efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional para asegurar la concurrencia de la mayor cantidad de oferentes posibles y lograr los beneficios comparativos para los intereses del Estado Provincial.Que, por otra parte, se han confeccionado los Pliegos de Condiciones Generales, Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, en los cuales
se establecen -entre otras disposicionesque las ofertas se presentarán en un sobre cerrado, lacrado, sin membrete, debiendo contener la siguiente documentación: garantías, presentación de ofertas, contenido de las propuestas, consultas, aclaraciones, forma de apertura de las propuestas y de preadjudicación e impugnaciones.Que, por lo expuesto, la Licitación Pública convocada se regirá por los términos y requisitos conforme a los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, que como documentación licitatoria, se aprueban por la presente Resolución y forman parte integrante de este acto administrativo.Que el presente llamado deberá tener amplia publicidad, conforme al régimen legal vigente, tanto en el Boletín Oficial, como en los medios gráficos que se consignan en la parte resolutiva, y asimismo en la página de Internet de la Provincia.Que obran en autos los correspondientes documentos contables - Afectaciones Preventivas N 12.985/2.009, para hacer frente a los gastos que demande la presente contratación y N
13.122/2.009, para atender los gastos de publicidad, ambas de la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación.Por ello, y conforme a lo dispuesto por el artículo 106, siguientes y concordantes de la Ley N 7631 y Anexo I del Decreto N 1882/80 y lo dictaminado por la Subsecretaría de Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación bajo N 630/2.009;
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- LLÁMASE a Licitación CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/12/2009 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha23/12/2009

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4177

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

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