Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/11/2009 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 878

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 879

solventar los programas y acciones, en especial de difusión, educación y prevención, tendientes a cumplir los objetivos prescriptos por la Ley N 8751, para la adquisición de aviones hidrantes y todo equipamiento necesario para la lucha contra el fuego y para la prevención o atención de fenómenos, siniestros y catástrofes provocados por causas naturales o humanas, incluida la prevención y gestión de riesgos en seguridad vial en las rutas de la Provincia de Córdoba.
Que el artículo 6 de la Ley N 9191 establece que las Jurisdicciones a las que en virtud de Leyes Especiales o Ley de Presupuesto General se les haya otorgado el carácter de Autoridad de Aplicación, o la Facultad de Administración de Cuentas Especiales o Recursos Afectados, podrán realizar transferencias, otorgar subsidios y autorizar o adjudicar adquisiciones de bienes y servicios, cualquiera sea su monto, siempre que las erogaciones se correspondan con la naturaleza del Recurso Especial o Afectado de que se trate.
Que los señores Presidente y Secretario de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba, Juan Carlos Saharrea, L.E. N
6.655.360, con domicilio en calle Av. Tierney N 362
de la localidad de Vicuña Mackenna y Fernando Ramón Cardo, D.N.I. N 12.329.791, domiciliado en calle San Lorenzo N 144 de la localidad de Balnearia, serán los responsables de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos ante la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal, sita en calle Ituzaingó N 1351 de la ciudad de Córdoba, en el plazo de sesenta 60 días, a contar desde la fecha de percepción de los fondos que se otorgan.
Que se encuentra incorporado en autos el Documento de Contabilidad - Afectación Preventiva N 12349/2009 a efectos de atender la erogación de autos.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo 32 inciso 22 del Decreto N 2174/07, ratificado por Ley N 9454, el artículo 21 de la Ley N
8751, modificado por Ley N 9576, el artículo 6 de la Ley N 9191, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno al N
426/09 y por la Subsecretaría de Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación, bajo el Nº 566 /09;

Plan Provincial
Pesos Trescientos Noventa y Cinco Mil $
395.000, destinado a la adquisición de seiscientos ochenta 680 cascos para incendios forestales, que serán distribuidos a los cuarteles de Bomberos Voluntarios de la Provincia.
ARTÍCULO 2º.- DESÍGNASE a los señores Presidente y Secretario de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba, Juan Carlos Saharrea, L.E. N
6.655.360, con domicilio en calle Av. Tierney N
362 de la localidad de Vicuña Mackena y Fernando Ramón Cardo, D.N.I. N 12.329.791, domiciliado en San Lorenzo N 144 de la localidad de Balnearia, responsables de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos ante la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal, de la Secretaría General de la
60 días, a contar desde la fecha de percepción de los fondos que se otorgan.
ARTÍCULO 3º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil $ 45.000 a la Jurisdicción 1.01, Programa 17/0, Partida Principal 06, Parcial 06, Subparcial 08 del Presupuesto Vigente, correspondiente a la Afectación Preventiva Nº 12349/2009.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN


EL SECRETARIO GENERAL DE LA
GOBERNACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE un subsidio no reintegrable a favor de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba, por la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil $ 45.000, destinado a solventar el pago de los premios del Concurso de Acciones de Prevención de Incendios y Pastizales de la Provincia de Córdoba a las escuelas ganadoras: IPEM N 317 de Mendiolaza, IPEM N
135 de Nono, IPEM N 109 de San Carlos Minas, IPEM N 260 de Las Tapias, IPEM N 260 Anexo de Sauce Arriba e IPEM N 230 de Los Cerrillos.
ARTÍCULO 2º.- DESÍGNASE a los señores Presidente y Secretario de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba, Juan Carlos Saharrea, L.E. N 6.655.360, con domicilio en calle Av. Tierney N 362 de la localidad de Vicuña Mackenna y Fernando Ramón Cardo, D.N.I. N 12.329.791, domiciliado en calle San Lorenzo N 144 de la localidad de Balnearia, responsables de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos ante la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal, de la Secretaría General de la Gobernación, sita en calle Ituzaingó N 1351
de la ciudad de Córdoba, en el plazo de sesenta
VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 880

a cumplir los objetivos prescriptos por la Ley N 8751, para la adquisición de aviones hidrantes y todo equipamiento necesario para la lucha contra el fuego y para la prevención o atención de fenómenos, siniestros y catástrofes provocados por causas naturales o humanas, incluida la prevención y gestión de riesgos en seguridad vial en las rutas de la Provincia de Córdoba.
Que el artículo 6 de la Ley N 9191 establece que las Jurisdicciones a las que en virtud de Leyes Especiales o Ley de Presupuesto General se les haya otorgado el carácter de Autoridad de Aplicación, o la Facultad de Administración de Cuentas Especiales o Recursos Afectados, podrán realizar transferencias, otorgar subsidios y autorizar o adjudicar adquisiciones de bienes y servicios, cualquiera sea su monto, siempre que las erogaciones se correspondan con la naturaleza del Recurso Especial o Afectado de que se trate.
Que los señores Presidente y Secretario de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba, Juan Carlos Saharrea, L.E. N 6.655.360, con domicilio en calle Av.
Tierney N 362 de la localidad de Vicuña
Gobernación, sita en calle Ituzaingó N 1351 de la ciudad de Córdoba, en el plazo de noventa 90 días, a contar desde la fecha de percepción de los fondos que se otorgan.
ARTÍCULO 3º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Trescientos Noventa y Cinco Mil $ 395.000 a la Jurisdicción 1.01, Programa 17/0, Partida Principal 06, Parcial 06, Subparcial 08 del Presupuesto Vigente, correspondiente a la Afectación Preventiva Nº 12642/2009.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Mackenna y Fernando Ramón Cardo, D.N.I.
N 12.329.791, domiciliado en San Lorenzo N
144 de la localidad de Balnearia, serán los responsables de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos ante la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, sita en calle Ituzaingó N 1351 de la ciudad de Córdoba, en el plazo de noventa 90 días, a contar desde la fecha de percepción de los fondos que se otorgan.
Que se encuentra incorporado en autos el Documento de Contabilidad - Afectación Preventiva N 12646/2009 a efectos de atender la erogación de autos.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo 32 inciso 22 del Decreto N 2174/07, ratificado por Ley N 9454, el artículo 21 de la Ley N 8751, modificado por Ley N 9576, el artículo 6 de la Ley N 9191 y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno bajo el N 563/
09 y por la Subsecretaría de Asuntos Legales, de la Secretaría General de la Gobernación,
CÓRDOBA, 20 de noviembre de 2009

bajo el Nº 568 /09;
EL SECRETARIO GENERAL DE
LA GOBERNACIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE un subsidio no reintegrable a favor de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba, por la suma de Pesos Trescientos Doce Mil $ 312.000, destinado a la adquisición de botas para incendios estructurales y borceguíes, que serán distribuidos a los cuarteles de Bomberos Voluntarios de la Provincia.
ARTÍCULO 2º.- DESÍGNASE a los señores Presidente y Secretario de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba, Juan Carlos Saharrea, L.E. N
6.655.360, con domicilio en calle Av. Tierney N 362 de la localidad de Vicuña Mackenna y Fernando Ramón Cardo, D.N.I. N
12.329.791, domiciliado en San Lorenzo N 144
de la localidad de Balnearia, responsables de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos ante la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal, de la Secretaría General de la Gobernación, sita en calle Ituzaingó N 1351 de la ciudad de Córdoba, en el plazo de noventa 90 días, a contar desde la fecha de percepción de los fondos que se otorgan.
ARTÍCULO 3º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Trescientos Doce Mil $ 312.000 a la Jurisdicción 1.01, Programa 17/0, Partida Principal 06, Parcial 06, Subparcial 08 del Presupuesto Vigente, correspondiente a la Afectación Preventiva Nº 12646/2009.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Poder Ejecutivo Decreto Nº 1515

Córdoba, 23 de Octubre de 2009

VISTO: El Expediente Nº 0011-043168/2009 del registro del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la Jefatura del Servicio Penitenciario de Córdoba, impulsa la implementación de un Programa de Becas de Práctica y Perfeccionamiento Profesional con destino a setenta y nueve 79 egresados del Curso de Formación para ingresantes al Servicio Penitenciario de Córdoba, dictado en el Instituto de Formación Penitenciaria.
Que el programa cuya creación se propicia procura incentivar la formación de recursos humanos, apuntando al perfeccionamiento de los mismos en el ambiente específico de las funciones penitenciarias, con miras a una futura inserción laboral, lo que redundaría en beneficio del tratamiento de las personas privadas de libertad, garantizando la satisfacción de las demandas del servicio.
Que el otorgamiento de las becas de que se trata tendrá la doble finalidad de contribuir a mejorar sus niveles de ingreso, como reforzar la ética del trabajo de sus participantes

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/11/2009 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha20/11/2009

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4175

Primera edición01/02/2006

Ultima edición10/07/2024

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