Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/05/2007 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

SECCIÓN

AÑO XCV - TOMO DVIII - Nº 97
CORDOBA, R.A. MARTES 22 DE MAYO DE 2007

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

CENTROS DE ACOPIO PRINCIPAL - PROGRAMA AGROLIMPIO

Disponen requisitos mínimos MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS

RESOLUCION Nº 199
Córdoba, 8 de Mayo de 2007
VISTO: El Expediente Nº 0436053346/07, registro de esta Secretaría de Agricultura, Ganadería y Alimentos, en el que obra copia autenticada de la Resolución Nº 525 de fecha 9 de Diciembre de 2005, por la que se creó el Registro de Centros de Acopio Principal CAP, en el marco de la Ley Nº 9164 y conforme las previsiones de la Resolución Ministerial Nº 369/04, Resolución Nº 263/
05 y el Convenio Marco suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes CASAFE, a los efectos de la aplicación del Programa Agrolimpo.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 3/4 de autos el señor Subsecretario de Agricultura da cuenta de los requisitos necesarios para la inscripción de los establecimientos en el Registro mencionado.
Que a fs. 10 de autos el área técnica pertinente informa sobre los nuevos requisitos a incluir en la Resolución Nº 525/05, quitando de la misma lo referido al manual operativo como así también la
obligación de separar los envases por color, tapa y etiqueta, agregando como nuevos requisitos el pago del arancel de acuerdo a la Ley Impositiva Provincial vigente, presentación de memoria descriptiva de la construcción del CAP y presentación del formulario de inscripción oportunamente aprobado.
Que al tratarse de una cuestión eminentemente técnica no hay objeción jurídica ni formal alguna que formular a lo peticionado, debiendo proceder como se solicita.
Por ello, lo informado por la Subsecretaría de Agricultura a fs. 10 de autos y lo instruido por el Departamento Jurídico a fs. 9, EL SECRETARIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA
Y ALIMENTOS
RESUELVE:
1º.- MODIFICAR el Dispositivo 2º de la Resolución Nº 525 de fecha 9 de Diciembre de 2005, el que quedará redactado de la siguiente manera:
2º.- DISPONER como requisitos mínimos que deberán cumplir los establecimientos para su habilitación como Centros de Acopio Principal CAP, los siguientes:

MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1508
Córdoba, 16 de Mayo de 2007
VISTO: Lo establecido por el Artículo 16 del Código Tributario vigente Ley N 6006 - T.O. 2004 y modificatorias,
- Autorización Municipal para la localización del Centro de Acopio Principal de envases triple lavado de agroquímicos.
- Recibir en el Centro de Acopio Principal sólo envases de agroquímicos vacíos y triple lavado o lavado a presión y perforados Norma IRAM 12069.
- Cumplir con la legislación vigente Ley Nº 9164, Decreto Nº 132/05, Resolución Nº 263/05.
- Poseer piso de hormigón, carpeta asfáltica o similar, en las áreas de acopio.
- Poseer techo de material rígido o no, en las áreas de acopio.
- Poseer sistema de seguridad a fin de evitar robos, incendios, etc.
- Poseer personal mayor de edad capacitado para la recepción de los envases.
- Presentar memoria descriptiva del Centro de Acopio Principal croquis, dimensiones, material utilizado para la construcción, etc.
- Presentar formulario de solicitud de inscripción.
- Presentar Comprobante del pago del arancel que corresponda según la Ley Impositiva Principal vigente.
2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.DR. DANIEL E. CARIGNANO
SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS

Y CONSIDERANDO:
QUE en virtud de las tareas que se llevan a cabo en este Organismo, se estima necesario y conveniente asignar a la Agente SRA.
GLADYS CONCEPCIÓN GALIONE - D.N.I. N 13.682.187
que cumple servicios en el Área Contabilidad de Ingresos de la Gerencia de Operaciones de esta Dirección General de Rentas, las facultades comprendidas en el Artículo 5º, incs. 3, 5 y 19 de la Resolución General N 756/82 y sus modificatorias.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 16 y 20 del Código Tributario - Ley N 6006 - T.O. 2004 y sus modificatorias, CONTINÚA EN PÁGINA 2

RESOLUCION Nº 69
Córdoba, 12 de Abril de 2007
Expediente Nº 0045-013324/05.VISTO: este expediente en el que obra la Resolución Nº 00126/07 de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, relacionada con los trabajos de la Obra: MEJORAMIENTO DE LAS
REDES VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 4 - DEPARTAMENTO COLÓN, a cargo del Consorcio Caminero Regional Nº 4.
CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción Provisional, de fecha 6 de febrero de 2007, la medición final y la Planilla Comparativa según la cual se ha ejecutado la obra por un monto total de $ 1.439.488,97 arrojando una diferencia en menos de $ -65.448,53, se apruebe el Certificado Nº 9 Final de Precios Contractuales por enero de 2007 que asciende a la suma de $ 160,29 que será liquidado oportunamente mediante Orden de Pago Directa según informe Nº 16/07 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad, como asimismo solicita se desafecte la suma de $ 65.448,53, debido a la menor inversión, por lo que se ha emitido documento de contabilidad a nivel de Afectación Preventiva Negativa Nº 1183/07 - Compromiso Nº 476/07.
Que lo propiciado por la Dirección Provincial de Vialidad es posible en virtud de los informes técnicos obrantes en autos y de las previsiones de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas y artículos 45 y 46 primer párrafo del Decreto Reglamentario Nº 4757/77 y 79 del Pliego General de Condiciones aprobado por Decreto Nº 4758/77.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 190/06 caso similar, proveído de fecha 3-04-07, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta de Recepción Provisional, de fecha 6 de febrero de 2007 correspondiente a los trabajos de la Obra: MEJORAMIENTO DE
LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 4 - DEPARTAMENTO COLÓN, a cargo del Consorcio Caminero Regional Nº 4.
ARTÍCULO 2º.- APROBAR la medición final efectuada y la Planilla Comparativa, según la cual se ha ejecutado la Obra por un monto total de Pesos Un Millón Cuatrocientos Treinta y Nueve Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Con Noventa y Siete Centavos $ 1.439.488,97, arrojando una diferencia en menos de Pesos Sesenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Con Cincuenta y Tres Centavos $ -65.448,53.
ARTÍCULO 3º.- APROBAR el Certificado Nº 9 Final de Precios Contractuales por CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/05/2007 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha22/05/2007

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4187

Primera edición01/02/2006

Ultima edición26/07/2024

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