Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/05/2007 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

SECCIÓN

AÑO XCV - TOMO DVIII - Nº 92
CORDOBA, R.A. MARTES 15 DE MAYO DE 2007

PUBLICACIONES

GOBIERNO

DE

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RESOLUCIONES
REDES VIALES SIN PAVIMENTAR / DEPARTAMENTOS UNIÓN Y MARCOS JUÁREZ

Autorizan la obra al Consorcio Caminero Regional Nº 18
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el N 671/07 y por Fiscalía de Estado con el Nº 165/06,
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 65
Córdoba, 12 de Abril de 2007
Expediente Nº 0045-013086/05

RESOLUCION Nº 24
EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:

Córdoba, 1 de Marzo de 2007
Expediente Nº 0045-013878/06
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad propone por Resolución Nº 01207/06, se autorice la ejecución de los trabajos de la obra:
MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES
A LA JURISDICCION DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 18 DEPARTAMENTOS: UNIÓN - MARCOS JUÁREZ y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 18, por la suma de $ 773.949,13.

ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la ejecución de los trabajos de la obra:
MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES
A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 18 DEPARTAMENTOS: DEPARTAMENTOS: UNIÓN - MARCOS JUÁREZ y consecuentemente ADJUDICAR los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 18, por la suma de Pesos Setecientos Setenta y Tres Mil Novecientos Cuarenta Y Nueve Con Trece Centavos $ 773.949,13, con una duración de contrato de doce 12 meses.

Y CONSIDERANDO:
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.

ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma Pesos Setecientos Setenta y Tres Mil Novecientos Cuarenta y Nueve Con Trece Centavos $
773.949,13, conforme lo indica la Gerencia de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, con cargo a Jurisdicción 1.25
- Programa 265/6 - Proyecto 51 - Partidas: Principal 12 - Parcial 10 - Obra 377
del P.V.

Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 18, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada.

ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el contrato pertinente.

Que se ha efectuado la correspondiente afectación presupuestaria del gasto artículo 13 de la Ley de Obras Públicas N 8614.

ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLICESE, dése intervención a la Gerencia de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.

Que el caso encuadra en las previsiones de las Leyes 6233 y 6316, en las facultades otorgadas por la Ley 8555 y las disposiciones de la Ley Nº 5901 -T.O.
Ley Nº 6300 y modificatorias, pudiendo en consecuencia procederse como se solicita.

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 68
Córdoba, 12 de Abril de 2007
Expediente Nº 0045-013328/05
VISTO: Este expediente en el que obra la Resolución Nº 00112/07 de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, relacionada con los trabajos de la Obra:

MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y
TERCIARIA PERTENECIENTES A LA
JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO
REGIONAL Nº 8 - DEPARTAMENTO: SAN
JUSTO, a cargo del Consorcio Caminero Nº 8.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción Provisional, de fecha 6 de
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

febrero de 2007, la medición final y la Planilla Comparativa según la cual se ha ejecutado la obra por un monto total de $ 1.504.928,55
arrojando una diferencia en menos de $ - 8,95, el Certificado Nº 9 Final de Precios Contractuales por enero de 2007 que asciende a la suma de $
160,29 que será liquidado oportunamente mediante Orden de Pago Directa, según Informe Nº 24/07 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad, como asimismo solicita se desafecte la suma de $ 8,95, debido a la menor inversión, por lo que se ha emitido documento de contabilidad
VISTO: Este expediente en el que obra la Resolución Nº 00124/07 de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, relacionada con los trabajos de la Obra:
MEJORAMIENTO DE LAS REDES
VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO
REGIONAL Nº 6 - DEPARTAMENTO:
RÍO PRIMERO, a cargo del Consorcio Caminero Regional Nº 6.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción Definitiva de fecha 27 de noviembre de 2006 y la Devolución del Fondo de Reparo correspondiente a los certificados Nº 1 Parcial de Precios Contractuales al Nº 4 Final de Precios Contractuales por la suma de $
31.457,30 y se autorice a la citada Dirección para que devuelva al Consorcio Caminero Regional Nº 6 el Fondo de Reparo de que se trata, el que fue constituido en efectivo según CONTINÚA EN PÁGINA 2

a nivel de Afectación Preventiva Negativa Nº 1408/
07 - Compromiso Nº 565/07.
Que lo propiciado por la Dirección Provincial de Vialidad es posible en virtud de los informes técnicos obrantes en autos y de las previsiones de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas y artículos 45 y 46 primer párrafo del Decreto Reglamentario Nº 4757/77 y 79 del Decreto Nº 4758/77.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección GeneCONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/05/2007 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha15/05/2007

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4187

Primera edición01/02/2006

Ultima edición26/07/2024

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