Boletín Oficial de la República Argentina del 20/11/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 20 de noviembre de 2009

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976, y en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº628 del 13 de junio de 2005.

60

BOLETIN OFICIAL Nº 31.785

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
Resolución Nº24/2009
Tope Nº193/2009
Bs. As., 11/6/2009
VISTO el Expediente Nº1.226.182/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº32 de fecha 1 de abril de 2009 y CONSIDERANDO:

Por ello,
Que a fojas 37/42 del Expediente Nº1.226.182/07, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CASINO DE VICTORIA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.

EL SUBSECRETARIO
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTICULO 1º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por Disposición de la DIRECCION NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº39 del 13 de abril de 2009 y registrado bajo el Nº350/09
suscripto entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, el SINDICATO OBRAS SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y la empresa AGUAS
BONAERENSES SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por Disposición de la SUBDIRECTORA NACIONAL DE
RELACIONES DEL TRABAJO Nº39 del 13 de abnl de 2009 y registrado bajo el Nº351/09 suscripto entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, el SINDICATO
OBRAS SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y la empresa AGUAS BONAERENSES SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.

Que la escala precitada forma parte del Convenio Colectivo de Trabajo homologado por Disposición D.N.R.T. Nº32/09 y registrado bajo el Nº1036/09 E, conforme surge de fojas 140/142 y 145, respectivamente.
Que asimismo, a fojas 4/5 del Expediente Nº1.278.603/08, agregado al principal a fojas 105, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CASINO DE VICTORIA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que la escala precitada forma parte del acuerdo salarial homologado por Disposición D.N.R.T.
Nº32/09 y registrado bajo el Nº304/09, conforme surge de fojas 140/142 y 145, respectivamente.
Que a fojas 166/177, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

ARTICULO 4º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

ARTICULO 5º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976, y en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº628 del 13 de junio de 2005.

ARTICULO 6º Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. ALVARO D. RUIZ, Subsecretario de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO I
Expediente Nº250.161/08
PARTES SIGNATARIAS

FEDERACION NACIONAL DE
TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS, SINDICATO OBRAS
SANITARIAS DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES c/ AGUAS
BONAERENSES SOCIEDAD ANONIMA
Acuerdo Nº350/09

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

Por ello, EL SUBSECRETARIO
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTICULO 1º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y los topes indemnizatorios correspondientes al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa y al acuerdo salarial homologados por la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº32 de fecha 1
de abril de 2009 y registrados bajo los Nº1036/09 E y 304/09 respectivamente, suscriptos entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CASINO DE VICTORIA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

01/10/2007

$4.147,72

$12.443,20

CCT 695/05 E
ANEXO II
Expediente Nº250.161/08

ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. ALVARO D. RUIZ, Subsecretario de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO

PARTES SIGNATARIAS

FEDERACION NACIONAL DE
TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS, SINDICATO OBRAS
SANITARIAS DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES c/ AGUAS
BONAERENSES SOCIEDAD ANONIMA
Acuerdo Nº351/09

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

Expediente Nº1.226.182/07
PARTES SIGNATARIAS

01/03/2008

$5.143,43

$15.430,29

CCT 695/05 E
Expediente Nº250.161/08
Buenos Aires, 12 de junio de 2009

SINDICATO DE TRABAJADORES DE
JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y
AFINES DE LA REPUBLICA
ARGENTINA c/
CASINO DE VICTORIA SOCIEDAD
ANONIMA

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
21/06/2007

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

$1.220,95

$3.662,85

01/09/2007

$1.359,64

$4.078,92

01/02/2008

$1.404 96

$4.214,88

01/06/2008

$1.802,21

$5.406,63

01/11/2008

$1.956,48

$5.869,44

CCT 1036/09 E

Expediente Nº1.226.182/07
Buenos Aires, 12 de junio de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL Nº23/09 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 192/09 T.
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL Nº24/09 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 193/09 T.
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/11/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date20/11/2009

Page count60

Edition count9384

First edition02/01/1989

Last issue02/07/2024

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