Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, viernes 27
de noviembre de 2009

Boletin Oficial
Año CXVII
Número 31.790

de la RepUblica Argentina Primera Sección
Precio $ 1,10
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE
LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario Pág.

LEYES

LEYES

BANCO NACIONAL DE DATOS
GENETICOS

BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS
26.548
Ambito funcional. Objeto. Funciones. Archivo Nacional de Datos Genéticos. Reserva de la Información

1

CODIGO PENAL
26.551
Modificación

4

CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL
26.536
Modificación

Ley 26.548

4

CODIGO PROCESAL PENAL
26.550
Modificación

4

26.549
Modificación

4

PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
26.546
Apruébase el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010
RECOMPENSAS
26.538
Créase el Fondo Permanente de Recompensas

5

10

Ambito funcional. Objeto. Funciones. Archivo Nacional de Datos Genéticos. Reserva de la Información.
Sancionada: Noviembre 18 de 2009
Promulgada: Noviembre 26 de 2009
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Ambito funcional. El Banco Nacional de Datos Genéticos creado por la Ley 23.511 funcionará como organismo autónomo y autárquico dentro de la órbita del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.
ARTICULO 2º Objeto. Constituye el objeto del Banco Nacional de Datos Genéticos garantizar la obtención, almacenamiento y análisis de la información genética que sea necesaria como prueba para el esclarecimiento de delitos de lesa humanidad cuya ejecución se haya iniciado en el ámbito del Estado nacional hasta el 10 de diciembre de 1983, y que permita:

DECRETOS

a La búsqueda e identificación de hijos y/o hijas de personas desaparecidas, que hubiesen sido secuestrados junto a sus padres o hubiesen nacido durante el cautiverio de sus madres;

BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS
1858/2009
Promúlgase la Ley Nº26.548

3

CODIGO PENAL
1861/2009
Promúlgase la Ley Nº26.551

b Auxiliar a la justicia y/o a organizaciones gubernamentales y no gubernamentales especializadas en la materia objeto de esta ley en la identificación genética de los restos de personas víctimas de desaparición forzada.

4

CODIGO PROCESAL PENAL
1860/2009
Promúlgase la Ley Nº26.550

4

1859/2009
Promúlgase la Ley Nº 26.549

4

PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
1862/2009
Promúlgase la Ley Nº26.546

10

ESPECTACULOS PUBLICOS
1824/2009
Reglamentación de la Ley Nº26.370. Créase el Registro Nacional de Empresas y Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
1826/2009
Danse por prorrogadas designaciones en la Procuración del Tesoro de la Nación
Continúa en página 2

ARTICULO 3º Funciones. El Banco Nacional de Datos Genéticos tendrá las siguientes funciones:
a Efectuar y promover estudios e investigaciones relativas a su objeto;
b Organizar, administrar y actualizar de manera continua el archivo nacional de datos ge-

PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
11

12

Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
néticos, custodiando y velando por la reserva de los datos e información obrantes en el mismo, de acuerdo a lo establecido en la Ley 25.326, de protección de datos personales y a los recaudos éticos para las bases de datos genéticos indicados por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO y la Organización Mundial de la Salud OMS;
c Actuar a través de su director general técnico y el resto de los profesionales que lo integren como peritos oficiales exclusivos ante los jueces competentes en las causas penales que tengan por objeto la identificación de las personas mencionadas en el artículo 2º inciso a, de la presente ley, emitiendo dictámenes técnicos y realizando las pericias genéticas que les sean requeridas;
d Adoptar y dictar las normas necesarias para garantizar la corrección y veracidad de los estudios, análisis, dictámenes e informes que por su intermedio se realicen;
e Coordinar protocolos, marcadores, pautas y acciones comunes con otros organismos, entes e instituciones tanto públicas como privadas en los órdenes local, municipal, provincial, nacional e internacional relacionados con su competencia;
f Proponer la formulación de políticas públicas a las diversas áreas y niveles del Estado, mediante el dictado de normas y reglamentos relacionados con el objeto de su competencia.
ARTICULO 4º Gratuidad. Todos los servicios prestados, relacionados con las funciones establecidas en el artículo anterior, serán gratuitos.
ARTICULO 5º Archivo Nacional de Datos Genéticos. Este archivo contendrá la información genética relativa a:
a La búsqueda e identificación de hijos o hijas de personas desaparecidas como consecuencia del accionar represivo ilegal del Estado, secuestrados junto con sus padres y/o de nacidos durante el cautiverio de sus madres, hasta el 10
de diciembre de 1983. Al efecto de posibilitar el entrecruzamiento de los datos, el archivo contendrá la información genética de los familiares de los hijos o hijas de personas desaparecidas, así como la de aquellas personas que pudieran ser las víctimas directas;
b La búsqueda, recuperación y análisis de información que permita establecer la identidad y lo sucedido a las personas desaparecidas como consecuencia del accionar represivo ilegal del Estado;

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date27/11/2009

Page count80

Edition count9382

First edition02/01/1989

Last issue30/06/2024

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