Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 10/7/2012

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BOLETIN OFICIAL

ordenamiento de la explotación de Algas Marinas en las playas y todo el mar territorial sometido a la jurisdicción provincial, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción.Artículo 5º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Lic. Héctor Rafael Gilmartin ________
LEY Nº 3274
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
Artículo 1.- DEROGASE la Ley 3259.Artículo 2.- RATIFICASE en todas partes, el Decreto Provincial Nº 927, de fecha 11 de mayo del año 2012.Artículo 3.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 24 de mayo de 2012.-

RIO GALLEGOS, 10 de Julio de 2012.-

29 36.5 Latitud Sur, 67º 28 31.2 Longitud Oeste, distante doscientos cincuenta metros 250 m. al sur de la Fundación CADACE, donde cayó al Mar Argentino el día 30 de abril de 1982 el Helicóptero Bell del Ejército Argentino UH-1H AE419, donde fallecieron diez 10 Héroes Nacionales.Artículo 2.- DECLARASE como lugar histórico al sitio ubicado en las Coordenadas Geográficas 46º 41 52.1 Latitud Sur, 67º 09 21.92 Longitud Oeste, en las proximidades a la zona denominada Segundo Barco Hundido, aproximadamente a cuarenta kilómetros 40 Km. al sur de la ciudad de Caleta Olivia, lugar donde falleció el Héroe Nacional Teniente PM
Mario VALKO.Artículo 3.- La Secretaría de Estado de Cultura, deberá realizar todos los actos correspondientes para resguardar y difundir públicamente los sitios anteriormente mencionados.Artículo 4.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 24 de mayo de 2012.MAURICIO RICARDO GOMEZ BULL
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz
MAURICIO RICARDO GOMEZ BULL
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 1265
RIO GALLEGOS, 15 de Junio de 2012.VIS TO :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 24 de mayo de 2012, mediante la cual se DEROGA la Ley Nº 3259 y RATIFICA en todas sus partes el Decreto Provincial Nº 927 de fecha 11 de mayo del año 2012; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3274 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 24 de mayo de 2012, mediante la cual se DEROGA la Ley Nº 3259 y RATIFICA en todas sus partes el Decreto Provincial Nº 927 de fecha 11 de mayo del año 2012.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Lic. Paola Natalia Knoop ________
LEY Nº 3275
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
Artículo 1.- DECLARASE como lugar histórico al sitio ubicado en las Coordenadas Geográficas 46º
DECRETO Nº 1266
RIO GALLEGOS, 15 de Junio de 2012.VIS TO :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 24 de mayo de 2012, mediante la cual se DECLARA como lugares históricos los sitios ubicados en las Coordenadas Geográficas 46º 29 36.5 Latitud Sur, 67º 28 31.2
Longitud Oeste, distante doscientos cincuenta metros 250 m al sur de la Fundación CADACE, donde cayó al Mar Argentino el día 30 de abril de 1982 el Helicóptero Bell del Ejército Argentino UH-1H
AE419, donde fallecieron diez 10 Héroes Nacionales y 46º 41 52.1 Latitud Sur, 67º 09 21.92 Longitud Oeste, en las proximidades a la zona denominada Segundo Barco Hundido, aproximadamente a cuarenta kilómetros 40 km. al sur de la ciudad de Caleta Olivia, lugar donde falleció el Héroe Nacional Teniente PM Mario VALKO; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3275 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 24 de mayo de 2012, mediante la cual se DECLARA como lugares históricos los sitios ubicados en las Coordenadas Geográficas 46º 29 36.5 Latitud Sur, 67º 28 31.2 Longitud Oeste, distante doscientos cincuenta metros 250
m al sur de la Fundación CADACE, donde cayó al Mar Argentino el día 30 de abril de 1982 el Helicóptero Bell del Ejército Argentino UH-1H AE419, donde fallecieron diez 10 Héroes Nacionales y 46º 41
52.1 Latitud Sur, 67º 09 21.92 Longitud Oeste, en las proximidades a la zona denominada Segundo Barco Hundido, aproximadamente a cuarenta kilómetros 40 km al sur de la ciudad de Caleta Olivia, lugar donde falleció el Héroe Nacional Teniente PM Mario VALKO.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4606 DE 20 PAGINAS

Página 3

Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Lic. Paola Natalia Knoop ________

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 2309
RIO GALLEGOS, 05 de Octubre de 2011.VIS TO :
El Expediente MEOP-Nº 400.524/11, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 3 obra Nota DGGTA-Nº 213/11, emanada de la Dirección General de Gestión Técnica Administrativa de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias, solicitando la reestructuración de los créditos presupuestarios del ITEM: Fondo Provincial de Pesca en el Presupuesto 2011, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA
MIL $ 280.000,00;
Que el Artículo 9 de la Ley Nº 3198, faculta al Poder Ejecutivo a realizar reestructuraciones de partidas, debiendo comunicar a la Honorable Cámara de Diputados;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 177/11, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 8;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA :
Artículo 1º.- REESTRUCTURASE en la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MIL
$ 280.000,00, el crédito del ANEXO: Ministerio de la Producción - ITEM: Fondo Provincial de Pesca - CARACTER; FINALIDAD; FUN CION;
SUBFUNCION; SECCION; SECTOR y PARTIDAS PRINCIPALES, en el Presupuesto 2011, conforme al detalle que figura en la Planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente y en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.Artículo 2º .- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 3º .- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas Subsecretaría de Presupuesto a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA - C.P. Diego Leonardo Robles ________
DECRETO Nº 2343
RIO GALLEGOS, 11 de Octubre de 2011.VIS TO :
El Expediente GOB-Nº 112.302/11; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la presentación realizada por el señor José María Manuel MOMPO, quien solicita se le permita efectuar los aportes previsionales correspondientes al periodo en que se vio forzado a alejarse de sus funciones en la Administración Pública Provincial en virtud de la situación institucional en la que se vio envuelta la República Argentina en la década del 70, y hasta el día 10
de diciembre del año 1983;
Que de acuerdo a las constancias agregadas en autos surge que el nombrado revistaba como agente del Estado Provincial y a partir del día 2 de abril de 1979
fue dado de baja en la mencionada situación laboral, no gozando a la fecha de beneficio jubilatorio alguno;
Que en primer lugar debe señalarse que nos enfrentamos a situaciones de hecho injustas que deben ser reparadas mediante la aplicación de las normas vigentes en materia previsional, utilizando como base

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 10/7/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date10/07/2012

Page count20

Edition count1767

First edition19/02/2002

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