Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/7/2012

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2 01 2 - A ño Ho me naje al Dr. M anue l B E LGRA NO

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALL EGOS

FRANQUEO A PAGAR

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

PUBLICACIÓN BISEMANAL Mar te s y Jueves Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobernador Li c. PAOLA NATALIA KNOOP
Mi ni stro de Gobi erno a/c Jefatura de Gabinete de Ministros Sr. CLAUDIO ALEJANDRO PESSE
Mi ni stro de la Secretaría G eneral de l a Gobernación C.P.N. ROBERTO ARIEL IVOVICH
Mi ni stro de Economí a y Obras Públ icas Li c. HECTOR RAFAEL G ILMARTIN
Mi ni stro de l a Producci ón Sra. ELSA BEATRIZ CAPUCHINELLI
Mi ni stro de Desarroll o Soci al Dr. DANIEL JORGE PERALTA
Mi ni stro de Salud Dr. IVAN FERNANDO SALDIVIA
Fi scal de Estado
DECRETO Nº 2484

RIO GALLEGOS, 18 de Octubre de 2011.VIS TO :
El Expediente MG-Nº 551.044/11, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado de referencia se tramitan las Negociaciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Provincial que llevan adelante los representantes del Poder Ejecutivo Provincial y de los gremios Asociación del Personal de la Administración Pública APAP, Unión Personal Civil de la Nación UPCN y Asociación Trabajadores del Estado ATE en nombre y representación de los trabajadores del sector público, todo ello en los términos de la Ley Provincial Nº 2986 y Decreto Reglamentario Nº 2290/07;
Que en esta ocasión, a instancias de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia, se ponen a consideración los acuerdos arribados en la audiencia celebrada con fecha 7 de octubre de 2011, referidos el primero de ellos al personal contratado comprendido en los alcances del pase a Planta Permanente dispuesto en el acuerdo homologado mediante Decreto Nº 1537/11 y que se encuentre usufructuando la licencia por maternidad cuyo término finalice con posterioridad al 1º de julio de 2011, con el propósito que se les adicionen tres 3 meses de Licencia de modo tal de igualar los seis 6 meses que prevé la Ley Nº 1620;
Que en segundo término, también se mocionó respecto al ingreso a la planta permanente del día 1º de octubre de 2011, del personal contratado durante el año 2010, fijándose los mismos requisitos y condiciones de ingreso que los establecidos en los acuerdos homologados mediante Decreto Nº 1537/11;
Que realizado el debate de dichas propuestas las mismas fueron aprobadas en forma unánime por los integrantes de la Mesa Paritaria, por lo cual la Autoridad Administrativa del Trabajo elevó las actuaciones a este Poder Ejecutivo para su consideración;
Que en virtud a lo expuesto, al estado de las actuaciones y con arreglo a lo preceptuado por el Artículo 13 de la Ley Nº 2986 corresponde homologar los acuerdos alcanzados;
Por ello y atento a Nota SL y T-GOB-Nº 1328-11, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 6;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- HOMOLOGAR los Acuerdos celebrados el día 7 de octubre de 2011, entre el Poder Ejecutivo Provincial, la Unión Personal Civil de la Nación UPCN, la Asociación del Personal de la Administración Pública Provincial APAP y la Asociación de Trabajadores del Estado ATE, en el marco de la Negociación Colectiva de la Administración Pública Provincial, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto y en la forma y condiciones establecidas en el acta labrada al efecto, la cual como Anexo I forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- ENCOMENDAR a los titulares de los
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LVII Nº 4611

OFICIAL

Ministerios, entes y organismos Descentralizados a disponer de la realización de los trámites administrativos pertinentes para que procedan a concretar el nombramiento del personal comprendido en el acuerdo que por el presente se homologa, previa verificación y control de los requisitos y condiciones allí previstas.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de Economía y Obras Públicas.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Gobierno Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, quien realizará las comunicaciones de práctica a sus efectos, tomen conocimiento Jefatura de Gabinete de Ministros y a los Ministerios de Economía y Obras Públicas, de Desarrollo Social, de Salud, de la Secretaría General de la Gobernación y de la Producción, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Dr. Pablo Gerardo González
C.P.N. Diego Leonardo Robles ________
DECRETO Nº 2506
RIO GALLEGOS, 19 de Octubre de 2011.VI STO :
El Decreto Nacional N 586 de fecha 11 de mayo de 2011; y CONSIDERANDO:
Que mediante los Artículos 2º y 5º del Decreto del Visto, se convocó al electorado de la Nación Argentina a las elecciones de candidatos a Presidente, Vicepresidente de la Nación, Senadores y Diputados Nacionales, el día 23 de octubre de 2011;
Que en nuestra Provincia, se procederá a elegir en forma conjunta y simultánea Gobernador, Vicegobernador, Diputados Provinciales, Diputados por Municipio, Intendentes Municipales, Concejales Municipales y Representantes del pueblo de la Provincia en el Consejo de la Magistratura;
Que para dicho acto eleccionario serán utilizados la mayoría de los establecimientos educacionales de la Provincia;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4611 DE 12 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 24 de Julio de 2012.-

Que en consecuencia y en razón de adecuar cada uno de los establecimientos afectados para su normal funcionamiento, este Poder Ejecutivo estima conveniente declarar asueto en todo el sistema educativo el día 24 de octubre del año 2011, en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA :
Artículo 1.- DECLARASE ASUETO ESCOLAR
en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo de la Provincia de Santa Cruz, el día 24 de octubre de 2011, por los motivos expuestos en los considerandos del presente.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3.- PASE al Consejo Provincial de Educación a sus efectos, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Dr. Pablo Gerardo González ________
DECRETO Nº 2507
RIO GALLEGOS, 21 de Octubre de 2011.V I S TO :
El Expediente AGVP-Nº 454.861/11, iniciado por la Administración General de Vialidad Provincial y elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 035/HD/11, el Honorable Directorio de la Administración General de Vialidad Provincial, reestructura los créditos del ANEXO: Ministerio de Economía y Obras Públicas - ITEM: Administración General de Vialidad Provincial, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos 2011, por la suma total de PESOS QUINCE MILLONES $ 15.000.000.-;
Que conforme al Artículo 9 de la Ley Nº 3198, el Poder Ejecutivo podrá reestructurar y modificar el Presupuesto 2011;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 201/11, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 20;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA :
Artículo 1º.- REESTRUCTURASE en la suma total de PESOS QUINCE MILLONES $ 15.000.000.-
el crédito de los ANEXOS, ITEMS; CARACTER;
FINALIDAD; FUNCION; SUBFUNCION; SECCION; SECTOR; PARTIDA PRINCIPAL, UBICACION GEOGRAFICA y PROYECTO, conforme al detalle que figura en las Planillas que como Anexos I, II
y III forman parte integrante del presente Decreto.Artículo 2º .- Como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo 1º REESTRUCTURASE en la suma de PESOS CINCO MILLONES $ 5.000.000 el total de las Contribuciones y Gastos Figurativos de la Administración Central a Organismos Descentralizados y Cuentas Especiales conforme al detalle que figura en las Planillas que como Anexos I y IV forman parte integrante del presente Decreto.Artículo 3º.- ELEVESE, a la Honorable Cámara de Diputados conforme lo establece el Artículo 10 de la

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/7/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date24/07/2012

Page count12

Edition count1765

First edition19/02/2002

Last issue02/07/2024

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