Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/10/2017 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2016 - 2017 Año Brocheriano
MIERCOLES 25 DE OCTUBRE DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 208
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

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a SECCION

Decreto N 1549

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
.

PODER EJECUTIVO
Decreto N 1549 Pag. 1
Decreto N 1559 Pag. 1

Córdoba, 2 de octubre de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION DE MEDIACIÓN
Resolución N 102 Pag. 2

VISTO: El Expediente Nº 0622-123813/2012 del registro de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional del Ministerio de Educación.

MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 375 Pag. 3

Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la imposición de nombre al Instituto Provincial de Educación Técnica N 357 de Barrio S.M.A.T.A -Departamento Capital-, dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional -del Ministerio citado.
Que de la terna elevada a consideración de este Poder Ejecutivo surge el nombre de JOSE CAMPELLONE, como justo homenaje y reconocimiento a este dirigente gremial, quien tuviera un destacado interés por las desigualdades sociales, participando activamente en defensa de los derechos de los trabajadores y de la educación pública, demostrando un gran sentido de solidaridad en todas las acciones que emprendiera con ese fin.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto Nº 7694/E/1968.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N 1460/2016, por Fiscalía
de Estado en casos análogos y en uso de atribuciones constitucionales EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :
Artículo 1º.IMPÓNESE el nombre de JOSE CAMPELLONE al Instituto Provincial de Educación Técnica N 357 de B S.M.A.T.A. -Departamento Capital-, dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional -Ministerio de Educación-.
Artículo 2.El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACION - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Decreto N 1559
Córdoba, 2 de octubre de 2017
VISTO:El Expediente N 0100-136131/17 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la señora Secretaria de Educación, propicia la modificación del artículo 6, inciso d del Decreto N 570/1982, reglamentario de los artículos 10, inciso b, 11, 61, 62 y 63 del Decreto Ley N 214/E/1963 Requisitos de los títulos para ser considerado docente.
Que la norma en cuestión, establece que a los fines señalados por los artículos 61, 62 y 63 del Estatuto y Escalafón de la Docencia Media, Especial y Superior, serán considerados como títulos docentes para los cargos de Director y Vicedirector en los establecimientos de enseñanza especial, los que hayan sido clasificados como tales para el cargo de Maestra Especial en la especialidad del Establecimiento de que se trate.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que como motivos para impulsar la reforma, se plantean los cambios de paradigma producidos a partir de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por Ley Nacional N 26.378, que aborda la discapacidad desde un modelo social con un desarrollo teórico y normativo, propiciándose la disminución de barreras que impiden el acceso al aprendizaje y la participación, respetando el principio de no discriminación; además, se ha orientado la modalidad especial hacia la efectivización de los derechos para todos los niños y jóvenes con discapacidad: acceso, permanencia y egreso del sistema educativo.
Que para alcanzar los desafíos propuestos se requiere adoptar medidas normativas que hagan posible un acompañamiento integral de los estudiantes atento que ya no existe una mirada parcializada de las diferentes discapacidades de quiénes asisten a los establecimientos educativos de la modalidad especial.
Que en virtud de lo expuesto se hace necesario determinar la titulación
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/10/2017 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date25/10/2017

Page count3

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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