Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/10/2017 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2016 - 2017 Año Brocheriano
MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 199
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

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a SECCION
SUMARIO
.

DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución General N 54 - Letra:G

MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
Resolucion N 28 Pag. 4

Y VISTO: La necesidad de intensificar las tareas de fiscalización y actualizar la base de datos de todas aquellas sociedades por acciones que se encuentran inscriptas en la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolucion General N 54 G Pag. 1
Resolucion General N 52 G Pag. 2
Resolucion General N 51 G Pag. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolucion N 322 Pag. 3
Resolucion N 287 Pag. 4

Córdoba, 10 de Octubre de 2017

Y CONSIDERANDO:
Primero: Que, es facultad de esta Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas la fiscalización permanente de las sociedades por acciones sujetas a su control, arbitrando todas las medidas necesarias a los fines de contribuir con la seguridad jurídica; constituyendo una prerrogativa inescindible de la actividad del Estado el otorgamiento de certeza jurídica para proteger el interés social, el de los asociados y el de terceros interesados.
Que, el ejercicio de la fiscalización por parte del organismo de control reside en el Poder de Policía que le compete al Estado Provincial a través de sus instituciones, en este caso, dicho poder es ejercido respecto de las personas jurídicas a través de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas quedando así facultada a través de la Ley N 8.652
para fiscalizar el funcionamiento regular de las entidades sometidas a su control, o cuando el mismo es delegado expresamente, y para adoptar las decisiones que estime pertinentes a fin que ésta vigilancia sea efectiva y eficaz.
Segundo: Que, conforme el artículo 2 de la Ley N 8.652, la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas tiene a su cargo la fiscalización de las sociedades por acciones, de las sociedades constituidas en el extranjero que hagan ejercicio habitual de actos comprendidos en su objeto social en la provincia de Córdoba, establezcan sucursales, asiento o cualquier otra especie de representación permanente, constituyan sociedades o adquieran participación en sociedades en el país; de las sociedades que realicen operaciones de capitalización y ahorro; de los fondo comunes de inversión y de las asociaciones civiles y fundaciones.
Tercero: Que, de acuerdo a la Ley N 8.652, en su art. 5 c.c. y s.s., la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas es competente para ejercer las facultades fiscalizadoras sobre las personas jurídicas en general y en consecuencia dictar la normativa pertinente que regule las tareas de control referidas.
Que, con el objetivo de planificar las tareas de fiscalización ya existentes y actualizar la base de datos de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas se impone la obligación de cumplimentar con una declaración jurada de actualización de datos. Quedarán obligadas a la rea-

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolucion General N 2139 Pag. 5
Resolucion General N 2140 Pag. 6
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION OPERATIVA
Resolucion N 84 Pag. 6
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
Resolucion N 307 Pag. 6
Resolucion N 302 Pag. 7
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Cronograma Incentivo Docente Pag. 8
ADMINISTRACION PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD
APROSS
Resolucion N 302 Pag. 8

lización de la misma las sociedades por acciones.
Cuarto: La visión que tiene esta Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas radica en el ser de la institución, lo cual conforme el derecho vigente importa labores de contralor y de autorización de funcionamiento de sociedades comerciales, concentrándose el programa en la realización de un régimen para la actualización de la base de datos de la Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia de Córdoba, procurando que el mismo sea viable y efectivo, acelerando los procesos de reajuste y digitalización de datos fidedignos, siendo este uno de los ejes centrales de la actual gestión.

Por ello, en virtud de los artículos 6 a 10 de la Ley N 8.652, el articulo 19 inc.8 de la Constitución de la Provincia de Córdoba, EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:

Artículo 1: En el marco de las competencias de fiscalización, se es-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/10/2017 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date11/10/2017

Page count9

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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