Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/10/2017 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2016 - 2017 Año Brocheriano
LUNES 2 DE OCTUBRE DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 192
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
1

a SECCION

SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DE
EMPLEO

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
.

SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCION DE EMPLEO
Resolución N 1005 Pag. 1

Córdoba, 19 de Septiembre de 2017.-

MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 347 Pag. 2
Resolución N 337 Pag. 2

VISTO: El Decreto N 1791/15, modificado por Decreto N 39/16 y ratificado por Ley 10337, y el Decreto N 186/16, modificado por Decreto N 1165/16.

MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Resolución N 49 Pag. 3

Resolución N 1005

Y CONSIDERANDO:
Que en la estructura del Poder Ejecutivo dispuesta por Decreto N
1791/15, modificado por Decreto N 39/16 y ratificado por Ley 10337, según lo previsto en el artículo 39, compete a la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo asistir al Poder Ejecutivo en todo lo relativo a la consecución de la equidad social, la capacitación laboral, la promoción del empleo y el fortalecimiento de las asociaciones comunitarias.
Que según lo previsto por los artículos 2 y 13 del precitado marco normativo, las Secretarías de Estado, ostentan el rango de Ministerio con respecto a las materias de su competencia.
Que la estructura orgánica prevista en el Decreto N 741/16 organiza esta Secretaría de Estado a través de la Secretaría de Equidad, la Secretaría de Promoción del Empleo, la Subsecretaría de Participación Comunitaria, la Unidad Ejecutora del Programa de Desarrollo del Norte y Oeste Cordobés, la Dirección General de Promoción Territorial, la Dirección General Banco de la Gente y las Direcciones Generales de Administración y de Asuntos Legales, todas las cuales tienen dependencia directa de la titular de la jurisdicción.
Que en virtud de lo dispuesto por los artículos 11 inc. 4 y 5 y 15
de los Decretos precedentemente referidos, los Ministros y Secretarias de Estado-, ostentan las competencias y atribuciones necesarias para resolver por sí todo asunto concerniente al régimen administrativo de la jurisdicción a su cargo que no requiera resolución del Poder Ejecutivo o en cuestiones que éste le haya delegado expresamente y, para adoptar las medidas de coordinación, supervisión y contralor necesarias para asegurar el debido cumplimiento de las funciones de su competencia; pudiendo delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de sus respectivas cartera en los funcionarios que determinen y conforme con la organización de cada área.
Que en resguardo de los principios de celeridad, eficacia y economía consagrados en el artículo 174 de la Constitución Provincial, resulta necesario adecuar la organización de los procesos de trabajo y establecer las facultades de los funcionarios dependientes de esta jurisdicción a los fines de lograr una mayor eficacia y eficiencia en la gestión de los Planes, Programas y Proyectos que la misma implementa en su ámbito de competencia.
Que por Resolución N 373/17 de esta Secretaría, en el marco de la facultad otorgada por el el artículo 1 del Decreto N 186/16 modificado por Decreto N 1165/16, se autorizó a las Secretarías de Equidad y ProBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Acuerdo N 45 Pag. 4

moción del Empleo para otorgar, en sus respectivos ámbitos de competencia material, para otorgar subsidios y/o ayudas directas, hasta un importe equivalente a quince 15 veces el Índice uno 1 fijado en la Ley Anual de Presupuesto.
Que habida cuenta la complejidad e importancia relativa del Plan PORLAFLÍA y los Programas CBA CON ELLAS y SALAS CUNA, que competen a la Secretaría de Equidad, para una asignación simétrica de volumen de trámites resulta necesario asignar a la Secretaría de Promoción del Empleo la gestión de los que corresponden a las categorías programáticas del presupuesto vigente: 642 C.E. Fortalecimiento Institucional para Centros Vecinales, de Jubilados y ONG Cuenta Especial 8665, 656
Banco de la Gente y 657 Formación Profesional y Desarrollo Regional, con las facultades previstas en la precitada Resolución N 373/17.

Por todo ello, en el marco de las atribuciones y competencias previstas en la normativa legal citada;
LA SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- ASÍGNASE a la Secretaría de Promoción del Empleo de esta jurisdicción, la gestión de los Planes, Programas y Proyectos enmarcados en las categorías programáticas del presupuesto vigente: 642
C.E. Fortalecimiento Institucional para Centros Vecinales, de Jubilados y ONG Cuenta Especial 8665, 656 Banco de la Gente y 657 Formación Profesional y Desarrollo Regional, con las facultades previstas en la Resolución N 373/17 de esta Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo para otorgar subsidios y/o ayudas directas, hasta un importe equivalente a quince 15 veces el Índice uno 1 fijado en la Ley Anual de Presupuesto.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.FDO: ALEJANDRA VIGO, SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/10/2017 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date02/10/2017

Page count4

Edition count4177

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