Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/9/2002

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL

Chamical y Anillaco con la gravedad social que ello implica.
Que, como consecuencia de la difícil situación del mercado financiero, las entidades bancarias suspendieron las respectivas operatorias para el acceso al crédito destinadas al financiamiento de la actividad productiva.
Que la falta de reactivación del mercado interno afectó severamente a la empresa en cuestión, en razón de la profundización de la recesión de la economía nacional.
Que en virtud del acta celebrada el día 08 de agosto del corriente año entre las autoridades de la Dirección General del Trabajo de la Provincia, representantes de la firma Gatilar S.A., Secretario de U.T.I.C.R.A. - Delegación La Rioja, Delegado de Planta, entre los puntos acordados se decidió la reapertura de la empresa a partir del día 12 de agosto de 2002 por haber superado la misma la situación descripta precedentemente.
Por ello, y en uso de la facultades que le confiere por los artículos 16º y 19º de la Ley Nacional Nº 22.021, Artículo 24 del Decreto Nacional Nº 3.319/79 y el Artículo 123º de la Constitución Provincial.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébase el reinicio de la actividad del proyecto industrial de la empresa Gatilar S.A. a partir del 12 de agosto del 2002, la cual fue suspendida en el período que se extiende entre el 01 de diciembre de 2001
hasta el 11 de agosto de 2002, cuyos derechos, obligaciones y beneficios se establecieron en los Decretos Provinciales Nº 1.353/82, 1.390/82 y 1.564/88 y Decretos Nº 207/95, Anexo III y 208/95- Anexos III y VI, en el marco de la Ley Nacional Nº 22.021, con localización en las ciudades de Chamical y Anillaco de la provincia de La Rioja.
Artículo 2º.- La efectiva reiniciación de la actividades le permitirá a la firma Gatilar S. A.
beneficiarse con las franquicias asignadas a su proyecto industrial por los ejercicios que le resten percibir.
Artículo 3º.- Los bienes de uso incorporados al proyecto no podrán ser desafectados de la planta industrial sin previa autorización de la Autoridad de Aplicación .
Artículo 4º.- Déjase debidamente establecido que si durante el período de suspensión la firma Gatilar S.A.
desarrolló actividades productivas, deberá ingresar el ciento por ciento 100% de los tributos que corresponda conforme a la legislación vigente.
Artículo 5º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Producción y Turismo.
Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Maza, A.E. Gobernador - Aldao Lamberto, J.D., M.E. y O.P.- Bengolea, J D., S.P. y T.

Martes 24 de setiembre de 2002
DECRETOS AÑO 2001

DECRETO N 101 M.C.G.
01/03/01
Dando de baja a partir del 28 de febrero del año en curso, en el cargo de Secretaria Privada del señor Asesor General de Gobierno, a la señora María del Carmen Leo, D.N.I. N 13.152.278.
Fdo.: Maza, A.E., Gdor. Herrera, L.B., M.C.G.
Caridad, A.G., S.G.P. y M.E.

DECRETO N 132 M.S.P.
16/03/01
Dando de baja por razones particulares y con fecha retroactiva al 12 de julio de 1991, a la señora Haydee Beatriz Andino de Lasso M.I. N 5.697.433, quien revistaba en la Categoría 20 del Agrupamiento Profesional y prestaba sus servicios en el entonces Hospital Jurisdiccional Presidente Plaza, actual Hospital Jurisdiccional Dr. Enrique Vera Barros, ello, de conformidad a los términos del Artículo 55 del Decreto Ley N 3870.
Fdo.: Maza, A.E.; Gdor. Córdoba, R.D.; M.S.P.

DECRETO N 135 M.C.G.
13/03/01
Disponiendo reordenar la representación del Gobierno de la Provincia de La Rioja en el Organismo Interjurisdiccional creado por el Convenio Modificatorio del Convenio de Transferencia Previsional de marzo/96, designándose en lugar del Dr. Diego Alvarez en el carácter de representante de la Provincia y miembro del Directorio del mismo al Dr. Guillermo Enrique Boiero, D.N.I. N
13.918.516, quien retendrá su cargo de Abogado Relator de la Asesoría General de Gobierno.
Dejando establecido que el Dr. Diego Alvarez, D.N.I. N 07.999.248, en su carácter de Asesor General de Gobierno, continuará prestando funciones de coordinación y representación de la Provincia por ante el Organismo Previsional Nacional, ANSES, sin perjuicio de las propias que corresponden a las funciones del cargo que detenta.
Fdo.: Maza, A.E., Gdor. Herrera, L.B., M.C.G.
Caridad, A.G., S.G.P. y M.E.

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/9/2002

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date24/09/2002

Page count18

Edition count2483

First edition02/01/1998

Last issue19/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2002>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930