Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 4 de febrero de 2009

ANEXO III

ANEXO VIII

Expediente Nº1.209.734/07

PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO LUJAN DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS
SERVICIOS E INDUSTRIA DE
LAS TELECOMUNICACIONES C/ TELEFONICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

CCT 819/06 E

Expediente Nº1.209.734/07

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

PARTES SIGNATARIAS

1/07/2008

$2.707,02

$8.121,06

1/09/2008

$2.741,39

$8.224,17

SINDICATO DE TRABAJADORES DE LAS
TELECOMUNICACIONES DE ROSARIO
C/ TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

1/11/2008

$2.775,77

$8.327,31

1/01/2009

$2.810,14

$8.430,42

1/03/2009

$2.950,18

$8.850,54

1/05/2009

$2.984,56

$8.953,68

CCT 878/07 E

SINDICATO DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE
LAS TELECOMUNICACIONES DE SANTA FE C/ TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

CCT 821/06 E

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

1/07/2008

$2.707,02

$8.121,06

1/09/2008

$2.741,39

$8.224,17

1/11/2008

$2.775,77

$8.327,31

1/01/2009

$2.810,14

$8.430,42

1/03/2009

$2.950,18

$8.850,54

1/05/2009

$2.984,56

$8.953,68

ANEXO V
Expediente Nº1.209.734/07

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

1/07/2008

$2.707,02

$8.121,06

1/09/2008

$2.741,39

$8.224,17

1/11/2008

$2.775,77

$8.327,31

1/01/2009

$2.810,14

$8.430,42

1/03/2009

$2.950,18

$8.850,54

1/05/2009

$2.984,56

$8.953,68

Expediente Nº1.209.734/07

ANEXO IV
Expediente Nº1.209.734/07

PARTES SIGNATARIAS

15

BOLETIN OFICIAL Nº 31.587

Buenos Aires, 7 de octubre de 2008
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº1427/08 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 422/08
T. VALERIA A VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº1429/2008
Tope Nº424/2008
Bs. As., 3/10/2008
VISTO el Expediente Nº1.132.377/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº803 de fecha 17 de julio de 2008 y Nº1140
de fecha 4 de septiembre de 2008, y CONSIDERANDO:

PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DE TRABAJADORES DE
LAS TELECOMUNICACIONES DE ROSARIO C/ TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

CCT 724/05 E

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

1/07/2008

$2.289,92

$6,869,76

1/09/2008

$2.304,78

$6.914,34

1/11/2008

$2.319,64

$6.958,92

1/01/2009

$2.334,49

$7.003,47

1/03/2009

$2.349,35

$7.048,05

1/05/2009

$2.352,51

$7.057,53

ANEXO VI
Expediente Nº1.209.734/07

PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS TELEFONICOS
DE TUCUMAN C/ TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

CCT 917/07 E

CCT 728/05 E

Que los topes fijados por la Resolución S.T. Nº1140/08 tienen como vigencia el 1 de febrero de 2008 y 1 de junio de 2008.
Que a fojas 1 y 1 vuelta del Expediente Nº1.291.871/08 agregado como foja 579 al principal, obra la presentación efectuada por la ASOCIACION AGENTES DE PROPAGANDA MEDICA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, mediante la cual indica que no se ha calculado el tope indemnizatorio correspondiente a la vigencia del 1 de septiembre de 2008.

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

Que habiendo advertido, que efectivamente se ha omitido el cálculo del tope indemnizatorio correspondiente al período mencionado en el párrafo precedente, se ha procedido a elaborar el correspondiente cálculo.

1/07/2008

$2.707,02

$8.121,06

1/09/2008

$2.741,39

$8.224,17

1/11/2008

$2.775,77

$8.327,31

Que a fojas 583/585, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

1/01/2009

$2.810,14

$8.430,42

1/03/2009

$2.950,18

$8.850,54

1/05/2009

$2.984,56

$8.953,68

Expediente Nº1.209.734/07

SINDICATO DE TRABAJADORES DE
LAS TELECOMUNICACIONES DE ROSARIO C/ TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

Que el referido Acuerdo fue homologado por la Resolución S.T. Nº803/08 y registrado bajo el N 612/08 conforme surge de fojas 536/539 y 542, respectivamente.

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

ANEXO VII

PARTES SIGNATARIAS

Que mediante la Resolución S.T. Nº1140/08, cuya copia fiel obra a fs.563/567 del Expediente citado en el Visto, se fijó el importe promedio de las remuneraciones y tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE AGENTES DE PROPAGANDA
MEDICA, el CENTRO DE AGENTES DE PROPAGANDA MEDICA DE CORDOBA Y la ASOCIACION
DE AGENTES DE PROPAGANDA MEDICA DE ROSARIO, por la parte sindical y la CAMARA
ARGENTINA DE ESPECIALIDADES MEDICINALES y la CAMARA INDUSTRIAL DE LABORATORIOS
FARMACEUTICOS, por la parte empresarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº119/75, conforme lo dispuesto por el artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

1/07/2008

$2.707,02

$8.121,06

1/09/2008

$2.741,39

$8.224,17

1/11/2008

$2.775,77

$8.327,31

1/01/2009

$2.810,14

$8.430,42

1/03/2009

$2.950,18

$8.850,54

1/05/2009

$2.984,56

$8.953,68

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976, y en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº628 del 13 de junio de 2005.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº803 de fecha 17 de julio de 2008 y registrado bajo el Nº612/08 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE
AGENTES DE PROPAGANDA MEDICA, el CENTRO DE AGENTES DE PROPAGANDA MEDICA DE
CORDOBA y la ASOCIACION DE AGENTES DE PROPAGANDA MEDICA DE ROSARIO, por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DE ESPECIALIDADES MEDICINALES y la CAMARA INDUSTRIAL

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2009 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data04/02/2009

Conteggio pagine16

Numero di edizioni9410

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione28/07/2024

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