Boletín Oficial de la República Argentina del 16/02/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, lunes 16
de febrero de 2009

Boletin Oficial
Año CXVII
Número 31.595

de la RepUblica Argentina
Precio $ 0,90

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE
LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
incluye suplemento actos de gobierno Pág.

Decretos
DECRETOS

MEDIO AMBIENTE
91/2009
Protección Ambiental de los Bosques Nativos. Apruébase la Reglamentación de la Ley N 26.331.

1

3

CONDECORACIONES
96/2009
Apruébase un acta mediante la cual se acuerda una condecoración a la señora Secretaria de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos

4

4

Resoluciones
4

OBRAS SOCIALES
163/2009-SSS
Modificación de la Resolución Nº194/98, en relación con las pautas para la publicidad de obras sociales

5

INVERSIONES PARA BOSQUES CULTIVADOS
79/2009-SAGPA
Dase por prorrogado el plazo del vencimiento para la presentación de los proyectos de planes forestales correspondientes al año 2009

5

AGENTES DEL SEGURO DE SALUD
170/2009-SSS
Establécese un plazo de presentación del Programa Anual de Prestaciones Médico Asistenciales para sus beneficiarios

5

ALIMENTOS ARGENTINOS
76/2009-SAGPA
Apruébase el Protocolo de Calidad para Orégano Argentino

6

DEUDA PUBLICA
5/2008-MEFP
Dispónese la emisión de una Letra del Tesoro en Pesos con vencimiento el día 4 de marzo de 2009. Características
Conjunta 50/2008-SH y 16/2008-SF
Dispónese la emisión de un Pagaré del Gobierno Nacional a los efectos de instrumentar la constitución de una aplicación financiera a título gratuito a favor del Tesoro Nacional. Características..

Protección Ambiental de los Bosques Nativos. Apruébase la Reglamentación de la Ley N 26.331.
Bs. As., 13/2/2009
VISTO la Ley Nº 26.331 que establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para el enriquecimiento, la restauración, la conservación, el aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos y de los servicios ambientales que brindan a la sociedad y la necesidad de proceder a su reglamentación, y CONSIDERANDO:

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
18/2009-INS
Constancia de Procedencia de Material Reproductivo Forestal Certificado. Formulario

SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO
Conjunta 87/2009-ANSES y 33.773/2009-SSN
Apruébase el procedimiento para el intercambio de información y rendición de las liquidaciones entre ANSES y las Compañías de Seguro de Retiro

MEDIO AMBIENTE
Decreto 91/2009

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
2365/2008
Porrógase la designación transitoria del Subinspector General de Justicia

97/2009
Apruébase un acta mediante la cual se acuerda una condecoración al Excelentísimo señor Presidente de los Estados Unidos Mexicanos

Que para la elaboración del presente Reglamento se ha llevado a cabo un amplio proceso de participación y consulta, tanto entre las distintas áreas sustantivas de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como entre las Autoridades Locales de Aplicación, las cuales participaron a través del Consejo Federal de Medio Ambiente COFEMA en reunión del 8 de enero de 2009 de la Comisión de Bosques Nativos y de la Comisión Permanente de Tratamiento Legislativo en la Asamblea Extraordinaria del COFEMA celebrada el 5
de febrero de 2009.
Que es necesario tener presente los aportes y aprendizajes realizados en relación a la Ley Nº13.273, promulgada el 6 de octubre de 1948 que constituyó un hito normativo histórico en la defensa y en el diseño de un régimen legal protectorio de la riqueza forestal.
Que en la presente reglamentación se han tenido en cuenta los aspectos vinculados a
Que la Ley Nº 26.331 requiere ser reglamentada e interpretada de manera armónica, integral y totalizadora, como un sistema único homogéneo de protección ambiental de los bosques nativos.
Que en pos de lograr una reglamentación acorde a los presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos se han contemplado los criterios de simplicidad, aplicabilidad y continuidad, garantizando el régimen federal y las atribuciones provinciales en los aspectos técnicos y operativos como asimismo procurar eficacia y eficiencia en la asignación de los recursos.
Que asimismo la presente responde a la oportunidad que brinda la Ley Nº26.331 en tanto permite contar con actividad presupuestaria dirigida a la conservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales nativos de nuestro país, a través de una reglamentación que contempla al mismo tiempo los aspectos de técnica ambiental aplicables y el reconocimiento y participación de las comunidades dependientes del bosque, como son las comunidades indígenas y campesinas, en el marco establecido por la ley.
Que ha tomado la intervención que le compete el Servicio Jurídico Permanente de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la Reglamentación de la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos Nº26.331
que, como Anexo, forma parte integrante del presente.

8

9

PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini 9

Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Continúa en página 2

las buenas prácticas silvícolas que deben aplicarse en los sistemas de aprovechamiento y conservación al que serán sometidas las masas forestales nativas, facilitando su comprensión para la ejecución a campo.

Director Nacional
www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº723.199
Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/02/2009 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data16/02/2009

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9385

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/07/2024

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