Boletín Oficial de la República Argentina del 26/11/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.285 1 Sección Pág.
FONDO FIDUCIARIO P
ARA EL
PARA
DESARR
OLLO PR
OVINCIAL
DESARROLLO
PRO
Decreto 1119/2003
Sustitúyense los Modelos de Acta de Reconocimiento de los créditos a los que se refiere el artículo 1º del Decreto Nº 1261/2002.
IMPUEST
OS
IMPUESTOS
Decreto 1120/2003
Prorrógase la vigencia del Artículo 1º del Decreto Nº 731/2001 y de su similar del Decreto Nº 848/2001, que dejaron sin efecto por un determinado plazo gravámenes previstos en la Ley de Impuestos Internos, texto sustituido por la Ley Nº 24.674.
INDUSTRIA
Disposición 22/2003-SSI
Inclúyense determinados bienes en el Anexo I de la Resolución Nº 90/2001 de la ex Secretaría de Industria.
MINISTERIO DE DESARR
OLLO SOCIAL
DESARROLLO
Decisión Administrativa 249/2003
Apruébase una contratación de locación de servicios, que será financiada de acuerdo con determinados Convenios de Préstamo celebrados con el Banco Interamericano de Desarrollo para el Programa de Atención a Grupos Vulnerables.
MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PR
ODUCCION
PRODUCCION
Decisión Administrativa 244/2003
Dase por aprobado un contrato de locación de servicios personales celebrado bajo el régimen del Decreto Nº 1184/
2001, en el marco de los contratos individuales de la Subsecretaría de Relaciones con Provincias de la Secretaría de Hacienda.
Decisión Administrativa 252/2003
Apruébase un contrato de locación de servicios personales celebrado bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001 por la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos.
Decisión Administrativa 253/2003
Exceptúase a la citada Jurisdicción de lo dispuesto por el artículo 7º del Anexo I
del Decreto Nº 1184/2001, al solo efecto de posibilitar determinadas contrataciones.
MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA
Y TECNOLOGIA
Decisión Administrativa 242/2003
Apruébanse renovaciones de contrataciones de la citada Jurisdicción, celebradas en los términos del Decreto Nº 1184/
2001.
Decisión Administrativa 243/2003
Apruébanse contrataciones de personal de la citada Jurisdicción, celebradas en los términos del Decreto Nº 1184/2001.
MINISTERIO DE SALUD
Decreto 1112/2003
Desígnase Director Asistente Administrativo del Instituto de Rehabilitación Psicofísica del Sur, organismo descentralizado dependiente de la citada Jurisdicción.

Pág.
taría de Programas de Prevención y Promoción de la Secretaría de Programas Sanitarios.

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1

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MINISTERIO DE TRABAJO
TRABAJO,, EMPLEO
Y SEGURID
AD SOCIAL
SEGURIDAD
Decreto 1121/2003
Regímenes jubilatorios para el personal en relación de dependencia y autónomo.
Establécese que la Secretaría de Seguridad Social de la citada Jurisdicción actuará como autoridad de aplicación para el dictado de las normas a que se refiere el artículo 156 in fine de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias.

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8

8

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Carlos A. Tomada.

Que el Artículo 4º del Decreto Nº 957/03 dispuso que las Jurisdicciones Provinciales deberán asumir con el ESTADO NACIONAL la deuda resultante del rescate de las LETRAS
DE CANCELACION DE OBLIGACIONES
PROVINCIALES LECOP en los términos del inciso d del Artículo 3º del Decreto Nº 743/
03, en la proporción que corresponda por aplicación del Decreto Nº 1261/02.

Decreto 1119/2003
Sustitúyense los Modelos de Acta de Reconocimiento de los créditos a los que se refiere el artículo 1º del Decreto Nº 1261/2002.

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Bs. As., 24/11/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0118569/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, las Leyes Nros. 25.561 y 25.736, los Decretos Nros. 1261 del 16 de julio de 2002, 743 del 28 de marzo de 2003 y 957
del 23 de abril de 2003, las Resoluciones Nros. 266 del 9 de abril de 2003, 335 del 7 de mayo de 2003 y 365 del 20 de mayo de 2003
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y 124
del 16 de julio de 2003 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

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6

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DECRET
OS SINTETIZADOS
DECRETOS

6

DECISIONES ADMINISTRA
TIV
AS
ADMINISTRATIV
TIVAS
AS
SINTETIZADAS
SINTETIZAD

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RESOLUCIONES SINTETIZAD
AS
SINTETIZADAS

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DISPOSICIONES SINTETIZAD
AS
SINTETIZADAS

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REMATES OFICIALES
Nuevos
mo, donde se establecen los saldos definitivos, dejándose sin efecto la firma de los Modelos de Convenios definitivos previstos en el Artículo 4º del Decreto Nº 1261/02.

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PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 1117/2003
Prorrógase la designación transitoria de Director Nacional de Artes de la Secretaría de Cultura, dispuesta por el Decreto Nº 459/2003, del 3 de marzo de 2003.

TRANSPOR
TE POR AUT
OMO
TRANSPORTE
UTOMO
OMOTTOR
DE P
ASAJER
OS
PASAJER
ASAJEROS
Disposición 5/2003-SSTA
Modifícase la Disposición Nº 4, de fecha 21 de noviembre de 2003, mediante la cual se realizó el llamado a Convocatoria Pública para la selección de prestadores de servicios de temporada no permanentes 2003/2004, de Transporte Automotor de Pasajeros de Carácter Internacional.

resultan de aplicación supletoria en los supuestos no previstos en la citada Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, en tanto no se opongan ni sean incompatibles con ella.

FONDO FIDUCIARIO PARA EL
DESARROLLO PROVINCIAL

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SUPERINTENDENCIA
DE SER
VICIOS DE SALUD
SERVICIOS
Decisión Administrativa 241/2003
Apruébase la contratación de un profesional que desarrollará la función de Coordinador del Programa de Sindicatura del mencionado organismo descentralizado del Ministerio de Salud.

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Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 1261
del 16 de julio de 2002 se instruyó al Comité Directivo del FONDO FIDUCIARIO PARA EL
DESARROLLO PROVINCIAL, en virtud de lo establecido en los Artículos 1º ó 1º y 2º, según el caso, de la SEGUNDA ADDENDA AL
COMPROMISO FEDERAL POR EL CRECIMIENTO Y LA DISCIPLINA FISCAL y sus Convenios Bilaterales Complementarios, ratificados por el Decreto Nº 1584 del 5 de diciembre de 2001, para que reconozca a través de su fiduciario, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, ente autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, como créditos a favor de cada una de las Jurisdicciones Provinciales, con vencimiento simultáneo al de las LETRAS
DE CANCELACION DE OBLIGACIONES
PROVINCIALES LECOP cuya emisión se dispuso por el Decreto Nº 1004 del 9 de agosto de 2001 y sus modificatorios, los montos que resulten de la aplicación de la normativa citada.
Que por el Artículo 2º del Decreto Nº 1261/
02 se aprueban los Modelos de Actas de Reconocimiento de los créditos a los que se refiere el Artículo 1º del Decreto Nº 1261/02
que como Anexos I, II y III forman parte integrante del mismo.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 743 del 28 de marzo de 2003, se creó el PROGRAMA DE UNIFICACION MONETARIA con el objeto de retirar los títulos provinciales que reúnan las características enunciadas en el Artículo 12 de la Ley Nº 25.561 y reemplazarlos por moneda nacional de curso legal, destinado a los Estados Provinciales de BUENOS AIRES, CATAMARCA, CORDOBA, CORRIENTES, CHACO, ENTRE RIOS, FORMOSA, LA RIOJA, MENDOZA y TUCUMAN.

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AVISOS OFICIALES

Decreto 1113/2003
Dase por designado, con carácter transitorio, Director Nacional de Emergencias Sanitarias, en el ámbito de la Subsecre-

tos reglamentarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, resulta el área competente para actuar como autoridad de aplicación para el dictado de las normas a que se refiere el artículo 156 de la Ley Nº 24.241.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 156 de
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PEQ
UEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
PEQUEÑAS
Resolución Conjunta 173/2003-SICPME
y General 1602-AFIP
Procedimiento a seguir a los fines de la reglamentación del intercambio de información necesario para la tramitación de inscripciones en el Padrón de PyMES
Exportadoras.

RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 743/2003-SRT
Dispónese el funcionamiento del Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores. Actualización del listado de sustancias químicas del Anexo I de la Disposición D.N.S.S.T.
Nº 8/95.

Miércoles 26 de noviembre de 2003

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Que el Artículo 1º del Decreto Nº 957 del 23
de abril de 2003, incluyó en el PROGRAMA
DE UNIFICACION MONETARIA creado por el Decreto Nº 743/03, a las LETRAS DE CANCELACION DE OBLIGACIONES PROVINCIALES LECOP, emitidas en el marco de los Decretos Nros. 1004/01, 1397 del 4 de noviembre de 2001, 1603 del 5 de diciembre de 2001, 40 del 6 de enero de 2002 y 409 del 1 de marzo de 2002, y de conformidad a las previsiones contenidas en el Decreto Nº 1261/
02, siendo de aplicación el mecanismo establecido por el citado Decreto Nº 743/03 y sus normas complementarias y reglamentarias, en lo que resulte pertinente.

Artículo 1º La SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, actuará como autoridad de aplicación para el dictado de las normas a que se refiere el artículo 156 in fine de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, a fin de determinar qué disposiciones de las Leyes Nº 18.037 y Nº 18.038, sus modificatorias y complementarias,
Que el Artículo 2º del Decreto Nº 957/03, estableció que las Jurisdicciones Provinciales encomendarán el rescate de las LETRAS DE
CANCELACION DE OBLIGACIONES PROVINCIALES LECOP en los montos que le correspondan por aplicación del Decreto Nº 1261/02, en oportunidad de suscribir el Acta de Reconocimiento prevista en el mis-

Nuevos
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Anteriores
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la Ley Nº 24.241 y del artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
Que en atención a la normativa referida al PROGRAMA DE UNIFICACION MONETARIA, y a los fines de facilitar su cumplimiento resulta pertinente sustituir los Modelos de Acta de Reconocimiento de los créditos a los que se refiere el Artículo 1º del Decreto Nº 1261/02.
Que con relación al Modelo de Acta de Reconocimiento de Crédito para aquellas provincias que no hubieran suscripto Convenios de Emisión de LETRAS DE CANCELACION DE OBLIGACIONES PROVINCIALES LECOP, previsto en el Anexo I del Decreto Nº 1261/02, no resulta pertinente mantenerlo, en atención a que a la fecha todas las provincias, incluyendo a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, han procedido a suscribir los citados Convenios de Emisión de LETRAS DE CANCELACION
DE OBLIGACIONES PROVINCIALES LECOP.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Sustitúyese el Artículo 2º del Decreto Nº 1261 del 16 de julio de 2002 por el siguiente:
ARTICULO 2º.- Apruébanse los Modelos de Actas de Reconocimiento de los créditos a los que se refiere el Artículo anterior que como Anexos I y II forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º El presente decreto comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Roberto Lavagna.
ANEXO I
Modelo de Acta de reconocimiento de Crédito a favor de las Provincias emanado de los Artículos 1º y 2º de la SEGUNDA ADDENDA AL COMPROMISO FEDERAL POR EL CRECIMIENTO Y LA
DISCIPLINA FISCAL y los Convenios Bilaterales Complementarios a dicha addenda, ratificados por Decreto Nº 1584 del 5 de diciembre de 2001, para Provincias que hayan suscripto Convenios de Emisión de LETRAS DE CANCELACION DE
OBLIGACIONES PROVINCIALES LECOP por un monto inferior a dicho crédito.
Entre el ESTADO NACIONAL representado en este acto por el FONDO FIDUCIARIO
PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL en adelante, el FONDO, representado por el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, en su carácter de Fiduciario del FONDO en adelante el BNA, representado por y la Provincia de en adelante la PROVINCIA, representada por en adelante y en conjunto, las Partes, y teniendo en cuenta:
1 Que con fecha 6 de diciembre de 1999, el ESTADO NACIONAL, suscribió con las Provincias el COMPROMISO FEDERAL, ratificado por la Ley Nº 25.235, y con fecha 17 de noviembre de 2000
el COMPROMISO FEDERAL POR EL CRECIMIENTO Y LA DISCIPLINA FISCAL y su Addenda, ratificados por la Ley Nº 25.400.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 26/11/2003 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data26/11/2003

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9388

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

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