Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/05/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXV - Nº 117
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 20 DE MAYO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Artículo 1º DEJAR SIN EFECTO el llamado a concurso para la cobertura del Cargo N 71 - Subdirección de Jurisdicción Control de Gestión de la Dirección General de Rentas, dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos, que fuera convocado mediante la Resolución N 268/15 de este Ministerio.

Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dése a la Secretaría de Capital Humano, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

Resolución N 68
Córdoba, 19 de mayo de 2020
VISTO: El expediente N 0027-059042/2015.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N 268/15 de este Ministerio, se dispuso el llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición, en los términos del artículo 14 de la Ley N 9361, punto II A para cubrir los cargos vacantes de Jefaturas de Sección, Jefaturas de División y Jefaturas de Departamento.
Que en el Anexo II de la citada Resolución se llamó a cubrir el cargo vacante de Jefatura de División Delegación Centro de la Subdirección de Jurisdicción Coordinación de Descentralización de la Dirección General de Catastro dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos.
Que de conformidad a lo previsto en los artículos 16 y 18 de la Ley N
9361, se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, quien por Resolución N 02/2015 aprobara las bases y condiciones generales del concurso de que se trata, con los alcances, requisitos, designación de los integrantes del Tribunal del Concurso y demás aspectos de la convocatoria efectuada.

Que luego de producida la prueba de oposición, se generó el Orden de Mérito Definitivo, el que oportunamente fue notificado a los participantes.
Que no mediando acto definitivo de nombramiento respecto del cargo concursado, el señor Secretario de Ingresos Públicos propicia se deje sin efecto el llamado a concurso de que se trata en virtud de que la cobertura de tal cargo, no resulta necesaria, por razones de orden operativa y organizacional de la Repartición.

Que la formación de la estructura orgánica y consecuente distribución de cargos de personal en las distintas áreas de que se sirve la Administración Pública Provincial, constituye una facultad discrecional de la misma, cuyo ejercicio en definitiva refleja la identificación de necesidades y su abordaje en la definición de procesos de su competencia, hacia la consecución de su misión conforme a los objetivos planteados.
Que en este estadio los concursantes no detentan derecho subjetivo de carácter administrativo alguno sobre el puesto disputado, sino un interés legítimo respecto del trámite, que en ningún modo obliga a la Administración a materializar el acto definitivo de nombramiento.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con la Actuación N 48/2020 de la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º DEJAR SIN EFECTO el llamado a concurso para la cobertura del Cargo N 105 - Jefatura de División Delegación Centro de la Subdirección de Jurisdicción Coordinación de Descentralización de la Dirección General de Catastro dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos, que fuera convocado mediante la Resolución N 268/15 de este Ministerio.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dése a la Secretaría de Capital Humano, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

MINISTERIO DE FINANZAS

SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N 7
Córdoba, 19 de mayo de 2020
VISTO: El Expediente Nº 0463- 076331/2020.
Y CONSIDERANDO:

Que a través del Título I del Libro III del Decreto Nº 1205/15 y sus modificatorios, el Poder Ejecutivo instauró un régimen de retención, percepción y recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Que el citado Decreto, otorga a esta Secretaría facultades para nominar y/o dar de baja a los agentes de retención, percepción y/o recaudación involucrados en el citado régimen, precisando la fecha a partir de la cual deberán comenzar a actuar como tales o cesarán en tal carácter y reglaBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

mentar diferentes aspectos sobre el funcionamiento del citado régimen.
Que a través de la Resolución N 001/19 y sus modificatorias de esta Secretaría, se reglamentaron aspectos referidos al funcionamiento del régimen y se nominaron los sujetos que deben actuar como agentes de retención, percepción y/o recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Que el citado régimen prevé un mecanismo de revisión continua tanto de los sujetos alcanzados, en función de su interés fiscal, capacidad de administración y cumplimiento de los deberes formales y sustanciales para con el Fisco Provincial, así como de su funcionamiento, en virtud de los cambios que la realidad económica produce en los sectores involucrados.
Que, en tal sentido, a los fines de mantener actualizado el universo de agentes percepción involucrados en el régimen, se estima conveniente incorporar nuevos sujetos al Anexo II de la citada Resolución y dar de baja a aquellos agentes que no deberán continuar actuando como tales.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/05/2020 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data20/05/2020

Conteggio pagine11

Numero di edizioni4187

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione26/07/2024

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