Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/05/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del
General Manuel Belgrano
MIÉRCOLES 13 DE MAYO DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXV - Nº 112
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
1

a SECCION

MINISTERIO DE LA MUJER
Resolución N 57

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
MINISTERIO DE LA MUJER
Resolución Nº 57 Pag. 1
EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA
Resolución Nº 83148 Pag. 2

Córdoba, 23 de Abril de 2020
VISTO: la Ley N 10.690 de adhesión de la Provincia de Córdoba a la Emergencia Pública Sanitaria declarada por el Estado Nacional, el Decreto N 195/2020 y la Resolución N 36/2020 del Ministerio de la Mujer.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N 10.690 la Provincia de Córdoba adhirió a la Emergencia Pública Sanitaria declarada por el Estado Nacional mediante Ley N 27.541 y normativa complementaria y, consecuentemente, el Poder Ejecutivo Provincial dispuso el receso administrativo mediante el Decreto N 195/2020 de fecha 16 de marzo de 2020, prorrogado sucesivamente mediante los decretos N 235/2020 y N 245/2020.
Que, en el marco de la situación planteada, la Ministra de la Mujer aprobó un Plan de Contingencia en la jurisdicción provincial mediante Resolución N 36 de fecha 20 de marzo de 2020, mediante la cual se instruyó a la Secretaría de Lucha Contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas a ejecutar lo necesario para garantizar la continuidad de las acciones de prevención y contención brindadas a las mujeres en situación de violencia.
Que, a nivel nacional, mediante Decisión Administrativa N 524 de fecha 18 de abril de 2020, se dispuso exceptuar del aislamiento social, preventivo y obligatorio al personal afectado a determinadas actividades y servicios, entre ellos, a establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de genero.
Que dicho plexo normativo dispone que cada jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados.
Que atento a la emergencia pública en materia sanitaria, el aislamiento social, preventivo y obligatorio para combatir el coronavirus, no implica seguridad y tranquilidad para muchas personas, en su mayoría mujeres, niños/as y adultos mayores, ya que el hogar es un lugar de riesgo vinculado a situaciones de violencia por razones de género, que se intensifican con el estrés causado por la evolución de la pandemia, además de la incertidumbre económica, sanitaria y de seguridad.

Que, en toda la extensión del territorio provincial, y atento al aislamien-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

to social obligatorio, las consultas y denuncias por violencia de género y familiar aumentaron considerablemente, respecto a períodos anteriores.
Que, ante tal escenario crítico, el Ministerio de la Mujer se incorporó al Centro de Operaciones de Emergencia de la Provincia de Córdoba C.O.E., creado mediante Resolución N 311/2020 en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba.
Que atento a las situaciones de riesgo que se pudieran presentar en este nuevo escenario de emergencia sanitaria y con la limitación de la circulación, es que resulta necesario disponer de acciones estratégicas para mitigar las consecuencias que la emergencia sanitaria y el aislamiento social, preventivo y obligatorio producen en materia de violencia por razones de género, a los fines de fortalecer la asistencia brindada a las mujeres y garantizar una contención real.
Por todo ello, lo dispuesto por la normativa citada y en ejercicio de las atribuciones y competencias conferidas mediante artículo 40 del Decreto N 1615/2019;
LA MINISTRA DE LA MUJER
RESUELVE:
Artículo 1.- APRUÉBASE el Plan de Emergencia Humanitaria en Género y Violencia Contra la Mujer, consistente en acciones estratégicas para mitigar las consecuencias que la emergencia pública sanitaria produce en materia de género y violencia contra la mujer, conforme alcance previsto en el Anexo Único, que como tal, forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en Boletín Oficial y oportunamente archívese.
Fdo.: Claudia Martinez - Ministra de la Mujer ANEXO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/05/2020 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data13/05/2020

Conteggio pagine2

Numero di edizioni4187

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione26/07/2024

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