Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/02/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCII - Nº 33

7233 para el ingreso de personal en carácter de permanente, revistiendo mientras tanto la designación el carácter previsto en el artículo 15 de la citada norma.
Por ello, la normativa legal citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gestión Pública y por la Fiscalía de Estado bajo los Nros. 0831/2014 y 1084/
2014, respectivamente, y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º: DESÍGNANSE a partir del presente instrumento legal a los agentes que han obtenido el puntaje requerido en el presente proceso concursal para la cobertura de veintiocho 28
cargos del Agrupamiento Servicios Generales de la Secretaría del P.A.I.Cor. del Ministerio de Gestión Pública en el Departamento San Justo de la Provincia de Córdoba, conforme al Orden de Mérito correspondiente al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por Resolución N 000298/2014 de fecha veintitrés 23 de abril de 2014 del Ministerio de Gestión Pública, en los términos del artículo 14, punto I de la Ley N 9361, los que se detallan en el Anexo I de una foja útil, que corre agregado y forma parte integrante del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que la Dirección de R.R.H.H.
de la Secretaría del P.A.I.Cor. del Ministerio de Gestión Pública, si correspondiere, verificará el efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos por los artículos 12 y 13 de la Ley N 7233 para el ingreso de personal en carácter de permanente, dentro del plazo previsto en el art. 15 de la citada norma.
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministro de Gestión Pública y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése a la Dirección de Personal de la Dirección General de Administración del Ministerio de Gestión Pública publíquese en Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR

por Fiscalía de Estado bajo el N1021/14
atribuciones constitucionales
y en uso de sus
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. IMPÓNESE el nombre de ANTONIO
BERNI al Instituto Provincial de Educación Media N 92, de Capital dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria -Ministerio de Educación-.
ARTÍCULO 2. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decreto N 1030

Córdoba, 27 de Octubre de 2013

VISTO: el expediente N 0047-015808/2011/R4 en el que la Dirección General de Arquitectura propicia por Resolución N
159/2013 la aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la segunda Variación de Costos por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: EJECUCIÓN
PABELLÓN CIELO Y TIERRA EN EL PARQUE DE LAS TEJAS
CÓRDOBA DEPARTAMENTO CAPITAL PROVINCIA DE
CÓRDOBA suscripta el 22 de agosto de 2012 entre el Director General de Arquitectura y el Presidente de la Empresa COVA
S.A. contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:

CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http goo.gl/TVjfpz
Decreto N 1518
Córdoba, 30 de Diciembre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0110-125436/2013 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las referidas actuaciones se relacionan con la terna elevada para la imposición de nombre al Instituto Provincial de Educación Media N 92 de Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria -Ministerio de Educación-.
Que de la misma surge el nombre de ANTONIO BERNI, como justo reconocimiento a este notable artista contemporáneo considerado uno de los más importantes del Siglo XX, siendo sus obras una crónica de la vida política y social argentina.
Que con su arte busco visibilizar a sectores sociales vulnerables, con idea de justicia social, denunciando fragilidades y desigualdades, buscando generar conciencia y modificar su contexto con el anhelo de alcanzar un mundo más justo.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto Nº 7694/E/68.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N 3054/2013,
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las previsiones del Decreto N 1231/2010, modificatorio des su similar N 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución N 013/
2011 del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme artículo 21 del Pliego Particular de Condiciones que rigió la contratación.
Que se acompaña en autos la documentación presentada por la contratista fundamentando su petición.
Que la obra de que se trata fue adjudicada por Decreto N
1278 del 17 de agosto de 2011, habiéndose suscripto el contrato pertinente el día 23 de noviembre de 2011, en tanto que por Decreto N 1714 del 31 de diciembre de 2012 se aprobó el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la primera Variación de Costos.
Que consta en autos que el porcentaje de ejecución de obra acumulada a febrero de 2012 es del 61,01%, habiéndose liquidado a esa fecha un porcentaje del 20% en concepto de Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General de Arquitectura ha elaborado planilla e informe del que surge que, atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9, 10 y concordantes del Decreto N 1133/2010, modificado por su similar 1231/2010, y lo dispuesto por Resolución Ministerial N 013/2011, a partir del mes de febrero de 2012 se verificó un porcentaje de variación de costos del 10,00%, por lo que se procedió a calcular el Factor de Redeterminación Fri, que arroja un porcentaje de variación de costos a partir del mencionado mes de 7,00%, habiéndose aplicado loa Números Índice publicados mensualmente en el Anexo del Cuadernillo INDEC Informa a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior al de la fecha de la primera redeterminación diciembre de 2011, lo que implica reconocer a la contratista por dicho concepto un monto de $
395.046,95, habiéndose contemplado el 10% de utilidad invariable y el 20% del Certificado Extraordinario, ascendiendo el presupuesto de obra redeterminado a la suma de $
14.863.571,72.

CÓRDOBA, 20 de febrero de 2015
Que en consecuencia al darse el supuesto previsto en el Decreto N 1231/10 modificatorio de su similar N 1133/10 y verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente la aplicación del precitado Decreto, la Dirección General de Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación de precio de contrato, por lo que ha procedido a suscribir el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios por Reconocimiento de la segunda Variación de Costos.
Por ello, las normas legales citadas, lo prescripto en los artículos 13 y 14 del Anexo I al Decreto N 1231/10 modificatorio de su similar Nº 1133/10, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº 179/2013, por Fiscalía de Estado bajo el N 650/2013 y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la segunda Variación de Costos de los trabajos faltantes de ejecutar de la obra: EJECUCIÓN PABELLÓN CIELO Y TIERRA EN EL
PARQUE DE LAS TEJAS CÓRDOBA DEPARTAMENTO
CAPITAL PROVINCIA DE CÓRDOBA por la suma de Pesos Trescientos noventa y cinco mil cuarenta y seis con noventa y cinco centavos $ 395.046,95 suscripta el 22 de agosto de 2012
entre el Director General de Arquitectura y el Presidente de la Empresa COVA S.A. contratista de la obra, que como Anexo I, compuesto de tres 3 fojas forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Trescientos noventa y cinco mil cuarenta y seis con noventa y cinco centavos $ 395.046,95 conforme lo indica la Dirección General de Administración del Ministerio de Infraestructura, en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido N 2013/000446, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506-011, Partida 12.06.00.00 del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Director General de Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por redeterminación de precio, debiendo la empresa integrar, de corresponder, el importe adicional de garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 4.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección General de Administración del Ministerio de Infraestructura, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http goo.gl/EnYnpg
Decreto N 1095

Córdoba, 3 de Octubre de 2014

VISTO: el Expediente Nº 0047-015302/2010/R9 del registro del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección General de Arquitectura, propicia por Resolución Nº 714/2014, la aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Cuarta y Quinta Variación de Costos correspondiente a los meses de julio y diciembre de 2012, por

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/02/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data20/02/2015

Conteggio pagine12

Numero di edizioni4180

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione17/07/2024

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