Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/02/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 27 de febrero de 2015

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCII - Nº 38

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCII - Nº 38
CORDOBA, R.A., VIERNES 27 DE FEBRERO DE 2015

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

PODER

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

EJECUTIVO

VIALIDAD

Adhesión a las disposiciones de Ley Nacional Nº 26.530
Decreto N 95
Córdoba, 18 de Febrero de 2015.VISTO: El expediente Nº 0424-056020/2014, del registro del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la adhesión de la Provincia de Córdoba a la prórroga para el ejercicio 2015 de las disposiciones contenidas en los artículos 1º y 2º de la Ley Nacional Nº 26.530, establecida por la Ley Nacional Nº 27.008.
Que por la citada Ley Nacional Nº 26.530 se establecieron disposiciones de excepción para los ejercicios 2009 y 2010 a las obligaciones a que están sujetas las Provincias que emanan de la Ley Nacional Nº 25.917 Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, invitándolas en su artículo 3º a adherir al régimen por ella instituido.
Que la Provincia de Córdoba adhirió por el artículo 17 de la Ley Nº 9703 a la Ley Nacional Nº 26.530
por el término de los ejercicios 2009 y 2010.
Que por Decretos Nº 24/11, 360/12, 269/13 y 384/
14, la Provincia de Córdoba adhirió a las prórrogas de que se trata para los ejercicios 2011, 2012, 2013
y 2014 de las disposiciones de la Ley Nacional Nº 26.530 establecidas por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2054/10 y Ley Nacional Nº 26.728, Ley Nacional Nº 26.784 y Ley Nacional N 26.895, respectivamente.
Que por el artículo 52 de la Ley Nacional Nº 27.008, el Gobierno Nacional prorroga las disposiciones contenidas en los artículos 1º y 2º de la Ley Nacional Nº 26.530 para el ejercicio 2015.
Que la extensión de las disposiciones de excepción para el periodo 2015, impone la necesidad y conveniencia de la Provincia de adherir a la prórroga del mencionado régimen.

Que por el artículo 30 de la Ley Nº 10.012 se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a adherir a las prórrogas de las disposiciones de la Ley Nacional Nº 26.530 que a tal efecto establezca el Estado Nacional.
Por ello, las normas citadas y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º: ADHIÉRESE la Provincia de Córdoba a la prórroga para el ejercicio 2015 de las disposiciones de la Ley Nacional Nº 26.530, según lo dispuesto en el Artículo 52 de la Ley Nacional Nº 27.008.
Artículo 2º: INVÍTASE a las Municipalidades y Comunas a adherir a las disposiciones del Artículo 1º del presente Decreto, mediante el dictado de normas respectivas.
Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Legislatura Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
G OBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
M INISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Resolución N 51

Córdoba, 25 de Febrero de 2015.-

EXPEDIENTE N 0045 026460/56.VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva para su aprobación el Acta de Asamblea General Ordinaria N 437 de fecha 29 de Agosto de 2013, correspondiente al Consorcio Caminero N 13 de Devoto, referida a la renovación parcial de los miembros de Comisión Directiva, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N 6233.
Y CONSIDERANDO:
Que del Acta acompañada en autos e informe del Departamento I Conser vación Caminos de Tierra, surge que el referido Consorcio Caminero ha procedido a la renovación parcial de sus autoridades.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N 784/14 que luce en autos, señala que atento la naturaleza pública de las tareas que desarrollan diariamente los consorcios camineros y a los fines de no entorpecer la continuidad institucional de los mismos, es que ese Servicio Asesor considera que, excep cionalmente, puede la Superioridad dictar Resolución aprobando el Acta de Asamblea y la elección de autoridades plasmada en la misma, desde la fecha de su celebración.
Que por último, concluye la precitada Unidad Asesora que no tiene objeción jurídico formal que formular, por lo que de así estimarlo esa Superioridad puede prestar aprobación a lo actuado, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N 8555 Art. 3 inc. e, en concordancia con lo dispuesto por las Leyes N 6233
y 8030.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley Provincial N 8555 y las previsiones de la Ley N 6233;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1.- Aprobar el Acta N 437, correspondiente a la Asamblea General Ordinaria del Consorcio Caminero N 13 de Devoto, de fecha 29 de Agosto de 2013, referida a la renovación parcial de los miembros de Comisión Directiva, cuyos mandatos regirán desde la fecha de la Asamblea General Ordinaria y por el término de cuatro 4 años, de acuerdo al siguiente detalle:
Vicepresidente: GARELLO, Enrique F. D.N.I. 13.938.652
Tesorero: MOLINERO, Fernando D D.N.I. 20.896.161
1 Vocal: VIANCO, Jorge A D.N.I. 17.961.831
2 Vocal: SERENO, Gabriel S D.N.I. 13.499.993
Art. 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.SR. ARMANDO F. SCHIAVONI
VOCAL

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ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/02/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data27/02/2015

Conteggio pagine5

Numero di edizioni4180

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione17/07/2024

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