Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 24 de junio de 2011

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLVII - Nº 117
CORDOBA, R.A., VIERNES 24 DE JUNIO DE 2011

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

Imponen nombre de Dr. René Favaloro al I.P.E.M. Nº 27 de Río Cuarto Decreto Nº 854
Córdoba, 6 de junio de 2011
VISTO: El Expediente Nº 0110119522/2010, en el cual obran las actuaciones relacionadas con la terna elevada para la imposición de nombre al Instituto Provincial de Educación Media N 27 de Río Cuarto, dependiente de la Dirección General de Educación Media -Ministerio de Educación-.
Y CONSIDERANDO:
Que de la misma surge el nombre de DR. RENÉ FAVALORO, como justo homenaje a ese destacado médico argentino que luego de alcanzar prestigio internacional al revolucionar el campo de la cirugía cardiovascular con el desarrollo de la técnica de by-pass, se afincó definitivamente en nuestro país
con el objetivo de fomentar la investigación y la docencia médica mediante la fundación que lleva su nombre, actividades a través de las cuales dio muestras acabadas de virtudes cívicas y morales, dignas de ser recordadas e imitadas por las nuevas generaciones.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto Nº 7694/E/68.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 0109/11 del Área Jurídica del Ministerio de Educación y lo dictaminado por Fiscalía de Estado en casos similares;

Instituto Provincial de Educación Media N 27 de Río Cuarto, dependiente de la Dirección General de Educación Media -Ministerio de EducaciónARTÍCULO 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA :

PROF. WALTER M. GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

ARTÍCULO 1º.- IMPONESE el nombre de DR. RENÉ FAVALORO, al
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decreto Nº 894

Córdoba, 8 de Junio de 2011

VISTO: El Expediente N 0426-065139/2011, registro del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo.
Y CONSIDERANDO:
Que el Sr. Secretario de Trabajo impulsa las presentes actuaciones con el objeto de fortalecer los mecanismos de control y las acciones preventivas que lleva a cabo la Secretaría a su cargo, en lo que respecta a las condiciones de higiene, seguridad y medio ambiente laboral en la actividad rural que se desarrolla en nuestra Provincia.
Que compete al Estado Provincial la fiscalización del cumplimiento de las normativas relativas a higiene, seguridad y condiciones del trabajo en la actividad rural en el ámbito de la Provincia de Córdoba, en el marco de las disposiciones emanadas de la Ley 22.248, Resoluciones de la Comisión Nacional del Trabajo Agrario, Convenio 184 de la O.I.T sobre la Seguridad en la Agricultura -ratificado por nuestro país mediante Ley 25.739-, Ley 19.587, su Decreto Reglamentario 617/97, Ley Provincial 8015 y demás normas complementarias.
Que en esa línea la cartera laboral viene desarrollando una fuerte actividad inspectiva a efectos de mejorar las condiciones generales de trabajo del personal rural, tanto permanente como no permanente.
Que a los fines de facilitar las acciones de fiscalización de la Secretaría de Trabajo, resulta necesario establecer la obligación de CONTINÚA EN PÁGINA 2

PODER LEGISLATIVO

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

Ley: 9952
ARTÍCULO 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación para la ampliación de la Reserva Natural en el área de la Comuna La Rancherita y Las Cascadas, los inmuebles ubicados en la Pedanía Potrero de Garay, Departamento Santa María, designados como:
a Lotes Nros. 2, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 de la Manzana 12;
Lotes Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, y 14 de la Manzana 13; Lotes Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de la Manzana 14; Lotes Nros. 2,
4, 6, 8, 9, 10, 11 y 13 de la Manzana 15 y Lotes Nros. 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de la Manzana 16, todos del Plano de la Dirección General de Catastro U-366, inscriptos en el Registro General de la Provincia en el Folio 6904 Año 1946;

ingresarán al dominio privado de la Provincia y se inscribirán en el Registro General de la Provincia, en las condiciones establecidas en la presente Ley.

c Lote Nro. 21 de la Manzana 2, inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matricula N 1.178.483.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a efectuar las transferencias de dominio de los inmuebles declarados de utilidad pública por la presente Ley, ya sea a título gratuito o a título oneroso, y/o celebrar con las autoridades de la Comuna La Rancherita y Las Cascadas, los actos jurídicos necesarios, de carácter personal o real, que se requieran para dar cumplimiento a la finalidad establecida en el artículo anterior.

ARTÍCULO 2º.- Los inmuebles cuya utilidad pública y sujeción a expropiación se declaran por la presente Ley
ARTÍCULO 4º.- El Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente, a fin de reflejar presupuestariamente lo establecido
b Lote Nro. 20 de la Manzana 2 inscripto en el Registro General de la Provincia de Córdoba en relación a la Matrícula N 1.024.511, y
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2011 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data24/06/2011

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4191

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione01/08/2024

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