Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/10/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 366

CORRE-CAMINATA INTEGRADA, organizado por el ESTABLECIMIENTO PRIVADO
DE ASISTENCIA Y REHABILITACIÓN VILLA
BUSTOS E.P.A.R. y la FUNDACIÓN DR.
CESAR SERRANO de la localidad de Santa María de Punilla Provincia Córdoba, y que se llevará a cabo el días 15 de octubre del corriente año en la localidad de Cosquín
Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese publíquese en el Boletín Oficial y archívese.DR. JUAN CARLOS MASSEI
MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

DE LECHE, destinado a sostener técnica y económicamente a Organizaciones No Gubernamentales, Entidades de Bien Público y simples Asociaciones de Hecho que voluntaria y solidariamente, brindan habitual o coyunturalmente asistencia alimentaria básica desayuno y/o merienda a niños y jóvenes pertenecientes a sectores sociales en situación de alta vulnerabilidad nutricional, con aplicación de recursos materiales y humanos generados a partir de su propia iniciativa y con la apoyatura de la comunidad de entorno, debiendo dichas Entidades cumplimentar los requisitos que se detallan en el Anexo I que compuesto de una 1 foja integra la presente Resolución.ARTÍCULO 2.- PROTOCOLICESE, comuníquese y archívese.DR. JUAN CARLOS MASSEI
MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
ANEXO I

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 367

Decreto N 3232/94, modificado por su similar N
390/2004, corresponde disponer la institución del referido Programa.
Por ello y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio bajo N 538/
2010, EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE :
ARTÍCULO 1º.- CRÉASE el Programa COPA

REQUISITOS PREVIOS A CUMPLIMENTAR
EN EL MARCO DEL PROGRAMA
COPA DE LECHE
a Organizaciones No Gubernamentales y Entidades de Bien Público con Personería Jurídica:
- Copia del instrumento legal por el que se le otorgó Personería Jurídica y se aprobó el Estatuto Social, en forma conjunta con los Decretos y Resoluciones posteriores que los modifiquen, emitidos por el Órgano de Contralor pertinente y debidamente certificado.

- Copia del Estatuto Social vigente a la fecha, debidamente certificado por el Órgano de Contralor que corresponda.
- Copia de Memoria y Balance del último ejercicio económico, debidamente certificado por el Concejo de Ciencias Económicas y con constancia de su presentación ante el Órgano de Contralor de la Entidad.
- Certificado expedido por el Órgano de Contralor pertinente, correspondiente al año en curso, en el que conste: nómina de autoridades vigentes, con fecha de designación y plazo de duración de las mismas.
- Certificado expedido por el Órgano de Contralor pertinente, correspondiente al año en curso, en el que conste que la Entidad referida se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones institucionales.
- Declaración Jurada cuyas firmas deberán estar certificadas por Escribano Público, Juez de Paz o Secretario de Juzgado, consignando los Subsidios percibidos durante los últimos tres 3 años en el orden nacional, provincial y/o municipal. Si la Entidad no hubiere recibido ningún tipo de ayuda económica, deberá declarar tal circunstancia, bajo la misma modalidad.
- Declaración Jurada, cuyas firmas deberán estar certificadas por Escribano Público, Juez de Paz o Secretario de Juzgado, por la que dos 2 miembros Autoridades vigentes del Consejo de Administración, Comisión Directiva u otro, según corresponda asumen la obligación en la percepción, correcta inversión y oportuna rendición de los subsidios que se tramitan por ante este Ministerio, debiendo transcribir en la
misma el texto destacado.
- Copia certificada del Documento Nacional de Identidad de las personas que suscriban las Declaraciones Juradas y Certificado de Domicilio actualizado de las mismas.
- Constancia de inscripción en el AFIP, actualizada.
- Todas las copias de documentación solicitadas deberán estar certificadas a la fecha por el Organismo de Fiscalización y Control del cual emanan.b SIMPLES ASOCIACIONES DE HECHO:
- Acta constitutiva y de designación de autoridades en copia certificada por Escribano Público, Juez de Paz o excepcionalmente, Funcionario Judicial.
- Fotocopias de Documento Nacional de Identidad de dos 2 Autoridades.
- Certificados de Domicilio actualizados.
- Declaración Jurada de iguales autoridades consignando los subsidios recibidos en los últimos tres 3 años de jurisdicción nacional, provincial o municipal, con firmas certificadas por Escribano Público, Juez de Paz o excepcionalmente policial.
- Declaración Jurada de iguales autoridades, asumiendo la responsabilidad para la percepción, inversión y rendición del subsidio, con firmas certificadas por los funcionarios antes mencionados.
- En el supuesto de no poseer el requisito exigido en el Punto 1 del presente ítem, cumplimentar lo dispuesto en los Apartados 2
a 4.-

PODER EJECUTIVO

MINISTERIO de GOBIERNO

Resolución Nº 300

CÓRDOBA, 18 de octubre de 2010

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

Decreto Nº 1345

Córdoba, 10 de setiembre de 2010

Córdoba, 24 de septiembre de 2010
VISTO: el Expediente Nº 0182-028095/2010 en el que solicita autorización para efectuar una Licitación Pública, a fin de contratar la adquisición de Cien 100 Vehículos Patrulleros tipo Sedan Tricuerpo 4 puertas con baúl, con destino a la División Transportes de la Policía de la Provincia, dependiente del Ministerio de Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que se incorpora en autos la solicitud formulada por el señor Jefe de Policía de la Provincia, fundamentando dicha contratación en estrictas razones de seguridad.
Que los vehículos en cuestión, serán destinados para el apoyo logístico imprescindible en el ámbito de la Capital como en el Interior Provincial.
Que se incorporan los Pliegos de Condiciones Generales, Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas.
Que se adjunta Nota de Pedido N 2010/000202, por el monto total de Pesos Seis Millones Setecientos Mil $ 6.700.000,00, importe en que se estima ascenderá la presente contratación.
Que la presente convocatoria a Licitación Pública, deberá ser publicada en el Boletín Oficial durante cinco 5 días de conformidad a las previsiones del Art. 19 de la Ley Normativa de Ejecución de Prepuesto N 5901, T.O. Ley 6.300.
Que la gestión que por estos actuados se promueve, encuadra en las disposiciones del artículo 13 inc. a de la Ley de Ejecución de Presupuesto N 5901 T.O. por Ley 6.300, y los pliegos acompañados resultan ajustados a las previsiones del punto 2.1
del Decreto N 1882/80, Régimen de Contrataciones de la Ley de Contabilidad Provincial.
Por ello, normativa legal precitada, las previsiones del Art. 13 inc.
b de la Ley de Ejecución de Presupuesto N 5901, el valor índice Uno 01 que fija el artículo 29 de la Ley N 9702 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno bajo el N 505/2010;

ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE el llamado a Licitación Pública, a fin de contratar la adquisición de Cien 100 Vehículos Patrulleros tipo Sedan Tricuerpo 4 puertas con baúl, con destino a la División Transportes de la Policía de la Provincia, dependiente del Ministerio de Gobierno, en base a los Pliegos de Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas que como Anexo I 18 folios, Anexo II
4 folios y Anexo III 3 folios, respectivamente se acompañan y forman parte de la presente resolución, fijando a su efecto lugar, fecha y hora.
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Gobierno a fijar la fecha del presente llamado y a determinar día y hora de apertura de sobres.
ARTÍCULO 3.- IMPÚTASE la suma de Pesos Seis Millones Setecientos Mil $ 6.700.000,00 que se estima invertir en la presente licitación, a Jurisdicción 1.10, Programa 126-000, Partidas 11.02.03.00 -Medios de Trasporte Terrestredel Presupuesto Vigente, conforme lo indica la Dirección de Administración de la Policía de la Provincia en su Nota de Pedido N 2010/000202.
ARTÍCULO 4º.- EFECTÚENSE las publicaciones de Ley en el Boletín Oficial de la Provincia durante cinco 05 días, conforme lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley N 5901 t.o.- por Ley N
6300 y modificatorias, e INSERTESE en el sitio web oficial del Gobierno de la Provincia www.cba.gov.ar ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Administración de la Policía de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

VISTO: El expediente N 0423-032755/2008 mediante el cual se procura la concreción de la donación a favor de la Municipalidad de Alcira Gigena, de los inmuebles propiedad de la Provincia, ubicados en esa localidad, Departamento Río Cuarto, inscriptos en el Registro General de la Provincia en Matrículas N 371.936
y 371.935, para ser destinados a la instalación y funcionamiento de dependencias municipales.
CONSIDERANDO:
Que obra nota elevada por el Sr. Intendente de la Municipalidad de Alcira Gigena solicitando en donación los inmuebles de que se trata, a los fines de ser utilizado en distintas dependencias de dicho municipio.
Que toma la intervención de su competencia la Contaduría General de la Provincia, emitiendo los informes Nros. 11-847/09, 11139/10 y 011-246/10.
Que se incorpora copia fiel de la Resolución Nº 00273/09 del Ministerio de Finanzas, por la que se desafectan de la órbita del Ministerio de Educación los inmuebles en cuestión.
Que se pronuncia la Dirección Patrimonial de la Dirección General de Compras, Mantenimiento, Infraestructura y Servicios de la Secretaría General de la Gobernación, dando el visto bueno al presente trámite.
Que, se adjunta Copia Certificada de las matrículas relacionadas, expedidas por el Registro General de la Provincia, de donde surge que el dominio de los inmuebles consta a nombre de la Provincia de Córdoba y no reconoce gravámenes ni aparece anotada inhibición.
Que por su parte, se expide en sentido favorable a la gestión en curso, el Departamento de Asesoramiento Legal de la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales Municipales de la Secretaría de Gobierno, mediante Dictamen N 044/10.
Que surge de autos que los inmuebles de que se trata fueron oportunamente donados por el municipio a la Provincia, quien aceptara dicha donación mediante Decreto N 258/01, en el marco de la transferencia de servicios educativos nacionales a la Provincia; destacándose que actualmente no existen dependencias

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/10/2010 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data18/10/2010

Conteggio pagine9

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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