Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/10/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 8 de octubre de 2010

VIENE DE PÁGINA 3
DECRETO Nº 1425

Sobremonte Nros. 1221 y 1225 de la Ciudad de Río Cuarto.

en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000305, de acuerdo al siguiente detalle:

Que a fs. 35/36 el señor Director de Administración de este Ministerio manifiesta las razones que justifican el arrendamiento de que se trata, prestando su conformidad el apoderado de los locadores en que el monto definitivo del valor locativo sea de $ 7.200 por cada local, lo que implica un 20% por encima del valor establecido por el citado Consejo.

Jurisdicción 1.50, Programa 505-005, Partida 12.06.00.00, Centro de Costo 244632 del P.V. $ 500.000,00
Importe Futuro Año 2011 $ 550.122,66
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Subsecretario de Recursos Hídricos dependiente de este Ministerio a suscribir el respectivo contrato de obra, previa constitución de la correspondiente garantía de cumplimiento y demás recaudos legales.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Subsecretaría de Recursos Hídricos a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS


Resolución Nº 147

Córdoba, 12 de agosto de 2010

Expediente Nº 0451-058899/10
VISTO: este expediente en el cual obran los Contratos de Locación de inmuebles ubicados en la Ciudad de Río Cuarto de la Provincia de Córdoba, que serán destinados al funcionamiento de la Delegación Regional de este Ministerio en dicha ciudad, suscriptos con fecha 1º de agosto de 2010, entre el Director de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en representación del Gobierno de la Provincia de Córdoba, Cr. Claudio Cabutto y el señor José Humberto MACIA, en nombre y representación de María Emilia MACIA y Rosana MALANO, propietarias de los inmuebles.
Y CONSIDERANDO:

Que a fs. 8 se ha expedido Contaduría General de la Provincia conforme lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Nº 513/09, dándose en el presente caso el supuesto previsto en el último párrafo del artículo primero de dicho Decreto, a tenor de lo expresado en el párrafo precedente.
Que se ha incorporado a fs. 51 de autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido Nº 2010/000483, para atender la erogación que lo gestionado implica.
Por ello, lo previsto en el punto 29 del artículo 110 de la Ley 7631 y artículo 4º del Decreto 531/09
y lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 368/10, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR los contratos de locación de los inmuebles ubicados en calle Sobremonte Nros. 1221 y Nº 1225 de la Ciudad de Río Cuarto de la Provincia de Córdoba, suscriptos con fecha 1º de agosto de 2010, entre el Director de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en representación del Gobierno de la Provincia de Córdoba, Cr. Claudio CABUTTO, por una parte y el señor José Humberto MACIA, en nombre y representación de María Emilia MACIA
y Rosana MALANO, propietarias de dichos inmuebles, por la otra, por la suma de PESOS SIETE
MIL DOSCIENTOS $ 7.200,00 mensuales por cada local, por el término de dos 2 años, que como ANEXOS I y II, compuestos de dos 2 fojas cada uno, integran la presente resolución, ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS
CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS $ 345.600,00 conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración dependiente de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Nota de pedido Nº 2010/000483, de la siguiente manera:
Jurisdicción 1.50, Programa 500-000, Partidas 3.02.01.00 del P.V. $ 72.000,00
Importe Futuro Año 2011 $ 172.800,00
Importe Futuro Año 2012 $ 100.800,00

Que se encuentra agregada en autos Escritura Pública Nº 164 -Sección B Registro Nº 568 de la Ciudad de Río Cuarto, de fecha 19-07-07, mediante la cual las propietarias confieren Poder General Amplio a favor del señor José Humberto MACIA.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Subsecretaría de Administración a sus efectos y archívese.

Que dada oportuna intervención al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, se expide a fs. 28/31 sobre el valor locativo de los inmuebles objeto de arrendamiento, ubicados en calle
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD
RESOLUCIÓN Nº 197 05/04/2010 C.I. Nº 586067 045
309 Autorizar, con carácter precario, a la Empresa"TELECOM ARGENTINA S.A a utilizar zona de camino, para que por su cuenta y cargo, proceda a ejecutar los trabajos correspondientes al tendido paralelo y cruces subterráneos de Fibra Óptica entre Pilar y Km.
83, Ruta Provincial Nº 13, a través de la firma contratista ESTRUCTURAS S.A.C.I.F.I., y bajo las condiciones establecidas en la Resolución N 0133/01 y las que a continuación se detallan:Las obras se construirán de acuerdo a plano, y especificaciones del proyecto respectivo, con una tapada mínima del Tritubo en todo el tendido de 1,20m con respecto al nivel actual del terreno.El cruce deberá realizarse con perforación a mecha, máquina tunelera o similar, sin afectar calzadas ni banquinas. Los pozos de operaciones no deberán afectar los terraplenes y situarse de modo de dejar expeditas las banquinas.En la instalación que se ejecute a cielo abierto, el suelo de tapada se deberá compactar con equipos adecuados en capas no superiores a 0,20m de espesor y a una densidad igual al 95 % del Ensayo Proctor correspondiente a la Norma V.N-E.5-93, para posteriormente reponer en todas sus características las estructuras existentes, banquinas y/o veredas, cordón cuneta, cunetas de hormigón y préstamos a sus
condiciones actuales.No podrán bajo ningún concepto alterarse las actuales condiciones de drenaje superficial existente en la zona de camino.De resultar necesaria la remoción de plantas o árboles, se deberá notificar a la Dirección Provincial de Vialidad, no pudiendo ejecutarse ninguna acción sin autorización de ésta.Se deberá retirar todos los elementos sobrantes de obra, como así también montículos de suelo u otro material que pudieran obstaculizar la conservación de banquinas y préstamos.Durante todo el proceso constructivo, no deberá ser afectada la estabilidad tanto de los terraplenes como de la estructura de la calzada o vereda, y se deberán restituir las condiciones de compactación del terreno existente.Se deberá disponer en obra a fin de evitar accidentes, mientras se realicen los trabajos y hasta su conclusión, de la adecuada señalización diurna y nocturna en un todo de acuerdo al Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad.Se deberá entregar al finalizar los trabajos un plano conforme a obra y se deberá dejar indicado in situ con algún indicador/mojón aprobado, la ubicación de las instalaciones con su respectiva profundidad, como así también la ubicación de las cámaras/dispositivos. Se deberá dejar instaladas dos cintas de advertencia. La Primera deberá ir a una profundidad de 50cm con respecto al terreno natural y la otra a 50cm arriba de los
ductos.Los trabajos se ejecutarán a exclusiva cuenta y cargo de la recurrente.La Dirección Provincial de Vialidad queda liberada de toda responsabilidad por daños ocasionados a terceros o a la Repartición misma, debiendo la peticionante tomar todas las medidas necesarias para asegurar el libre y seguro tránsito.Se comunicará a esta Dirección y con la debida anticipación, la fecha de iniciación y finalización de las obras a fin de realizar las inspecciones correspondientes.Cuando las necesidades de esta Dirección así lo requieran y a su exclusivo juicio, el peticionante procederá a remover y/o retirar por su exclusiva cuenta y cargo las instalaciones especificadas, dentro del plazo que a tal fin se establezca y renunciando a todo derecho que por cualquier concepto pudiera corresponderle.ElDepartamento I Obras y Conservación de Pavimentos será el encargado de solicitar a la contratista la prórroga de la Póliza por Responsabilidad Civil presentada, si fuese necesario.Autorizar al Departamento I Administración y Personal a devolver y/o ejecutar, finalizado el período de garantía, las pólizas que en oportunidad de la solicitud fueran presentadas.Dejar establecido que el Departamento I Obras yConservación de Pavimentos deberá llevar un registro de este tipo de autorizaciones para ser insertado en el inventario respectivo.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/10/2010 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data08/10/2010

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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