Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/08/2007 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO XCV - TOMO DXI - Nº 156
CORDOBA, R.A. VIERNES 17 DE AGOSTO DE 2007

SECCIÓN
PUBLICACIONES

DE

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GOBIERNO

Resoluciones
Aprueban el Compendio de Normas y Procedimientos Contaduría General de la Provincia. Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas.
Dirección de Tesorería General y Crédito Público. Consejo General de Tasaciones MINISTERIO DE FINANZAS
RESOLUCIÓN Nº 175
Córdoba, 27 de julio de 2007
VISTO: El expediente Nº 0039-035501/2007.
Y CONSIDERANDO:
Que la diversidad de circulares, instrucciones generales y normas técnicas emitidas por la Contaduría General de la Provincia, por la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, por la Dirección de Tesorería General y Crédito Público y por el Consejo General de Tasaciones, como así también los usos y costumbres no normados.
Que muchas de las normas emitidas por los órganos rectores de los Subsistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad y por el Consejo General de Tasaciones, todos dependientes de la Secretaría de Administración Financiera de este Ministerio, han quedado sin efecto de manera tácita por la derogación de la Ley N 7631 de Contabilidad Presupuesto y Administración, y el dictado de la nueva Ley N 9086 de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial.
Que varias normas instructivas han perdido vigencia y otras se superponen o fueron parcialmente modificadas.
Que los usos, costumbres y prácticas comúnmente aceptadas por los Subsistemas como así también del mencionado Consejo, no tienen reflejo normativo, tornándose necesario legislar temas de gran importancia y trascendencia para la administración, registro y control de las finanzas provinciales.
Que la decisión de dejar sin efecto, las disposiciones normativas vigentes hasta el presente, para reemplazarlas por un nuevo compendio de normas y procedimientos, constituye un aporte concreto a la simplicidad organizativa legal y producirá notables ventajas para los Subsistemas y para el Consejo supra referenciados.
Que la sistematización y ordenamiento de disposiciones es una importante herramienta para otorgar certeza, precisión y mejorar las tareas diarias de Administración Financiera y de Control Interno del Estado Provincial.
Que el artículo 9º de la Ley Nº 9086, establece que es el Ministerio de Finanzas el Órgano Coordinador responsable de la coordinación, supervisión y mantenimiento de los Subsistemas contemplados en el artículo 8 de la mencionada Ley y que integran la administración financiera de la hacienda pública.
Que el artículo 10 de la Ley Nº 9086, prescribe como criterios metodológicos fundamentales la interrelación sistémica y la centralización normativa a cargo de las Unidades Rectoras Centrales.
Que según lo prescripto por el artículo 108 de la mencionada Ley Nº 9086, cuando las Unidades Rectoras Centrales y el Órgano Coordinador se expidan haciendo uso de su potestad normativa, dichas normas serán de aplicación obligatoria para toda la hacienda pública.
Que a los fines de mantener la presente norma actualizada en forma permanente, se ha ponderado
conveniente que las disposiciones normativas que se dicten en el futuro por los Subsistemas de Presupuesto, Tesorería, Contabilidad y el Consejo General de Tasaciones, como así también las que se modifiquen, sustituyan o introduzcan cuestiones no contempladas en la presente, en el marco de sus respectivas competencias sean incorporadas al cuerpo único de este Compendio de Normas y Procedimientos, procediéndose - en su caso - al reordenamiento de los números asignados a los artículos respectivos.
Por ello, y lo dispuesto por los artículos 8º, 9º, 10 y 108 de la Ley Nº 9086 de Administración Financiera, las facultades conferidas por los mismos al Órgano Coordinador y lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio al Nº 332/07, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- APROBAR el Compendio de Normas y Procedimientos de todas las Circulares, Normas Técnicas, Procedimientos y Resoluciones emitidas por la Contaduría General de la Provincia, la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, la Dirección de Tesorería General y Crédito Público y el Consejo General de Tasaciones, que como Anexo A de 168 Fojas útiles, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- DEROGAR todas las disposiciones emitidas por los Organos referidos en el artículo precedente dictadas con anterioridad a la vigencia de la presente resolución, relativas a normas y procedimientos incluídos en la misma.
ARTÍCULO 3.- DISPONER que toda norma que los Órganos Rectores emitan con posterioridad a la publicación de la presente, y que tengan carácter permanente, deberán ser incorporadas al Compendio de Normas y Procedimientos.
ARTÍCULO 4º.- FACULTAR a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, a la Contaduría General de la Provincia y el Consejo General de Tasaciones a dictar en el marco de sus respectivas competencias las disposiciones que consideren pertinentes para incorporar, ampliar, modificar y/o derogar, las que se encuentran contenidas en cada uno de sus Títulos respectivos.
ARTÍCULO 5.- ESTABLECER que la Contaduría General de la Provincia, a través del área que ésta determine, será la encargada de mantener actualizado el presente Compendio de Normas y Procedimientos.
ARTÍCULO 6.- DISPONER que la presente Resolución entrará en vigencia el primer día hábil del mes siguiente al de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, salvo el clasificador por objeto del gasto regulado en el capítulo III, del Título I, el que regirá a partir del 1 de enero de 2008. Así mismo el Capítulo IV del Título III, Procedimiento para el control preventivo de las ordenes de pago de sueldos, entrará en vigencia una vez que se reglamente el Art. 110 cuarto párrafo de la Ley 9086.
ARTÍCULO 7.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR .

ÁNGEL
M INISTRO

MARIO
ELETTORE
DE
F INANZAS
CONTINÚA EN PÁGINAS 2 A 24

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/08/2007 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data17/08/2007

Conteggio pagine25

Numero di edizioni4178

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione15/07/2024

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