Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/08/2007 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO XCV - TOMO DXI - Nº 152
CORDOBA, R.A. LUNES 13 DE AGOSTO DE 2007

SECCIÓN
PUBLICACIONES

DE

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
GOBIERNO

Resoluciones
Constituyen la Junta de Participación Ciudadana Alta Gracia departamento Santa María y Laborde departamento Unión
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESOLUCION Nº 581
Córdoba, 3 de agosto de 2007

MINISTERIO DE SEGURIDAD

MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARÍA GENERAL Y DE COORDINACIÓN

SECRETARÍA GENERAL Y DE COORDINACIÓN

RESOLUCION Nº 171

RESOLUCION Nº 172
Córdoba, 09 de Agosto de 2007

Córdoba, 09 de Agosto de 2007

VISTO: el Expediente N 0524-030007/07 en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la Localidad de Alta Gracia, Departamento Santa María, Provincia de Córdoba.

VISTO: el Expediente N 0524-029953/07 en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la Localidad de Laborde, Departamento Unión, Provincia de Córdoba.

Y CONSIDERANDO:
Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 07 de Junio de 2007, por vecinos e instituciones de la localidad de Alta Gracia.

Y CONSIDERANDO:
Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 22 de Junio de 2007, por vecinos e instituciones de la localidad de Laborde.

Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución Ministerial N151/06.

Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución Ministerial N151/06.

Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Dirección General de Relaciones Institucionales, en el Registro creado al efecto.

Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Dirección General de Relaciones Institucionales, en el Registro creado al efecto.

Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio de Seguridad bajo el N 632/07 y en uso de sus atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial N 72/07,
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio de Seguridad bajo el N 620/07 y en uso de sus atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial N 72/07,
EL SECRETARIO GENERAL Y DE COORDINACIÓN
DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la Localidad de Alta Gracia, Departamento Santa María, Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS a los señores Roberto Sergio PERALTA M.I. Nº 14.177.189 y Marcelo Oscar RAMOS M.I. Nº 14.177.404 como Coordinadores.
ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR .
S ECRETARIO

SERGIO
G ENERAL

H.
Y

TOCALLI
C OORDINACIÓN

DE

EL SECRETARIO GENERAL Y DE COORDINACIÓN
DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la Localidad de Laborde, Departamento Unión, Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS a los señores Raúl Emilio BORGOBELLO M.I. Nº 10.178.488 y Juan José ORIGLIA M.I. Nº 14.265.913
como Coordinadores.

VISTO: Las disposiciones del Decreto N 1018/07, por el que se modifican los arts. 5º y 11 del Decreto N 1845/03, a fin de establecer un mecanismo que garantice la cobertura inmediata -con carácter interino o suplentede las vacantes de cargos directivos en el Nivel Medio y la Modalidad Especial, hasta tanto se resuelva definitivamente dicho trámite.
Y CONSIDERANDO:
Que en los casos en que se han iniciado expedientes a fin de disponer la cobertura de tales cargos directivos, cuyas vacantes se han producido bajo la vigencia del Decreto N 1845/2003, pero con antelación al dictado del Decreto N 1018/07, no se han implementado mecanismos que permitan la cobertura inmediata de las mismas y hasta la resolución de dichos trámites.
Que con el Decreto N 1845/03 con las modificaciones introducidas por el Decreto N 1018/07, se ha establecido la modalidad a instrumentar a efectos de disponer la cobertura inmediata en los supuestos antes indicados.
Que atento a los dispuesto por el art.
3 del Código Civil Argentino, las leyes se aplican también a las consecuencias futuras de las relaciones y situaciones jurídicas preexistentes, por lo que corresponde que el nuevo régimen se instrumente incluso en los trámites pendientes.
Por ello,
ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR .
S ECRETARIO

SERGIO
G ENERAL

H.
Y

TOCALLI
C OORDINACIÓN

DE

ARTÍCULO 1.- ESTABLECER que a los fines de la cobertura -con carácter CONTINÚA EN PÁGINA 2

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S U
M A
R I
O

PRIMERA SECCIÓN
GOBIERNO PÁGS. 1 A 3

TERCERA SECCIÓN
CIVILES Y COMERCIALES PÁGS. 15 A 21

SEGUNDA SECCIÓN
JUDICIALES PÁGS. 4 A 14

CUARTA SECCIÓN
OFICIALES Y LICITACIONES PÁG. 22 A 32

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/08/2007 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data13/08/2007

Conteggio pagine3

Numero di edizioni4178

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione15/07/2024

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