Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/07/2007 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 565

Que es propósito de este Ministerio declarar el evento de Interés Educativo, teniendo en cuenta el resultado obtenido en ediciones anteriores y dado que la entidad organizadora, solicita a cambio de esta prestación, alimentos no perecederos, ropa, juguetes, pañales, etc., para ser distribuidos a los más necesitados, promoviendo en los jóvenes una actitud solidaria.
Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones conferidas por Resolución Ministerial Nº 118/2006;
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- DECLARAR de Interés Educativo las "IV
Jornadas I.A.O. Información Académica-Ocupacional de Córdoba", las que organizadas por la Institución "RIESGO CERO"
-Apoyo Universitario-, se llevarán a cabo entre los días 30 de Julio al 10 de agosto de 2007, en la ciudad de Córdoba.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.DR. CARLOS A. SÁNCHEZ
SECRETARIO DE EDUCACION

Decretos PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 935
Córdoba, 22 de junio de 2007.VISTO: El Expediente Nº 0109-37073/95, en el cual obran las actuaciones relacionadas con la creación de una Escuela de Nivel Inicial de Tercera Categoría en el Barrio El Quebracho de Capital, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria -Ministerio de Educación-;
Y CONSIDERANDO:
Que tal iniciativa se fundamenta en la necesidad de regularizar el funcionamiento de secciones de ese nivel educativo, anexas a la Escuela de Nivel Inicial "CORONEL OLMEDO" de Capital.
Que a fs. 99 obra la Resolución Nº 460/05 emanada de la Inspección General del citado organismo, mediante la cual se otorga un cargo de Director Escuela Primaria de Tercera, para ser asignado al establecimiento cuya creación se tramita.
Que teniendo en cuenta los informes favorables de las oficinas técnicas intervinientes, resulta procedente en esta instancia acceder a lo procurado, al amparo de lo establecido en los artículos 8º, 9º y 10 de la Ley Federal de Educación Nº 24195, 4º, 5º, 24, 25 y concordantes de la Ley Nº 8113, Decreto Nº 925/02 y Resolución Nº 46/01 del Ministerio de Educación.
Por ello, los Dictámenes Nros. 2392/05 del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y 520/06 de Fiscalía de Estado;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. CREASE una Escuela de Nivel Inicial de Tercera Categoría en el Barrio El Quebracho de Capital, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria -Ministerio de Educación-, la cual funcionará en el edificio construido para tal fin.
Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DRA . EDUARDO R. MUNDET
MINISTRO DE EDUCACION
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Córdoba, 18 de julio de 2007

Resoluciones MINISTERIO DE OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS
RESOLUCION Nº 140
Córdoba, 18 de mayo de 2007
Expediente Nº 0045-013333/05.VISTO: este expediente en el que obra la Resolución Nº 00215/07 de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, relacionada con los trabajos de la Obra: "MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO
CAMINERO REGIONAL Nº 13 - DEPARTAMENTO CALAMUCHITA", a cargo del Consorcio Regional Nº 13.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción Provisional, de fecha 22 de febrero de 2007, la medición final y la Planilla Comparativa según la cual se ha ejecutado la obra por un monto total de $ 1.407.670,67 arrojando una diferencia en menos de $ -97.266,83, se apruebe el Certificado Nº 9 Final de Precios Contractuales por enero de 2007 que asciende a la suma de $ 128,70 y que será liquidado oportunamente mediante Orden de Pago Directa según informe Nº 56/07 del Departamento I
Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad, como asimismo solicita se desafecte la suma de $
- 97.266,83, debido a la menor inversión, por lo que se ha emitido documento de contabilidad a nivel de Afectación Preventiva Negativa Nº 3214/07 - Compromiso Nº 838/07.

EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR el Acta de Recepción Provisional, de fecha 22 de febrero de 2007, correspondiente a los trabajos de la Obra: "MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO
CAMINERO REGIONAL Nº 13 - DEPARTAMENTO CALAMUCHITA", a cargo del Consorcio Regional Nº 13
Artículo 2º.- APROBAR la medición final efectuada y la Planilla Comparativa, según la cual se ha ejecutado la Obra por un monto total de Pesos Un Millón Cuatrocientos Siete Mil Seiscientos Setenta Con Sesenta y Siete Centavos $ 1.407.670,67 arrojando una diferencia en menos de Pesos Noventa y Siete Mil Doscientos Sesenta y Seis Con Ochenta y Tres Centavos $ - 97.266,83.
Artículo 3º.- APROBAR el Certificado Nº 9 Final de Precios Contractuales por el mes de enero de 2007, que asciende a la suma de Pesos Ciento Veintiocho Con Setenta Centavos $ 128,70, que será liquidado oportunamente mediante Orden de Pago Directa según Informe Nº 56/07 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad.
Artículo 4º.- DESAFECTAR la suma de Pesos Noventa y Siete Mil Doscientos Sesenta y Seis Con Ochenta y Tres Centavos $ - 97.266,83 debido a la menor inversión conforme lo indica la Gerencia de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Negativa Nº 3214/07 - Compromiso Nº 838/07, con cargo Jurisdicción 1.25, Programa 265/6, Proyecto 52, Partidas: Principal 12, Parcial 10, Obra 3101 del P.V.

Que lo propiciado por la Dirección Provincial de Vialidad es posible en virtud de los informes técnicos obrantes en autos y de las previsiones de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas y artículos 45 y 46 primer párrafo del Decreto Reglamentario Nº 4757/77 y 79 del Pliego General de Condiciones aprobado por Decreto Nº 4758/77.

Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Gerencia de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.

Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 190/06 caso similar, proveído de fecha 9-05-07,
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

MINISTERIO DE OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS

documento de contabilidad a nivel de Afectaciones Preventivas Negativas Nros. 1712/07 - Compromiso Nº 611/07 y 1713/07 Compromiso 612/07.

RESOLUCION Nº 132
Córdoba, 18 de mayo de 2007
Expediente Nº 0045-013331/05 VISTO: Este expediente en el que obra la Resolución Nº 00138/
07 de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, relacionada con los trabajos de la Obra:
"MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR
PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES A
LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL
Nº 11 - DEPARTAMENTO: UNIÓN", a cargo del Consorcio Caminero Regional Nº 11.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción Provisional, de fecha 20 de febrero de 2007, la medición final y la Planilla Comparativa según la cual se ha ejecutado la obra, por un monto total de $ 1.193,892,38, arrojando una diferencia en menos de $ -311.045,12, el Certificado Nº 9 Final de Precios Contractuales por el mes de enero de 2007, que asciende a la suma de $ 70,00 que será liquidado oportunamente mediante Orden de Pago Directa, según Informe Nº 39/07 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad, como asimismo solicita se desafecte la suma de $ 311.045,12, debido a la menor inversión, por lo que se ha emitido
Que lo propiciado por la Dirección Provincial de Vialidad es posible en virtud de los informes técnicos obrantes en autos y de las previsiones de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614, 45 y 46 primer párrafo del Decreto Reglamentario Nº 4757/
77 y 79 del Decreto Nº 4758/77.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 190/06 caso similar, proveído de fecha 13-04-07, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR el Acta de Recepción Provisional, de fecha 20 de febrero de 2007 correspondiente a los trabajos de la Obra: "MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 11 - DEPARTAMENTO: UNIÓN", a cargo del Consorcio Caminero Regional Nº 11.
Artículo 2º.- APROBAR la medición final efectuada y la Planilla Comparativa, según la cual se ha ejecutado la Obra por un monto total de Pesos Un Millón Ciento Noventa y Tres Mil Ochocientos Noventa y Dos Con Treinta Y Ocho Centavos $1.193,892,38, arrojando una diferencia en menos de Pesos Trescientos Once Mil Cuarenta y Cinco Con Doce Centavos $ - 311.045,12.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/07/2007 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data18/07/2007

Conteggio pagine3

Numero di edizioni4190

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione31/07/2024

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