Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/07/2007 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO XCV - TOMO DX - Nº 140
CORDOBA, R.A. JUEVES 26 DE JULIO DE 2007

SECCIÓN
PUBLICACIONES

DE

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
GOBIERNO

Resoluciones
Constituyen la Junta de Participación Ciudadana Bº Villa San Nicolás de la localidad de Malagueño departamento Santa María
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 158
Córdoba, 19 de junio de 2007

MINISTERIO DE SEGURIDAD
SECRETARÍA GENERAL Y DE COORDINACIÓN

efecto.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio de Seguridad bajo el N 510/07 y en uso de sus atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial N 72/07,
RESOLUCION Nº 157
Córdoba, 11 de Julio de 2007
VISTO: el Expediente N 0524-028998/07 en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral del B Villa San Nicolás de la Localidad de Malagueño, Departamento Santa María, Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 02 de Abril de 2007, por vecinos e instituciones del B Villa San Nicolás de la localidad de Malagueño.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución Ministerial N151/06.
Que cabe destacar que el B Villa San Nicolás si bien pertenece a la jurisdicción de la Localidad de Malagueño, se encuentra a 17 km de dicha localidad. Asimismo del diagnóstico de situación obrante en autos, surge que dicho barrio padece una problemática especial, por lo que corresponde en la instancia reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Dirección General de Relaciones Institucionales, en el Registro creado al
EL SECRETARIO GENERAL Y DE COORDINACIÓN
DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD
RESUELVE :
ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral del B Villa San Nicolás de la Localidad de Malagueño, Departamento Santa María, Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS al señor Santiago Daniel USQUEDA M.I. Nº 11.971.612 y a la señora Beatriz Mercedes FIGUEROA M.I. Nº 06.204.391 como Coordinadores.
ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR .

SERGIO
GENERAL

S ECRETARIO
M INISTERIO

H.
Y DE

TOCALLI
DE
C OORDINACIÓN
S EGURIDAD

Leyes PODER LEGISLATIVO
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

LEY: 9400
PROGRAMA PROVINCIAL CÓRDOBA SIN ARMAS
CAPÍTULO I
De la Adhesión ARTÍCULO 1º.- Adhesión. ADHIÉRESE la Provincia de Córdoba al Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego,
instituido por la Ley Nacional Nº 26.216.
CAPÍTULO II
Del Programa Provincial ARTÍCULO 2º.- Creación. CRÉASE el Programa Provincial Córdoba sin Armas, el que se ejecutará conforme a las disposiciones establecidas en la presente Ley y a los convenios que se suscriban en el marco de la adhesión a la normativa nacional.
ARTÍCULO 3º.- Objeto. EL Programa que por esta Ley se crea, tiene por objeto la entrega voluntaria de armas de fuego y municiones, por parte de toda persona que la tuviere a cualquier título que fuera, a cambio de un incentivo.
ARTÍCULO 4º.- Finalidad. LA entrega voluntaria de armas y municiones tiene como finalidad, entre otras:
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Expediente Nº 0045-013950/07
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad propone por Resolución Nº 0237/07, se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO DE
LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y
TERCIARIA PERTENECIENTES A
LA JURISDICCION DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 15 DEPARTAMENTO: RÍO CUARTO y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 15, por la suma de $ 969.197,54.
Y CONSIDERANDO:
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 15, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada.
Que se ha efectuado la correspondiente afectación presupuestaria del gasto artículo 13 de la Ley de Obras Públicas N 8614.
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/07/2007 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data26/07/2007

Conteggio pagine3

Numero di edizioni4190

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione31/07/2024

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