Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/12/2001

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BOLETIN OFICIAL

elevará en forma trimestral un informe acerca de las actividades desarrolladas en el marco del presente Acuerdo, detallando los logros alcanzados. El SINTyS, por su parte, informará acerca de los logros alcanzados por el Sistema y el ahorro estimado como producto de las acciones, resguardando en todos los casos la privacidad de los datos.Décima: Las partes acuerdan adoptar las medidas y acciones necesarias para asegurar que toda cesión de datos que pudiere disponerse a través de la instrumentación del presente Acuerdo Marco, cuente con el consentimiento del titular de los mismos.Decimoprimera: SINTyS podrá transferir los datos recibidos de La Provincia, si ésta ha expresado que el dato ha sido obtenido bajo consentimiento del titular de los datos, o bien si, no mediando el consentimiento, se trata de alguno de los siguientes supuestos: 1 la transferencia o cesión de los datos tiene como causa una obligación legal;
2 los datos provienen de fuentes de acceso público irrestricto; 3 la transferencia se realiza entre dependencias de los Organos del Estado en forma directa en la medida del cumplimiento de sus respectivas competencias.Decimosegunda: Las partes se comprometen a no proceder al intercambio y cruzamiento de los datos de las personas, cuando el resultado de tal acción por parte de los firmantes, implique la obtención de información relativa a la orientación religiosa, política, sindical, sexual y/o toda otra de carácter sensible, que afecte la privacidad del titular del dato, a menos que pudiera realizarse con fines estadísticos o científicos sin identificación de sus titulares.Decimotercera: Las partes acuerdan otorgar a todos los datos, que en virtud del presente Acuerdo Marco se procesen, el carácter de confidenciales, para lo cual toda persona que intervenga en el tratamiento de los mismos está obligada a guardar secreto, del que sólo podrá ser relevado mediante resolución judicial o cuando medien razones fundadas relativas a la seguridad pública, la defensa nacional o la salud pública. SINTyS manifiesta que todos sus agentes han firmado un convenio interno de confidencialidad de acuerdo a lo establecido en la presente cláusula. Por su parte La Provincia se compromete a que todos sus agentes o los de los Organismos Provinciales que intervengan en el tratamiento de los datos objeto de este Acuerdo, firmen un convenio interno de confidencialidad a los mismos efectos descriptos en el párrafo anterior. Los obligados al mantenimiento del secreto no quedarán relevados aunque finalicen su relación con el titular del archivo de datos respectivo.Decimocuarta: Las partes se obligan a dotar a sus sistemas internos de intercambio de datos de la protección necesaria para brindar seguridad en cuanto al acceso a la información, su confidencialidad y privacidad, respecto de las personas físicas y/o jurídicas sobre las que se posea información de acuerdo a los estándares y normas del SINTyS.Decimoquinta: Ambas partes se comprometen a brindar sus mejores esfuerzos para colaborar recíprocamente en el cumplimiento de las finalidades plasmadas en la Ley N 25.345 y el Decreto N 812/98, orientadas a la elaboración y ejecución de estrategias y
Martes 11 de diciembre de 2001
programas orientados a mejorar la fiscalización tributaria y la focalización del gasto social y tendientes a adoptar principios o parámetros similares a los establecidos por la Nación por la Ley N 25.152 de Administración de los Recursos del Estado o Solvencia Fiscal, o la legislación que se adopte con relación a la misma materia.Decimosexta: En el Anexo individualizado con la letra "A" adjuntado al presente, se indican las provincias y/u organismos adheridos al sistema a la fecha de este Acuerdo, obligándose el SINTyS a informar las futuras adhesiones.Decimoséptima: En el Anexo individualizado con la letra "B", se indican las bases de datos que La Provincia se compromete a integrar de manera inmediata al SINTyS
desde la firma del presente Acuerdo, sin perjuicio de las que posteriormente se incorporen por intermedio de los correspondientes acuerdos instrumentales.Decimoctava: La Provincia se compromete a arbitrar los medios y mecanismos necesarios para la sostenibilidad en el tiempo de las acciones emprendidas a través del SINTyS, aún luego de finalizada la asistencia técnica, a fin de asegurar la continuidad del intercambio y cruzamiento de la información y la actualización periódica y sistemática de los datos integrados al sistema.Decimonovena: La Provincia celebra el presente Acuerdo Marco, comprometiéndose a remitirlo a la Legislatura Provincial para su ratificación.En la ciudad de Buenos Aires, a los seis días del mes de setiembre de 2001 se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.-

Lic. Chrystian G. Colombo Jefe de Gabinete de Ministros
Angel Eduardo Maza Gobernador
ANEXO "A"
PROVINCIAS Y MUNICIPALIDADES
ADHERIDAS AL SINTyS
1. Mendoza - 2/12/98
1.1. Municipalidad de Guaymallén 2/11/99
1.2.Municipalidad de Mendoza 25/11/99
1.3. Dirección General de Rentas 6/7/99
1.4. Dirección Provincial de Catastro 6/7/99
2. Córdoba - 30/11 /99
2.1 Secretaría de la Función Pública - 23/12/99
3. Santa Fe - 23/5/00
3.1 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social - 13/7/00
4. Chubut - 5/9/00
5. Corrientes - 12/09/00
6. San Juan - 16/03/01
7. Tucumán - 14/06/01
8. Entre Ríos - 15/06/01
9. Río Negro - 15/06/01
10. Jujuy - 25/06/01
11. Salta - 29/06/01
12. Catamarca - 31 /07/01

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/12/2001

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data11/12/2001

Conteggio pagine21

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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