Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 25/4/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 76
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE POLITICA INDUSTRIAL Y ENERGIA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE POLÍTICA INDUSTRIAL Y ENERGIA
EN CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A
INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-13982/19

Visto el expediente AT-13982/19, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: PUERTO SOLAR ENERGY, S.L.
Domicilio: C/ Leonardo da Vinci N.º 2, Parque Científico y Tecnológico Cartuja, C.P.
41092, Sevilla.
Emplazamiento de la instalación: Parcelas 1, 3, 4, 7, 30, 41, 42, 47, 62, 9006 y 9009
del Polígono 2, y Parcelas 1, 3, 4, 5 y 9010 del Polígono 97; en Jerez de la Frontera.
Término municipal afectado: Jerez de la Frontera Cádiz.
Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha de 6 de febrero de 2019, la sociedad mercantil PUERTO SOLAR ENERGY S.L. B90343005 solicita Autorización administrativa previa y Autorización ambiental unificada para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada PUERTO ENERGY de 19,5 MW de potencia, ubicada en el término municipal de Sanlúcar de Barrameda Cádiz, aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia, acreditando capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.

SEGUNDO.- Con fecha de 9 de julio de 2021, la misma sociedad mercantil solicita Autorización administrativa previa y Autorización Administrativa de Construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada PUERTO ENERGY de 21,40 MW
de potencia instalada, cuya ubicación se traslada al término municipal de Jerez de la Frontera Cádiz, aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia.

TERCERO.- Con fecha de 1 de febrero de 2021 y de 27 de abril de 2021, el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera informa favorablemente en relación a la compatibilidad urbanística del proyecto de la planta solar fotovoltaica y de su línea eléctrica de evacuación, respectivamente.

CUARTO.- De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica en adelante, R.D. 1955/2000, así como lo dispuesto en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 2/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental en adelante, Decreto 356/2010, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en:
BOP de la provincia de Cádiz número 239, de fecha 17 de diciembre de 2021
BOJA número 4, de fecha 7 de enero de 2022

no recibiéndose alegaciones en el plazo establecido para ello.

Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud, documentos técnicos y, en su caso, de síntesis del Estudio de Impacto Ambiental a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que, según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u oposición y, en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.
Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
EDISTRIBUCION Redes Digitales, S.L.
Telefónica, S.A.
EÓLICO ALIJAR, S.A.

Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia. A los efectos ambientales, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante descrito en el apartado quinto de estos antecedentes de hecho se incorporarán a la presente autorización.

QUINTO.- Con fecha de 21 de junio de 2022, la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz, en aplicación de los dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de Autorización Ambiental Unificada Expte. AAU/CA/091/21, en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales. Su texto íntegro se encuentra a disposición de los administrados en la página web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.

A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
25 de abril de 2023

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.
Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.
Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

SEGUNDO.- Son de aplicación general al procedimiento:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

TERCERO.- Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
Instrucción 1/2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las Instalaciones de Energía Eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Instrucción Conjunta 1/2022 de la Secretaría General de Energía de la Consejería De Política Industrial y Energía y de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, sobre tramitación coordinada de los procedimientos de autorizaciones administrativas de las instalaciones de energía eléctrica, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se encuentren sometidas a Autorización Ambiental Unificada.

CUARTO.- Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 413/2014, de 6
de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía; y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación:
RESUELVE

PRIMERO.- CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
PREVIAYAUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN a PUERTO
SOLAR ENERGY S.L. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

Planta Solar Fotovoltaica PUERTO ENERGY de 21,4 MW de potencia instalada y 19,5 MW de potencia de evacuación AT-13982/19

Generador Fotovoltaico Generador fotovoltaico sobre estructura con sistema de seguidor monofila con 1
módulo en vertical, con el eje de giro en dirección norte-sur con movimiento de giro en dirección este-oeste.
46.080 módulos fotovoltaicos de 550 Wp cada uno en condiciones STC, distribuidos en series de módulos conectados a 107 inversores tipo string que convierten la corriente continua en alterna.

Centros de Transformación 4 centros de transformación PCS de 6.500 kVA cada uno que conectan con los inversores.
107 inversores tipo string de 200 kW de potencia activa nominal cada uno.

Red de Media Tensión 2 circuitos subterráneos de Media Tensión en anillo de conductores 30 kV de 185
mm2 que unen los Centros de Transformación.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 25/4/2023

TitreDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaysEspagne

Date25/04/2023

Page count19

Edition count6048

Première édition02/01/2001

Dernière édition31/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2023>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30