Boletín Oficial de la República Argentina del 30/05/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
AÑO CVIII

BUENOS AIRES, MARTES 30 DE MAYO DE 2000

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.408
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
DR. RICARDO R. GIL LAVEDRA
MINISTRO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 34.903

DECRETOS
NOMINATIVIDAD DE LOS TITULOS
VALORES PRIVADOS
Decreto 416/2000
Prorrógase el plazo previsto en la Ley Nº 24.587
para la conversión de los títulos valores privados de deuda emitidos al portador y colocados en mercados del exterior, que cuenten con autorización para hacer oferta pública.
Bs. As., 22/5/2000
VISTO la Ley Nº 24.587 y los Decretos Nº 547 de fecha 22 de mayo de 1996, Nº 446 de fecha 21 de mayo de 1997, Nº 602 de fecha 20 de mayo de 1998 y Nº 506 de fecha 11 de mayo de 1999, y CONSIDERANDO:
Que mediante los referidos decretos se prorrogó sucesivamente, hasta el 22 de mayo de 2000, el plazo previsto en el artículo 8º de la Ley Nº 24.587 para la conversión de títulos valores privados de deuda emitidos al portador y colocados en mercados del exterior que cuenten con autorización para hacer oferta pública.
Que las prórrogas dispuestas se sustentaron en la necesidad de evitar el impacto negativo que la exigencia de la conversión en nominativos de los títulos valores privados representativos de deuda tendría para la capacidad de acceso al mercado internacional por parte de las emisoras argentinas.
Que en los considerandos de los mencionados decretos se establecía la necesidad de analizar la conveniencia de efectuar una propuesta al HONORABLE CONGRESO DE LA
NACION para la modificación del régimen de nominatividad establecido en la Ley Nº 24.587.

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

Que dicha propuesta se concretó mediante la elevación que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su Mensaje Nº 508 de fecha 11 de mayo de 1999 hiciera al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, sometiendo a su consideración la modificación de los artículos 1º;
5º; 6º; 7º; 8º y 11 de la Ley Nº 24.587 de Nominatividad de Títulos Valores Privados, que actualmente se encuentra a consideración de las Comisiones de Economía y de Presupuesto y Hacienda de la HONORABLE CAMARA
DE DIPUTADOS DE LA NACION.
Que no se han verificado modificaciones en las circunstancias de excepción que motivaron el dictado de los decretos citados en el Visto.
Que en atención a lo manifestado, resulta procedente extender nuevamente la prórroga del plazo previsto en el artículo 8º de la Ley Nº 24.587.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA
ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 3., de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1º Prorrógase hasta el 22 de noviembre de 2000 el plazo previsto en el artículo 8º de la Ley Nº 24.587, para la conversión de los títulos valores privados de deuda emitidos al portador y colocados en mercados del exterior, que cuenten con autorización para hacer oferta pública.
Art. 2º Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION en virtud de lo dispuesto en el artículo 99, inciso 3., de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DE LA RUA. Rodolfo H. Terragno. Ricardo R. Gil Lavedra. Mario A. Flamarique. Nicolás V. Gallo. José L. Machinea. Rosa G. C. de Fernández Meijide. Juan J. Llach. Adalberto Rodríguez Giavarini. Federico T. M. Storani.
Ricardo H. López Murphy.

RESOLUCIONES

ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 491/2000
Modifícase la Resolución Nº 431/99, mediante la cual se establecieron los lineamientos generales de interpretación de los Convenios de Transferencia de los Sistemas Previsionales Provinciales a la Nación, a fin de excluir de la operatoria implementada los casos comprendidos en los regímenes del Personal Policial y del Servicio Penitenciario provincial.
Bs. As., 24/5/2000
VISTO las Resoluciones D.E. Nº 83/99, D.E. Nº 431/
99 y el Expediente Nº 024-99-80471310-3-790, y
DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada en primer término en el Visto se crea un grupo de trabajo denominado UNIDAD DE CONTROL DE EXPEDIENTES PROVINCIALES UCEP, en jurisdicción de la Gerencia de Operaciones, con dependencia funcional de la Gerencia Red Interior, con el fin de realizar un operativo cuyo objeto era resolver los expedientes que constituyen el pasivo eventual a que aluden los Convenios de Transferencia de los Sistemas Previsionales Provinciales a la Nación.
Que por la segunda de las Resoluciones referenciadas se establecieron los lineamientos generales de interpretación de los Convenios de Transferencia, sin perjuicio de las excepciones o condiciones de aplicación que en cada Convenio o Acta Complementaria se hayan pactado, las que serán materia de aclaratoción particular por las áreas competentes, excluyén-

dose de esta operatoria implementada a los regímenes provinciales que contemplan al Personal Policial, del Servicio Penitenciario y los alcanzados por el Organismo Interjurisdiccional de la Nación y la Provincia de La Rioja.
Que las razones que oportunamente se contemplaron para no incluir al Organismo Interjurisdiccional de la Nación y la Provincia de La Rioja en la operatoria, no subsisten, por otra parte la experiencia recogida torna aconsejable y necesario el visado de las actuaciones tramitadas y resueltas por el mencionado Organismo, por lo que se cree apropiado rectificar esta decisión.
Que la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 2741/91, Nº 72/00 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

SUMARIO
Pág.
ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 491/2000-ANSES
Modifícase la Resolución Nº 431/99, mediante la cual se establecieron los lineamientos generales de interpretación de los Convenios de Transferencia de los Sistemas Previsionales Provinciales a la Nación, a fin de excluir de la operatoria implementada los casos comprendidos en los regímenes del Personal Policial y del Servicio Penitenciario provincial.
DEUDA PUBLICA
Resolución 424/2000-ME
Dispónese la emisión de instrumentos de deuda pública denominados Bonos de la República Argentina en Yenes Japoneses Sexta Serie - Bono Samurai - 5,125% 2000-2004.
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución 428/2000-MJDH
Fíjanse fechas de vencimiento para el pago de la tasa establecida en la Decisión Administrativa Nº 55/2000 para sociedades con ejercicios cerrados en determinados períodos de los años 1998 y 1999.
LEALTAD COMERCIAL
Disposición 377/2000-DNCI
Valídase el acuerdo de reconocimiento suscripto entre el Instituto Argentino de Normalización IRAM y Japán Electrical Safety & Environment Technology Laboratories.
NOMINATIVIDAD DE LOS TITULOS
VALORES PRIVADOS
Decreto 416/2000
Prorrógase el plazo previsto en la Ley Nº 24.587
para la conversión de los títulos valores privados de deuda emitidos al portador y colocados en mercados del exterior, que cuenten con autorización para hacer oferta pública.
POLITICA CRIMINAL
Y ASUNTOS PENITENCIARIOS
Resolución 116/2000-SPCAP
Créase el Comité de Expertos en Política Criminal y Asuntos Penitenciarios, que estará conformado por profesionales de reconocido prestigio en la materia.
TARIFAS
Resolución 1726/2000-ENARGAS
Apruébanse los cuadros tarifarios para el período invernal correspondientes a los Servicios de Distribución de Gas por redes de Metrogas S.A., con vigencia a partir del 1 de mayo de 2000.
Resolución 1727/2000-ENARGAS
Apruébanse los cuadros tarifarios para el período invernal correspondientes a los Servicios de Distribución de Gas por redes de Gas Natural Ban S.A., con vigencia a partir del 1 de mayo de 2000.

Pág.
Resolución 1728/2000-ENARGAS
Apruébanse los cuadros tarifarios para el período invernal correspondientes a los Servicios de Distribución de Gas por redes de Litoral Gas S.A., con vigencia a partir del 1 de mayo de 2000.

9

1

Resolución 1729/2000-ENARGAS
Apruébanse los cuadros tarifarios para el período invernal correspondientes a los Servicios de Distribución de Gas por redes de Gasnor S.A., con vigencia a partir del 1 de mayo de 2000.

12

2

Resolución 1730/2000-ENARGAS
Apruébanse los cuadros tarifarios para el período invernal correspondientes a los Servicios de Distribución de Gas por redes de Distribuidora de Gas Cuyana S.A., con vigencia a partir del 1
de mayo de 2000.

15

Resolución 1731/2000-ENARGAS
Apruébanse los cuadros tarifarios para el período invernal correspondientes a los Servicios de Distribución de Gas por redes de Distribuidora de Gas del Centro S.A. con vigencia a partir del 1 de mayo de 2000.

18

Resolución 1732/2000-ENARGAS
Apruébanse los cuadros tarifarios para el período invernal correspondientes a los Servicios de Distribución de Gas por redes de Redengas S.A., con vigencia a partir del 1 de mayo de 2000.

21

Resolución 1733/2000-ENARGAS
Apruébanse los cuadros tarifarios para el período invernal correspondientes a los Servicios de Distribución de Gas por redes de Gas Nea S.A., con vigencia a partir del 1 de mayo de 2000.

24

Resolución 1736/2000-ENARGAS
Apruébanse los cuadros tarifarios para el período invernal correspondientes a los Servicios de Subdistribución de Gas de Cooperativa Telefónica y de Servicios Públicos de Tostado, con vigencia a partir del 1 de mayo de 2000.

27

TELECOMUNICACIONES
Resolución 257/2000-SC
Restablécese la vigencia de la Resolución Nº 132/2000, mediante la cual se introdujeron modificaciones al Reglamento de Servicios de Valor Agregado con Llamadas Masivas. Modificación del Artículo 13 de la citada norma.

2

3

28

1

2

CONCURSOS OFICIALES
3

Nuevos
29
AVISOS OFICIALES

5

Nuevos
29

Anteriores
32

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/05/2000 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date30/05/2000

Page count32

Edition count9386

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/07/2024

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