Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, JUEVES 11 DE MAYO DE 2000

AÑO CVIII

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.396
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
DR. RICARDO R. GIL LAVEDRA
MINISTRO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

ayudare al autor o partícipe a ocultarlos, alterarlos o hacerlos desaparecer.
c Adquiriere, recibiere u ocultare dinero, cosas o efectos provenientes de un delito.
d No denunciare la perpetración de un delito o no individualizare al autor o partícipe de un delito ya conocido, cuando estuviere obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole.

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal
e Asegurare o ayudare al autor o partícipe a asegurar el producto o provecho del delito.

Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

2 La escala penal será aumentada al doble de su mínimo y máximo, cuando:

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 34.903

LEYES
CODIGO PENAL
Ley 25.246
Modificación. Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo. Unidad de Información Financiera. Deber de informar. Sujetos obligados. Régimen Penal Administrativo. Ministerio Público Fiscal. Derógase el artículo 25
de la Ley 23.737 texto ordenado.
Sancionada: Abril 13 de 2000.
Promulgada: Mayo 5 de 2000.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
CAPITULO I

a El hecho precedente fuera un delito especialmente grave, siendo tal aquél cuya pena mínima fuera superior a tres 3 años de prisión.
b El autor actuare con ánimo de lucro.
c El autor se dedicare con habitualidad a la comisión de hechos de encubrimiento.
La agravación de la escala penal prevista en este inciso sólo operará una vez, aun cuando concurrieren más de una de sus circunstancias calificantes. En este caso, el tribunal podrá tomar en cuenta la pluralidad de causales al individualizar la pena.
3 Están exentos de responsabilidad criminal los que hubieren obrado en favor del cónyuge, de un pariente cuyo vínculo no excediere del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o de un amigo íntimo o persona a la que se debiese especial gratitud. La exención no rige respecto de los casos del inciso 1, e, y del inciso 2,b.
ARTICULO 3º Sustitúyese el artículo 278 del Código Penal, por el siguiente:
Artículo 278: 1 a Será reprimido con prisión de dos a diez años y multa de dos a diez veces del monto de la operación el que convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare o aplicare de cualquier otro modo dinero u otra clase de bienes provenientes de un delito en el que no hubiera participado, con la consecuencia posible de que los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito y siempre que su valor supere la suma de cincuenta mil pesos $ 50.000, sea en un solo acto o por la reiteración de hechos diversos vinculados entre sí;

Modificación del Código Penal ARTICULO 1º Sustitúyese la rúbrica del Capítulo XIII, Título XI del Código Penal, el que pasará a denominarse de la siguiente manera: Capítulo XIII: Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo.
ARTICULO 2º Sustitúyese el artículo 277 del Código Penal, por el siguiente:
Artículo 277: 1 Será reprimido con prisión de seis 6 meses a tres 3 años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado:
a Ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta.
b Ocultare, alterare o hiciere desaparecer los rastros, pruebas o instrumentos del delito, o
b El mínimo de la escala penal será de cinco 5 años de prisión, cuando el autor realizare el hecho con habitualidad o como miembro de una asociación o banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza;
c Si el valor de los bienes no superare la suma indicada en este inciso, letra a, el autor será reprimido, en su caso, conforme a las reglas del artículo 277;
2 El que por temeridad o imprudencia grave cometiere alguno de los hechos descriptos en el inciso anterior, primera oración, será reprimido con multa del veinte por ciento 20%
al ciento cincuenta por ciento 150% del valor de los bienes objeto del delito;
3 El que recibiere dinero u otros bienes de origen delictivo, con el fin de hacerlos aplicar en una operación que les dé la apariencia posible de un
DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

SUMARIO
Pág.
ADHESIONES OFICIALES
Decreto 375/2000
Declárase de Interés Nacional la participación de la República Argentina en la Exposición Universal Expo 2000, que tendrá lugar en la ciudad de Hannover, República Federal de Alemania.
Resolución 220/2000-SG
Considérase declarado de interés nacional al III Torneo Internacional de Tenis en Silla de Ruedas, realizado en la ciudad de Buenos Aires.
Resolución 221/2000-SG
Declárase de interés nacional a Las PYMES del Futuro, III Exposición y Jornadas Internacionales de Intercambio y Actualización Pymes 2000 y Pequeñas Máquinas, Grandes Negocios, Exposición de Propuestas y Oportunidades para Nuevos Emprendimientos.
CODIGO PENAL
Ley 25.246
Modificación. Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo. Unidad de Información Financiera. Deber de informar.
Sujetos obligados. Régimen Penal Administrativo. Ministerio Público Fiscal.
Derógase el artículo 25 de la Ley 23.737
texto ordenado.
COPARTICIPACION FEDERAL
DE RECURSOS FISCALES
Resolución 186/2000-CFI
Recomiéndase al Gobierno Nacional el estricto cumplimiento de la obligación de transferir a las provincias, en tiempo, la suma que surge del Compromiso Federal ratificado por la Ley Nº 25.235.
INDUSTRIA
Resolución 210/2000-SICYM
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402, montos correspondientes al I.V.A. de importaciones de bienes de capital de la firma Y.P.F. S.A.
destinados a la explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos.
Resolución 211/2000-SICYM
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402, montos correspondientes al I.V.A. por importaciones de bienes de capital de la firma SADESA
Sociedad Anónima destinados a la fabricación de cueros semiterminados, curtidos terminados, descarnes y manufacturas de suela.
Resolución 213/2000-SICYM
Establécense los requisitos y condiciones para considerar que el proceso productivo se encuentra orientado hacia la venta en el mercado externo. Sistemas de Aseguramiento de la Calidad. Compromiso de Exportación. Disposiciones Complementarias.

4

10

Pág.
Decreto 347/2000
Convócase a un funcionario al Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación.

4

SERVICIOS POSTALES
Resolución 697/2000-CNC
Mantiénese la inscripción de la empresa Copicar S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

12

Resolución 698/2000-CNC
Mantiénese la inscripción de la empresa Transportes Andreani S.A. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

11

Resolución 699/2000-CNC
Mantiénese inscripta a la empresa Aero Moto S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

12

Resolución 700/2000-CNC
Mantiénese la inscripción de la empresa Minibus Ezeiza S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

11

Resolución 701/2000-CNC
Mantiénese la inscripción de la firma Central Uno S.R.L. Mensajería Integral en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

10

Resolución 702/2000-CNC
Mantiénese inscripta a la empresa Distribuidora Nino S.RL. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

11

Resolución 703/2000-CNC
Mantiénese la inscripción de la firma Cooperativa de Trabajo Horizonte Ltda. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

11

Resolución 704/2000-CNC
Mantiénese inscripta a la empresa Ingeniería y Desarrollo S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

8

Resolución 705/2000-CNC
Mantiénese la inscripción de la empresa Green Mail S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

5

TRANSPORTE POR AUTOMOTOR
Resolución 2233/2000-CNRT
Modificación de la Resolución Nº 1962/
2000, a fin de corregir los montos indicados en el Anexo I, que se adiciona a las Actas de Comprobación A y B, aprobadas por Resolución Nº 960/1997.

5

10

1

8

5

8

9
AVISOS OFICIALES

SERVICIO EXTERIOR
Decreto 373/2000
Desígnase Jefe de la Misión Permanente de la República ante la Organización de Estados Americanos.

4

Nuevos
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Anteriores
15

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2000 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date11/05/2000

Page count16

Edition count9386

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/07/2024

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