Boletín Oficial de la República Argentina del 02/07/1993 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL l 8 Sección

OBJETIVOS
1. Asegurar el funcionamiento de un sistema integrado de transportes interno e internacional coordinando sus acciones y elaborando las medidas que permitan el desarrollo de los modos aéreos, terrestre, fluvial y marítimo, en condiciones de máxima eficiencia, de conformidad con las facultades otorgadas por la legislación y la normativa vigente.
2. Definir y controlar las políticas y planes de corto, mediano y largo plazo para transporte interno e internacional, que faciliten una adecuada coordinación orientadas en especial a favorecer la integración latinoamericana y promover los estudios y acciones que posibiliten distintas formas de desregulación, privatización y/o concesión parcial o total de los servicios, en la medida que tienda al perfeccionamiento del sistema. Asignar los recursos del sector.
3. Efectuar el control y fiscalización de los servicios que se prestan a través dé los diferentes modos, asegurando la máxima "calidad de servicio" y protección al usuario en condiciones racionales de economicidad, y coordinar las acciones relativas a prevención, accidentes y seguridad vial.

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DIRECCIÓN DE TRANSPORTE FERROVIARIO

ANEXO II
SECRETARLA DE TRANSPORTE

Viernes 2 de julio de 1993

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Elaborar, proponer y ejecutar las políticas, planes y programas referidos al transporte ferroviario.
ACCIONES
1. Intervenir en coordinación con las distintas áreas con competencia en la materia, en los procesos de desregulación, privatización y/o concesión parcial o total de los servicios ferroviarios y sus actividades conexas.
2. Intervenir en la celebración de acuerdos y convenios con autoridades provinciales o municipales en todo lo concerniente a los servicios de transporte ferroviario.
3. Proponer la actualización de la legislación y normativa vigente para el transporte ferroviario e intervenir en la celebración de convenios bilaterales y multilaterales.
4. Elaborar las normas e intervenir en la fiscalización de las actividades de las empresas ferroviarias o concesionarias en todos los aspectos establecidos en la normativa vigente o a establecerse en el futuro.
5. Intervenir en la determinación y control del régimen tarifario para las empresas ferroviarias o concesionarias prestadoras de los servicios.

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEREO, FLUVIAL Y MARÍTIMO
OBJETIVOS
1. Efectuar la propuesta, ejecución y control de las políticas y planes referidos al transporte aéreo, fluvial y marítimo.

6. Intervenir en el establecimiento, habilitación, rehabilitación o supresión de líneas, ramales y estaciones ferroviarias.
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL

2. Coordinar todo lo relativo a planes de ruta como así también la modificación o actualización de la legislación y el funcionamiento del sistema de transporte aéreo y fluvial y marítimo.
3. Elaborar y proponer políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los servicios de transporte aéreo, fluvial y marítimo.

RESPONSABILIDAD PRIMARIA
cial.

Elaborar, proponer y ejecutar las políticas, planes y programas referidas al modo aerocomerACCIONES

1. Aplicar las prescripciones del Código Aeronáutico, de los Acuerdos Internacionales y de las normas reglamentarias en todo lo concerniente al transporte aéreo comercial.

SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
OBJETIVOS
1. Efectuar la propuesta, ejecución y control de las políticas y planes referidos a la actividad portuaria y de las vías navegables. Ejercer todas las responsabilidades y funciones de la autoridad portuaria nacional.
2. Fiscalizar la actividad operativa de los puertos y el mantenimiento, profundización y señalización de las vías navegables.
3. Elaborar y proponer políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los puertos, servicios portuarios y de vías navegables.
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

2. Determinar el Plan de Rutas de interés general y la red de rutas internacionales con origen y/o destino en el país. Efectuar los análisis y evaluaciones para la determinación de las rutas de especial interés para la Nación. Propiciar el sistema de promoción a "través de la complementación económica.
3. Proponer las modificaciones al funcionamiento del sistema en lo relativo a: autorizaciones o denegación de autorizaciones y/o permisos; aptitud de las aeronaves, afectación o desafectación de la bandera; régimen tarifario; seguros; garantías y coordinar las acciones relativas a infraestructura, seguridad y protección al usuario.
4. Proponer la actualización de la legislación y normativa vigente en general, y en especial en lo relativo a contratos de transporte aéreo y convenios internacionales.
5. Participar en las consultas, reuniones técnicas o negociaciones bilaterales con autoridades del transporte aerocomercial de los demás países, necesarios para la elaboración de los instrumentos de regulación de las relaciones aerocomerciales internacionales.

OBJETIVOS
1. Efectuar la propuesta, ejecución y control de las políticas y planes referidas al transporte automotor.
2. Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen tarifario, y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia.
3. Elaborar y proponer políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los servicios de transporte automotor.

ANEXO III
DIRECCIÓN DE ESTUDIOS Y PROYECTOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Desarrollar la base de datos y los trabajos de investigación necesarios que sirvan de fundamento para el desarrollo de las políticas en las diferentes áreas de la Secretaría.

6. Fiscalizar las actividades de comercialización y promoción de pasajes o fletes aéreos, las empresas transportadoras en relación a las exigencias del Código Aeronáutico; la registración del personal que realiza funciones aeronáuticas, la registración de los seguros y garantías y todo otro control establecido en la normativa vigente.
DIRECCIÓN DE ACTIVIDADES AEROCOMERCIALES
ACCIONES
1. Ejecutar los procedimientos para el otorgamiento, renovación, prórroga o caducidad de las concesiones y autorizaciones de los servicios de transporte aerocomercial de pasajeros, carga y correo, interno e internacional.
2. Efectuar los análisis necesarios para determinar la actualización del Plan de Rutas internas de interés general para la Nación, capacidad, horarios, afectación o desafectación de aeronaves, constitución de seguros y garantías, habilitación de Libros de a bordo y de Quejas.
3. Efectuar los análisis conducentes para determinar las rutas de especial interés para la Nación, la procedencia del otorgamiento de la complementación económica y sus respectivos montos y la capacidad económica financiera que exige la normativa vigente.
4. Efectuar los análisis concernientes a regímenes tarifarios, estadísticas y auditorías.

ACCIONES
1. Efectuar y/o coordinar la elaboración de proyectos de planes, políticas y programas de los distintos modos del sector, sobre la base de estudios y análisis de las necesidades del mismo.

5. Fiscalizar que las empresas aerocomerciales, cumplan con la normativa vigente.
6. Efectuar los procedimientos emergentes de la comprobación de faltas y proponer la aplicación de las sanciones aerocomerciales correspondientes.

Asesorar en el tratamiento de la legislación específica referente al Sector.
2. Colaborar con estudios específicos sobre diversos temas vinculados con los proyectos de concesión y/o privatización total o parcial de los servicios de transporte y actividades conexas, como así también con los vinculados con organismos de control correspondientes al Sector.
3. Coordinar los estudios relativos al régimen tarifario y arancelario general del sector y mantener actualizada la metodología de costos y el banco de datos.
4. Colaborar en los Convenios y/o acuerdos de Transporte Nacional e Internacional y/o reglamentaciones que conduzcan a la facilitación del intercambio comercial, en el financiamiento específico de proyectos provenientes de Organismos Internacionales y en la cooperación técnica internacional. Coordinar los Proyectos y/o Convenios de Cooperación Técnica con Universidades y / u Otras Organizaciones Nacionales e Internacionales.
5. Elaborar el presupuesto anual y presupuesto financiero de la Secretaría Administración Central. Coordinar la elevación del presupuesto de las Empresas Públicas, como así también el de los Organismos de Control del sector. Coordinar las actividades administrativas conducentes a efectivizar los trámites e imputaciones correspondientes a todas las etapas de la ejecución presupuestaria.
6. Mantener actualizado el sistema de información y la base de datos de la Secretaría.
Coordinar la administración de las actividades de la Biblioteca de la Secretaría de Transporte.

DIRECCIÓN DE ACUERDOS Y LEGISLACIÓN
ACCIONES
1. Preparar las propuestas de políticas para el transporte aerocomercial.
2. Intervenir en la realización de las consultas, reuniones técnicas de organismos internacionales o nacionales que resulten de interés en materia de transporte aerocomercial y negociaciones bilaterales con autoridades del transporte aerocomercial de los demás países.
3. Efectuar los estudios de actualización de las normas legales y reglamentarias que rigen en el transporte aéreo comercial.
4. Intervenir en la determinación de las condiciones del contrato de transporte aéreo y en la constitución o modificación de los elementos societarios de las empresas de transporte aerocomercial.
5. Confeccionar los actos administrativos de otorgamiento y caducidad de las concesiones y autorizaciones de los servicios de transporte aerocomercial de pasajeros, correo y carga, internos e internacionales.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/07/1993 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date02/07/1993

Page count56

Edition count9388

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/07/2024

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