Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/08/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 14 de Agosto del 2006

Nº 4437

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVII
EDICION DE 32 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 32

DECRETOS

DECRETO Nº 684
Viedma, 28 de junio del 2006.
Visto: El Expediente N 143948-DCI-05 del registro del Ministerio de Educación, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios mediante excepción al Art. 5 de la Ley N
3238, de la Sra. Mariana Fernanda WERNEKE, CUIT
N 27-29726160-1, para desempeñarse como Profesional cumpliendo tareas específicas de comunicación institucional, cobertura y difusión de las actividades oficiales, bajo la supervisión de la Dirección de Comunicación Institucional del Ministerio de Educación;
Que las tareas a realizar por la mencionada agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la Contratación de la Sra. Mariana Fernanda WERNEKE fue autorizada por excepción al Artículo 5
de la Ley N 3238 por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión de Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que se ha realizado a la agente el correspondiente examen preocupacional a través de la Junta Médica Central y Única y el Acta ha sido debidamente homologada por la Delegación Zonal de Trabajo Valle Inferior;
Que atento a que no se han tomado los recaudos previstos en la Ley N 3186, corresponde su remisión al Tribunal de Cuentas para su intervención en los términos de la Ley N 2747;
Que han tomado debida intervención los organismos de control interno, la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Educación, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado mediante Vista N 01978/
06;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Ministerio de Educación representado por el Sr.
Ministro de Educación, Dn César Alfredo BARBEITO
DNI. N 17.065.380, CUIL N 20-17065380-8 y la Sra.
Mariana Fernanda WERNEKE DNI. N 29.726.160, CUIL N 27-29726160-1, a partir del 15 de Septiembre
de 2005 y hasta el 31 de Diciembre de 2005, para desempeñarse en la Dirección de Comunicación Institucional del Ministerio de Educación, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Reconocer los servicios prestados por la Sra. Marina Fernanda WERNEKE, a partir del 15 de septiembre de 2005 y hasta el 31 de Diciembre de 2005:
Art. 3.- La Sra. Mariana Fernanda WERNEKE se incorporará en la categoría de revista ocho 08 del Agrupamiento Profesional de la Ley N 1844 -Personal Temporariodel Ministerio de Educación:
Art. 4.- Para atender los gastos correspondientes proceder a la Reserva Interna imputando los créditos correspondientes a la Jurisdicción 45- Ministerio de EducaciónFinanciamiento Rentas Generales por la suma de pesos dos mil quinientos noventa y nueve con sesenta y seis centavos $ 2.599,66 del Presupuesto General de Gastos vigente.Art. 5.- Facultar a la Dirección Contable a realizar los ajustes presupuestarios correspondientes.Art. 6.- A través de la Dirección de Liquidaciones proceder a la liquidación de los haberes correspondientes, equiparados salarialmente a la Categoría 11 del Agrupamiento Profesional, conforme lo establecido en el Art. 86 de la Ley N 1844.Art. 7.- Remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas para su intervención en los términos de la Ley Nº 2747.
Art. 8º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Educación.
Art. 9º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
SAIZ.- C. Barbeito.

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
En la Ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Rio Negro, entre el Ministerio de Educación representado en este acto, por el Ministro de Educación Sr. César BARBEITO Cuil. N 20-17065380-8, con domicilio legal en la calle Alvaro Barros y Rivadavia, de la ciudad de Viedma, en adelante El CONTRATANTE
por una parte y la periodista Mariana Fernanda WERNEKE CUIL N 27-29726160-1, con domicilio en la calle Rivadavia N 818 de la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, por la otra en adelante LA
CONTRATADA, se conviene en celebrar el presente contrato Locación de Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA CONTRATADA prestará sus servicios como Profesional, desarrollando tareas específicas de comunicación institucional, cobertura y difusión de las actividades oficiales del Ministerio, bajo la supervisión de la Dirección de Comunicación Institucional del Ministerio de Educación SEGUNDA: LA CONTRATADA percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la categoría 08 del Agrupamiento
Profesional de la Ley N 1844, de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por título, antigedad y salario familiar, y las demás que pudieran corresponderle.
TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 15 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre del 2005.
CUARTA : LA CONTRATADA percibirá además las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viáticos y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.
QUINTA: LA CONTRATADA quedará comprendida dentro del régimen de licencia instituido en la Ley N 3487 Capítulo IX y Acta 12/2003 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado.
SEXTA: La retribución de LA CONTRATADA
estará sujeta a los descuentos jubilatorios y cargas sociales establecidas por la Ley N 2753 del I.PRO.S.S.
y sus modificatorias, y los seguros obligatorios correspondientes.
SEPTIMA : LA CONTRATADA queda sometida a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca El CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a la estabilidad, ni a la carrera administrativa que establecen las normas legales en vigencia para los empleados públicos provinciales.
OCTAVA: Las partes podrán sin causa alguna, rescindir el presente contrato, sin que ello implique reconocimiento de indemnización alguna entre los contratantes, dando aviso fehaciente de la rescisión con treinta 30 días de anticipación.
NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes de este contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supra indicados, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman dos ejemplares del presente Contrato y cada uno recibe el suyo en este acto, en la ciudad de Viedma, a los días del mes de de 2006.
oOo DECRETO Nº 685
Viedma, 28 de junio del 2006.
Visto, el Expediente N 90479-G-2005 del registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios mediante excepción al Art. 5 de la Ley N
3238, del Sr. Julio Santiago CATRU, D.N.I. N 27.828.678, CUIL N 23-27828678-9, para cumplir funciones como chofer en la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Gobierno, Jurisdicción 17 Programa 01.00.00.02;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/08/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date15/08/2006

Page count32

Edition count1919

Première édition03/01/2002

Dernière édition11/07/2024

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