Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/04/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4403

Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, como autoridad de aplicación para establecer excepciones para la contratación del personal en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, se ha expedido favorablemente por medio del Acta N 03/2006, obrante a fojas 22 de conformidad al Decreto N
1.774/98;
Que, previo al inicio de sus funciones, se le deberá realizar el exámen preocupacional, a través de la Junta Médica Central y Única, según lo normado en la Resolución N 043/97 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y la Fiscalía de Estado a fojas 23 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inc.3 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar en todos sus términos, con carácter de excepción a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº 3238, el Contrato de Locación de Servicios, en relación de Dependencia, celebrado entre la Fiscalía de Estado, representada por el Dr. Alberto Domingo Carosio, DNI. N 8.431.829, y el Sr. José Luis Iriarte, Cuil.
N 20-17239726-4, en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Escribiente, Ley N 3178 Artículo 49, Decreto N 314/98, a partir del 1 de Septiembre de 2005 y hasta el 31 de Diciembre de 2005, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Reconocer los Servicios prestados por el Sr. José Luis Iriarte, a partir del 1 de Septiembre de 2005 y hasta el 31 de Diciembre de 2005.Art. 3.- El presente gasto asciende a la suma de pesos tres mil novecientos sesenta con 100/00 $ 3.960,00, monto sujeto a incremento de sueldos, mediante carga automática de sueldos, facultando a la Delegación Contable a realizar los reajustes necesarios.Art. 4.- Comprometer y ordenar el gasto en la Jurisdicción 36 Programa 11
Actividad 03, Partidas 121-122-124-125-126 y 131 mediante carga automática de sueldos y por los importes que mensualmente correspondan a la categoría.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.

En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, a los días del mes de de 2006 se celebra el presente contrato de Locación de Servicios en relación de dependencia entre la Fiscalía de Estado, representada en este acto por el Fiscal de Estado, Dr. Alberto Domingo Carosio, constituyendo domicilio en 25 de Mayo 565
ler. Piso, Viedma, por una parte; y por la otra lo hace, el Sr. José Luis Iriarte, Cuil.
N 20-17239726-4, con domicilio en Los Pinos 1333 B Manzanar, de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, sujeto a las siguientes cláusulas.
PRIMERA: OBJETO Y FUNCIONES:
El contratado prestará sus servicios en la Fiscalía de Estado, Delegación Cipolletti, donde cumplirá tareas Administrativas y de procuración en el Area Judicial de especialmente en la cuarta circunscripción judicial.
SEGUNDA: REMUNERACION:
El contratado percibirá una remuneración equivalente a la Categoría Escribiente con más los adicionales en concepto de Título, Zona desfavorable, asignaciones personales del contratado que correspondan y aguinaldo, por aplicación de lo establecido en la Ley 3178 Art. 49 y Decreto 314/98, previa certificación de los servicios prestados. Asimismo el contratado será incluido en el Régimen de Seguridad Social de la Provincia I.PRO.S.S., aceptando los descuentos establecidos por la Ley N 2.432 y modificatorias. El presente contrato asciende a la suma total de pesos tres mil novecientos sesenta $ 3.960.
TERCERA: LICENCIAS:
El contratado gozará de las licencias previstas en los incisos a, b, c, d y e del Artículo N 27, Capítulo IV y Capítulo IX, Artículo 92 del Anexo I del Estatuto General y Básico para el personal de la Administración Pública de la Provincia de Río Negro, aprobado por la Ley N 3.487.
El contratado tendrá derecho a las licencias previstas en los incisos a, b c, d y e del Artículo N 42, limitándose la del inciso f a 10 diez días corridos.
CUARTA: DISCIPLINA:
El contratado estará sujeto al régimen disciplinario establecido en el Capítulo VI del Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial, aprobado por Ley N 3487 y Decreto N 1.405/01, que reglamenta el Artículo 54 de la Ley N
3052.
QUINTA: ESTABILIDAD, DEBERES Y PROHIBICIONES:
El contratado carece del derecho a la estabilidad y queda sujeto a los deberes y prohibiciones establecidos en el Estatuto General y Básico de la administración Pública Provincial, aprobado por Ley N 3487, en todo cuanto se le aplique y según la reglamentación al efecto.
SEXTA: DURACION DEL CONTRATO:
El presente contrato tendrá vigencia a partir del 1 de septiembre de 2005 y hasta el 31 de Diciembre de 2005.

Viedma, 17 de Abril del 2006

Podrá ser renovado por decisión de la autoridad superior del la Fiscalía de Estado y conforme a las prórrogas que dicte el Poder Ejecutivo.
Las partes podrán rescindir el presente contrato unilateralmente, sin derecho a indemnización alguna, siempre que comuniquen a la otra parte fehacientemente su determinación, con una anticipación mínima de quince días hábiles.
SÉPTIMA: JURISDICCION Y COMPETENCIA:
Para cualquier diferencia que pudiera suscitarse, las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicción de los Tribunales competentes ordinarios, con asiento en Viedma, para dirimir sus eventuales controversias.
Por estar de perfecto acuerdo las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
oOo DECRETO Nº 287
Viedma, 31 de Marzo de 2006.Visto, el expediente N 16.891-R-05 del registro de la Dirección General de Rentas; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la aprobación del contrato de Locación de Servicios en relación de Dependencia, por excepción al Artículo 5 de la Ley N 3238, entre la Dirección General de Rentas y el Señor HERRERO HURRY Emilio Norberto CUIL. N 20-25402309/5 que se anexa al presente como parte integrante del mismo;
Que el contratado cumplirá sus funciones como Administrativo en la Delegación Zonal de Rentas San Carlos de Bariloche, dependiente de la Dirección General de Rentas, a fin de realizar tareas inherentes a los distintos impuestos que administra este Organismo;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, como autoridad de aplicación para establecer excepciones para la contratación del personal en el ámbito del Poder Ejecutivo, se ha expedido favorablemente por medio del Acta N 13/2.005, Punto 22, obrante a fojas 24, de conformidad al Decreto N 1.774/98;
Que, previo al inicio de sus funciones, se le deberá realizar el exámen preocupacional, a través de la Junta Médica Central y Unica, según lo normado en las Resoluciones N 043/97 y N 054/98 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 102007, obrante a fojas 41;
Que el presente Decreto se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 181, inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Aprobar en todos sus términos, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N 3.238, el contrato de Locación de Servicios, en relación de Dependencia, celebrado entre el Subsecretario de Ingresos Públicos a cargo de la Dirección General de Rentas, Cr. Graciano Alejandro BRACALENTE
D.N.I. N 13.275.642 y el Señor HERRERO HURRY Emilio Norberto CUIL. N 2025402309/5, en la Categoría 03, del Agrupamiento Administrativo, Escalafón Ley N 1.844, a partir del 30 de Enero de 2.006 y hasta el 31 de Diciembre de 2.006, que como anexo forma parte del presente.Art. 2.- Reconocer los servicios prestados por el Sr. HERRERO HURRY Emilio Norberto, desde el 30 de Enero de 2.006 y hasta la firma del presente.Art. 3.- Proceder a la reserva interna en la:
Ent.
Prog. Subprog. Recur. Proyc.
Activ.
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4.500,87
234,52
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Para las erogaciones resultantes.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial archivar.SAIZ.- P. F. Verani.
En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, a los 01 días del mes de Marzo de 2.006, se celebra el presente contrato de Locación de Servicios en relación de dependencia entre la Dirección General de Rentas, representada en este acto por el Subsecretario de Ingresos Públicos A/C. de la Dirección General de Rentas, Cr. Graciano Alejandro BRACALENTE D.N.I. N 13.275.642, constituyendo domicilio en 25 de Mayo 99 Viedmapor una parte y por la otra lo hace, el Sr. HERRERO HURRY Emilio Norberto CUIL. N 20-25402309/5, con domicilio en Otto Goedecke N 175 - San Carlos de Bariloche Provincia de Río Negro, sujeto a las siguientes cláusulas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/04/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date18/04/2006

Page count24

Edition count1924

Première édition03/01/2002

Dernière édition29/07/2024

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