Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/09/2014 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 23 de setiembre de 2014

1

Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 161

SECCIÓN

AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 161
CORDOBA, R.A., MARTES 23 DE SETIEMBRE DE 2014

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DIRECCIÓN DE

MÉTODOS ALTERNATIVOS para la RESOLUCIÓN de CONFLICTOS

PODER

LEGISLATIVO

Se instituye el Día del Editor de Libros LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

Convocatoria a Evaluación de Mediadores Resolución N 76

Ley: 10219

Córdoba, 19 de Septiembre de 2014
ARTÍCULO 1º.- Institúyese El Día del Editor de Libros, en homenaje al editor Alberto Burnichon, que se celebra anualmente el 25 de marzo en todo el territorio provincial.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTISIETE DÍAS
DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

CRA. ALICIA MÓNICA PREGNO
VICEGOBERNADORA
PRESIDENTA
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Y CONSIDERANDO:

PODER EJECUTIVO

Decreto Nº 993
Córdoba, 9 de setiembre de 2014
Téngase por Ley de la Provincia N 10219, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

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VISTO: Que la Ley de Mediación 8858 en su artículo 43 inciso e establece que es función de la Autoridad de Aplicación determinar las con diciones de admisibilidad y pautas de valuación para la obtención por parte de los solicitantes de la matrícula habilitante de Mediador.
Que en cumplimiento de dicha norma se ha dictado la Resolución Nº 050/2008
que fija el marco legal de las convocatorias a evaluación o cualquier otro método de selección análogo que tenga como finalidad la admisión a la matrícula provincial de Mediador.

Que el Decreto Reglamentario 1773/
00 en su artículo 43 inciso c, d y e, apartado 9 determina que la Di.M.A.R.C. convocará a rendir la evaluación de idoneidad dos veces al año fijándose por resolución las fechas, contenido, modalidad y demás condiciones, siendo publicada con una antelación no inferior a los treinta días.
Que la Resolución Nº 050/2008
determina que la publicación de convocatoria a evaluaciones se realizará en el Boletín Oficial con treinta días de antelación a la misma.
Que debe indicarse un plazo de inscripción prudente a los fines de que todos los aspirantes puedan cumplimentar dicho trámite.
Que se han conformado las ternas a
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boletinoficialcba@cba.gov.ar boletinoficialweb@cba.gov.ar
los fines de la integración del Tribunal evaluador, cuyos integrantes cumplimentan los requisitos prescriptos por el artículo 6 de la Resolución N 050/
2008.
Que de acuerdo con la cantidad probable de aspirantes en función del Registro de Mediadores de nuestra provincia y a los fines de asegurar la eficiencia docente en la recepción de la evaluación, se designan veinticuatro miembros para la conformación de las ternas.
Que las etapas de la evaluación y ejes temáticos deben ser fijados dentro del marco prescripto por el artículo 10 de la Resolución N 050/2008.
Que la suscripta es competente para el dictado de la presente, en función de lo establecido en el artículo 43 de la Ley N 8858, artículo 43 incisos c, d y e Anexo I del Decreto Reglamentario N
1773/00, sus cctes. y correlativos.
POR ELLO
LA DIRECTORA DE LA
DIRECCIÓN DE MÉTODOS
ALTERNATIVOS PARA
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1: CONVÓCASE a la evaluación de Mediadores que se realizará de conformidad a lo dispuesto por la Resolución N 050/2008.
ARTÍCULO 2: La evaluación mencionada en el artículo anterior se llevará a cabo en dos partes: a escrita, el día lunes 10 de Noviembre de 2014 a las 14:00 hs., fijándose como horario de finalización las 18:00 hs, en la Sede de CONTINÚA EN PÁGINA 2

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/09/2014 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date23/09/2014

Page count12

Edition count4195

Première édition01/02/2006

Dernière édition07/08/2024

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