Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/08/2011 - 1º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 9 de agosto de 2011

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLIX - Nº 148
CORDOBA, R.A., MARTES 9 DE AGOSTO DE 2011

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
PODER

Ejecutivo
Localidades de las Sierras Chicas.

Decreto Nº 1143

Ramales de alimentación para abastecimiento de gas natural Decreto Nº 1038

Córdoba, 1º de Julio de 2011

VISTO: el Expediente Nº 0451-061949/11 en el que obra la Addenda al Convenio para la Construcción de la Tercera Etapa de las Obras de Infraestructura de Gasificación de las Localidades de Unquillo, Río Ceballos, Salsipuedes, El Manzano, Villa Cerro Azul, Agua de Oro, La Granja, Estación Juárez Celman, Colonia Tirolesa y Estación General Paz suscripta con fecha 29
de abril de 2011 entre la Provincia de Córdoba y el Ente Intercomunal Gasoducto Sierras Chicas Gas, a los fines de definir los compromisos de cada una de las partes para concretar, durante los ejercicios 2010/2011, la ejecución de las obras de que se trata.
Y CONSIDERANDO:
Que con fecha 16 de junio de 2009 se suscribió el Convenio protocolizado como Nº 33, que tiene por objeto la ejecución de las obras correspondientes a la Tercera Etapa del Emprendimiento Sistema de Gasificación Sierras Chicas, correspondiente a los Ramales de Alimentación para abastecimiento de Gas Natural a las citadas localidades.
Que en el Expediente Nº 0498-031766/09 se licitó y adjudicó la obra: Ramales de Alimentación para abastecimiento de Gas Natural a las localidades de Unquillo, Río Ceballos, Salsipuedes, El Manzano, Villa Cerro Azul, Agua de Oro, La Granja, Estación General Paz, Estación Juárez Celman y Colonia Tirolesa
Provincia de Córdoba.
Que con fecha 13 de septiembre de 2010 se suscribió Addenda al Convenio de fecha 16 de junio de 2009, protocolizada como Convenio Nº 70 de fecha 25 de octubre de 2010, la cual incorpora al Sistema de Gasificación a través de su cláusula segunda, el Ramal de Alimentación a la Localidad de Ascochinga.

Que, en virtud del compromiso asumido por la Provincia de finalizar las obras de infraestructura necesarias para asegurar la provisión de Gas Natural suficiente en el ingreso de las localidades que componen el denominado Sistema Sierras Chicas de Gasificación, y en base a los estudios realizados y lo requerido por el Ente Intercomunal Gasoducto Sierras Chicas Gas, las partes procedieron a suscribir una Addenda Complementaria al Convenio protocolizado como Nº 33, la cual obra a fs.
3/10 de autos.
Que en la citada Addenda se prevé la realización de trabajos modificatorios en la obra principal, manteniéndose vigentes todas las obligaciones asumidas por las partes oportunamente, y estableciéndose que se deberá facultar al señor Ministro de Obras y Servicios Públicos a disponer y aprobar los mismos en los términos de los artículos 40, 41, y 7 inciso f de la Ley de Obras Públicas Nº 8614, como así también a realizar las imputaciones presupuestarias correspondientes, y a realizar todo acto administrativo necesario para facilitar el normal desarrollo de las obras.
Por ello, las previsiones del artículo 13 de la Ley de Ministerios Nº 9454, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 272/11 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 00612/11, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Córdoba, 18 de julio de 2011
VISTO: El Expediente Letra C Nº 3/
11, del Registro del Tribunal de Disciplina Notarial de la Provincia.

Notarial y los artículos 43, 44, 45 y 51
del Decreto N 2259/75, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno con el N 226/2011 y por Fiscalía de Estado bajo el N 000657/11, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 144 de la Constitución Provincial;

Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el Escribano Luis Gustavo CABIDO titular del Registro Notarial Nº 528, con asiento en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital, Provincia de Córdoba, propone como Adscripto al Notario Manuel CABIDO, Matrícula Profesional Nº 2118.
Que el referido Titular del Registro Notarial formaliza la citada proposición y el Notario propuesto como Adscripto presta la correspondiente conformidad, adjuntándose los datos personales y profesionales del Notario Manuel Cabido.
Que se pronuncia en forma favorable el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa que el escribano proponente fue designado Titular del Registro Notarial N
528 de la ciudad de Córdoba, el día 23
de Marzo de 1988, continuando en sus funciones y destacando además que no tiene adscripto.
Que el Escribano Manuel Cabido no es titular ni adscripto a ningún registro notarial.
Por ello, lo dispuesto por los artículos 6, 25 y 26 de la Ley N 4183 Orgánica
El GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- DESIGNASE al Notario Manuel CABIDO D.N.I. Nº 28.272.336, Matrícula Profesional Nº 2118, ADSCRIPTO al Registro Notarial Nº 528, con asiento en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital, de esta Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

ARTÍCULO 1º.- FACÚLTASE al señor Ministro de Obras y Servicios Públicos a disponer y aprobar los trabajos modificatorios necesarios de realizar en la Obra:
Ramales de Alimentación para Abastecimiento de Gas Natural a las Localidades de Unquillo, Río Ceballos, Salsipuedes, El Manzano, Villa Cerro Azul, Agua de Oro, La Granja, Estación General Paz, Estación Juárez Celman y Colonia Tirolesa Provincia de Córdoba, en
VISTO: el Expediente Nº 0451-062313/11, por el cual el Secretario de Planeamiento y Desarrollo Energético e Infraestructura propicia se delegue en el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, la facultad de determinar cambios
CONTINÚA EN PÁGINA 2

CONTINÚA EN PÁGINA 2

Decreto Nº 1102

Córdoba, 8 de Julio de 2011

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/08/2011 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date09/08/2011

Page count5

Edition count4187

Première édition01/02/2006

Dernière édition26/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Agosto 2011>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031