Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/4/1999

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL

eleva el texto de la Ley N 6524, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 6524, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 17 de setiembre del corriente año, mediante la cual se declara de Interés Provincial la ejecución de la Obras Eléctricas de Extra Alta Tensión en 500 Kv Recreo La Rioja y, Estación Transformadora de 500/132 Kv La Rioja y Línea de Alta Tensión en 132 Kv Luján
Chepes/Chamical y Obras Complementarias.
Artículo 2. El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Coordinador de Gobierno, de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el Señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3. Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Fdo. Maza, A.E., Gdor. Herrera, L.B., M.C.G.
Menem, E.A., S.G.G.

Martes 13 de abril de 1999

Visto: el Expediente Código A N 00534 3/98, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N 6535, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial,EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1. Promúlgase la Ley N 6535, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 17 de setiembre del corriente año, mediante la cual se autoriza a la función ejecutiva para que, a través de la Administración Provincial del Agua A.P.A., se invierten los fondos necesarios para la Obra Captación, Conducción y Distribución de Agua para el consumo de la población de El Cerco en el Departamento General Ocampo.
Artículo 2. El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Coordinador de Gobierno y de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el Señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3. Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Fdo.: Maza, A.E., Gdor. Herrera, L.B., M.C.G.
Cayol, R.E., M.H. y O.P. Menem, E.A., S.G.G.

LEY N 6.535

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

ARTICULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que a través de la Administración Provincial del Agua A.P.A., se inviertan los fondos necesarios para la Obra Captación, Conducción y Distribución de Agua para el consumo de la población de El Cerco en el departamento General Ocampo.ARTICULO 2º .- Autorízase a la Función Ejecutiva a realizar las modificaciones presupuestarias a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en la presente Ley.ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 113º Período Legislativo, a diecisiete días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y ocho. Proyecto presentado por el diputado Rolando Delfino Tello.Fdo.: Ing. Miguel Angel Asís - Presidente Cámara de Diputados - Raúl Eduardo Romero - Secretario Legislativo
LEY N 6.553

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

ARTICULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a invertir las sumas necesarias para la realización de un Polideportivo en la localidad de Cuipán en el departamento San Blas de Los Sauces.ARTICULO 2º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a través del organismo que corresponda a celebrar con el Municipio del departamento San Blas de Los Sauces, los convenios necesarios para la realización y puesta en marcha de la obra a que se refiere el Artículo 1.ARTICULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán al Presupuesto de la Administración Provincial de Vialidad y Obras Públicas para el Ejercicio 1999.ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 113º Período Legislativo, a un día del mes de octubre del año mil novecientos noventa y ocho. Proyecto presentado por el diputado Sergio Guillermo Casas.Fdo.: María Nicolasa Illanes - Vicepresidente 2º Cámara de Diputados en ejercicio de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero - Secretario Legislativo.

DECRETO N 1020
La Rioja, 08 de octubre de 1998

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/4/1999

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date13/04/1999

Page count13

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

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