Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/4/1999

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 13 de abril de 1999

BOLETIN OFICIAL

Pág. 3

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

LEYES
LEY N 6.502
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y:

ARTICULO 1º.- Créase en la localidad de Vichigasta, departamento Chilecito el Instituto Superior de Formación Técnica dependiente del Ministerio de Educación y Cultura de La Rioja sobre la base presupuestaria y organizativa del Profesorado para la Enseñanza Primaria con Orientación Rural de Vichigasta.ARTICULO 2º.- Establécese que el Instituto Superior de Formación Técnica ofrecerá carreras de formación técnica no universitaria con modalidad de ciclo cerrado que se definirá de acuerdo a las demandas socioproductivas de la región y las políticas que se desarrollen para el nivel.ARTICULO 3º.- Facúltase al Ministerio de Educación y Cultura para la definición de las ofertas a implementar en el Instituto Superior de Formación Técnica y el diseño de la puesta en marcha y evaluación de los planes de formación.ARTICULO 4º.- Establécese que la asignación presupuestaria del Instituto Superior de Formación será sobre la base de la existente en el Profesorado para la Enseñanza Primaria con orientación Rural de la localidad de Vichigasta.ARTICULO 5º.- Establécese que la Planta Funcional y Docente del Instituto Superior de Formación Técnica se conformará sobre la base de la ya existente en el Profesorado de Enseñanza con Orientación Rural de Vichigasta pudiéndose, de acuerdo a las necesidades, ampliarse.ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 113º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y ocho. Proyecto presentado por la diputada Griselda Noemí Herrera.
Fdo.: Ing. Miguel Angel Asís - Presidente Cámara de Diputados - Raúl Eduardo Romero - Secretario Legislativo
DECRETO N 837
La Rioja, 31 de agosto de 1998
Visto: el Expediente Código A N 00424 3 98, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva texto de la Ley N 6.502, habiéndose cumplimentado el trámite de rigor pertinente y en uso de las facultades acordadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial,-

Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 6.502, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 20 de agosto del corriente año, mediante la cual se crea en la localidad de Vichigasta Departamento Chilecito, el Instituto Superior de Formación Técnica dependiente del Ministerio de Educación y Cultura de La Rioja sobre la base presupuestaria y organizativa del Profesorado para la Enseñanza Primaria con Orientación Rural de Vichigasta.
Artículo 2. El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Coordinador de Gobierno y por la Señora Ministro de Educación y Cultura y suscripto por el Señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3. Protocolícese, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Fdo.: Maza, A.E., Gdor. Herrera, L.B., M.C.G.
Vilches de Mercado, M.I., M.E. y C. Menem, E.A., S.G.G.

LEY N 6.524
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

ARTICULO 1º.- Declárase de Interés Provincial la ejecución de las Obras Eléctricas de "Extra Alta Tensión en 500 KV Recreo - La Rioja y Estación Transformadora de 500/132KV La Rioja y Línea de Alta Tensión en 132 KV Luján - Chepes/Chamical y Obras Complementarias".ARTICULO 2º.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que a través del Ente Unico de Control de Privatizaciones - EUCOP-, gestione la financiación para la realización de las Obras mencionadas en el Artículo 1º.ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el registro Oficial y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 113º Período Legislativo, a diecisiete días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y ocho. Proyecto presentado por el Bloque de Diputados Justicialistas.
Fdo.: Carlos Osvaldo Cerezo - Vicepresidente 1º Cámara de Diputados en ejercicio de la Presidencia Raúl Eduardo Romero - Secretario Legislativo DECRETO N 1015
La Rioja, 08 de octubre de 1998
Visto: el Expediente Código A N 00522 1/98, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/4/1999

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date13/04/1999

Page count13

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

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