Boletín Oficial de la República Argentina del 28/10/2003 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.264 1 Sección
Martes 28 de octubre de 2003

27

8, CTA-03 y, subsidiariamente, proceder a su reemplazo por el Dr. Héctor Manuel GUARAZ - Legajo Nº 25.277-8, CTA Int. 04 del numerario de la Dirección de Asuntos Legales.

Provincia de BUENOS AIRES con las vías de la Línea GENERAL MITRE Retiro - Tigre de la Red Ferroviaria Metropolitana a la altura del Kilómetro 22,047.

ARTICULO 2º Modifícase parcialmente por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, el Artículo 2º de la Disposición Nº 96/03 D.G.A., desafectándose al Sr. Director de Control Ctor. Gabriel Horacio CUOMO, Legajo Nº 28.393-2 como Juez Administrativo y, subsidiariamente, proceder conforme lo establece el Anexo de la Disposición Nº 88/02 RA ROSA.

Que dicho proyecto, que se desarrolla en el marco del PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO
DE BUENOS AIRES dentro del Subproyecto de Seguridad Vial financiado parcialmente por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO BIRF, es ejecutado por el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a través de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, en conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 1281 del 25 de noviembre de 1997.

ARTICULO 3º Aclárase que la Intervención a la Aduana de Concordia, tendrá una duración de SESENTA 60 días, renovables por períodos similares.
ARTICULO 4º Aclárase que el Interventor designado asume tal carácter por el término dispuesto, reteniendo los cargos y funciones en los que se viene desempeñando hasta el momento.
ARTICULO 5º Trasladar en comisión de servicio a la Aduana de Colón al Agente Eduardo Ramón Burgos, Leg. Nº 17.527-7, CTA-03. Por el tiempo que dure la intervención.
ARTICULO 6º Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Elévese a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Intervenga la Subdirección General de Contralor. Tomen conocimiento las Subdirecciones Generales de Legal y Técnica Aduanera, Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección de Control. Cumplido, archívese.
e. 28/10 Nº 430.393 v. 28/10/2003

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DVSAPLA 2. Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101. Edicto N 199.
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 diez días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la Oficina art. 1101 C.A. bajo apercibimiento de ley art. 1004 C.A.. Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción fiscal y la no registración del antecedente art. 930/932. Fdo.: Dr. GUILLERMO LUCANGELI, Jefe int.. INT División Secretaría de Actuación N 2.
EXPTE.

IMPUTADO

601768/97

SANTIAGO CHAVEZ CASTILLO

INFRACCION
986

MULTA
$ 653,04

e. 28/10 N 430.350 v. 28/10/2003
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101. Edicto N 221.
En el expediente N 607.132/96, por ignorarse domicilio, se cita a ALFREDO ANIBAL ALSINA, para que dentro de los 10 diez días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrezca todas las pruebas, bajo apercibimiento de rebeldía, conforme con lo prescripto en los arts. 1001/1010, 1101 y cc. del Código Aduanero, imputándosele la infracción tipificada en el art. 991 del citado ordenamiento legal. Deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de la Oficina art. 1101 C.A. bajo apercibimiento de ley art. 1004 C.A.. Se le hace saber que si dentro del plazo para contestar la vista realiza el pago de la multa mínima, cuyo importe asciende a la suma de $ 15.480,59 SON PESOS QUINCE
MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 59/100 producirá la extinción de la acción fiscal y la no registración del antecedente art. 930/932. Fdo.: Dr. ALBERTO JUAN FERNANDEZ, 2 Jefe Depto.
Contencioso.
e. 28/10 N 430.351 v. 28/10/2003

Que de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Convenio de Préstamo 4163-AR
suscripto con el BIRF según autorización otorgada por el decreto precitado, la UNIDAD EJECUTORA
DEL PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO DE BUENOS AIRES ha preparado los correspondientes documentos de licitación en base al documento estándar aprobado por el citado Banco, proponiendo enmiendas y agregados para cubrir cuestiones específicas relativas a las obras de que se trata, los cuales finalmente han sido acordados y aceptados por el mismo.
Que el proyecto ejecutivo y las especificaciones técnicas que forman parte de los documentos de licitación mencionados precedentemente fueron oportunamente intervenidos por la Municipalidad de SAN ISIDRO Provincia de BUENOS AIRES, por TRENES DE BUENOS AIRES S.A. TBA, por empresas concesionarias de los servicios ferroviarios de la Línea GENERAL MITRE, por la DIRECCION
PROVINCIAL DE SANEAMIENTO Y OBRAS HIDRAULICAS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y sus observaciones tenidas en cuenta al momento de la revisión definitiva de los mismos.
Que del informe producido por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO DE TRANSPORTE
URBANO DE BUENOS AIRES que obra de fojas 310 a 312 del expediente citado en el VISTO, se desprende que se ha cumplido o dispuesto lo conducente al oportuno cumplimiento de los requisitos previos a la iniciación de las obras, acordados en el Convenio de Préstamo antes mencionado, así como también los compromisos contraídos por las partes para la etapa previa a la iniciación de las obras en el Convenio de fecha 14 de julio de 1999 suscripto por esta Secretaría con la nombrada Municipalidad.
Que, en consecuencia, estando dadas las condiciones para licitar las obras de que se trata, procede, previa aprobación de los documentos de licitación, autorizar el correspondiente llamado a licitación pública.
Que resulta oportuno disponer lo conducente a la más ágil tramitación de las solicitudes de aclaración de los documentos de licitación que formulen los interesados.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 6ºdel Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003.
Que la medida a adoptar encuadra en las facultades otorgadas por el Artículo 5ºdel Decreto Nº 1281/97.
Por ello, EL SECRETARIO
DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1º Apruébanse los documentos de licitación que como ANEXO I forman parte integrante de la presente resolución, con el objeto de contratar la construcción de UN 1 paso vehicular y peatonal bajo nivel en la intersección de la Avenida CENTENARIO de la Municipalidad de SAN
ISIDRO Provincia de BUENOS AIRES con las vías de la Línea GENERAL MITRE de la Red Ferroviaria Metropolitana a la altura del Kilómetro 22,047.
ARTICULO 2º En base a los documentos aprobados por el artículo que antecede, autorízase a efectuar el correspondiente llamado a licitación pública, a cuyo efecto el aviso respectivo deberá publicarse en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y en diarios de circulación nacional.
ARTICULO 3º Pase a sus efectos a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO DE BUENOS AIRES dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, a la cual se faculta, además, a formular las aclaraciones que soliciten los interesados y modificaciones Cláusulas 9.1 y 10.1, Sección 1ºdel Pliego, respecto de los documentos de licitación aprobados por el Artículo 1º de la presente resolución.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

ARTICULO 4º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese; previa publicación en el Boletín Oficial de la Nación. Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretaría de Transporte.

Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101. Edicto N 222.
En el expediente N 601.274/97, por ignorarse domicilio, se cita a BLACK GAMA S.R.L., para que dentro de los 10 diez días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrezca todas las pruebas, bajo apercibimiento de rebeldía, conforme con lo prescripto en los arts. 1001/1010, 1101 y cc. del Código Aduanero, imputándosele la infracción tipificada en el art. 991 del citado ordenamiento legal.
Deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de la Oficina art. 1101 C.A. bajo apercibimiento de ley art. 1004 C.A.. Se le hace saber que si dentro del plazo para contestar la vista realiza el pago de la multa mínima, cuyo importe asciende a la suma de $ 5.043 SON PESOS CINCO MIL CUARENTA
Y TRES producirá la extinción de la acción fiscal y la no registración del antecedente art. 930/932.
Fdo.: Dr. ALBERTO JUAN FERNANDEZ, 2 Jefe Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 28/10 N 430.349 v. 28/10/2003

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución Nº 282/2003
Bs. As., 21/10/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0186305/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones tramita un proyecto de construcción de UN 1 paso vehicular y peatonal bajo nivel en la intersección de la Avenida CENTENARIO de la Municipalidad de SAN ISIDRO

NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La Documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Ciudad Autónoma de Buenos Aires e. 28/10 Nº 430.069 v. 28/10/2003

PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/10/2003 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha28/10/2003

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones9393

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/07/2024

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