Boletín Oficial de la República Argentina del 31/03/1993 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL I a Sección
Miércoles 31 de marzo de 1993 3

producto Extrapil del Laboratorio Finadiet S. A. C. I. F. e I.,
das en las inspecciones a cada establecimiento.

que la misma se fundamentó en la falta de antecedentes de la droga principio activo y la ausencia de datos sobre la inocuidad del producto terminado, por lo cual no correspondía la aprobación automática de la Resolución 330/88,
Que corresponde a los organismos pertinentes determinar las condiciones de producción y la oportunidad del momento de su reanudación.

Que es necesario proceder a cubrir el cargo creado en virtud de las normas citadas dentro de la mayor brevedad posible, atendiendo al mérito e idoneidad de quienes se hallen en condiciones de ejercer la función.

Que igualmente son los entes específicos los encargados de evaluar si los productos elaborados antes de las clausuras pueden ser comercializados.

Que se ha efectuado u n a exhaustiva y detenida evaluación de los candidatos que reúnen a satisfacción las cualidades requeridas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo Por ello, 20, inciso 5 de la "Ley de Ministerios" t. o.
1992.
EL MINISTRO DE
JUSTICIA
Por ello, RESUELVE:

que en el curso del sumario incoado surgieron nuevos elementos que, demostrando la inocuidad del producto, hacen conveniente rever la decisión, sin que ello signifique una minusvalia a la legitimidad y oportunidad de la medida precautoria adoptada, que en ese orden de cosas corresponde dejar sin efecto la suspensión sólo a partir de la fecha, desestimando en consecuencia el recurso de reconsideración interpuesto, que atento a la medida que se adopta por la presente, no corresponde tramitar el recurso jerárquico por carecer de objeto, que, no obstante ello, es necesario continuar la acción sumarial para determinar si hubo responsabilidad en el trámite impreso a la aprobación automática del producto en cuestión.
que han informado la Dirección de Drogas, Medicamentos y Alimentos y la Dirección Nacional de Regulación y Control y tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos,
Por ello, EL MINISTRO DE SALUD Y
ACCIÓN SOCIAL
RESUELVE:

EL MINISTRO DE
JUSTICIA
RESUELVE:

Articulo l s Déjanse sin efecto a partir de la fecha las clausuras de los Laboratorios EFA, BIOFAR-BIODER CLIMAX y LERSAN S. A., determinadas por las Resoluciones N8 979, 978
y 977 del 3 de octubre próximo pasado y Disposición N8 522/92 del 27 de noviembre de mil novecientos noventa y dos, disponiéndose, en relación a la comercialización de los productos elaborados hasta la fecha de la clausura y la producción y comercialización en el futuro, que la Secretaría de Salud, por intermedio de los organismos correspondientes, determinará su factibilidad de acuerdo a las normas vigentes.

Articulo 1 Nómbrase DEFENSOR DE
POBRES. INCAPACES Y AUSENTES ANTE LOS
TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL DE LA
CAPITAL FEDERAL, al señor doctor Mariano Patricio MACIEL D. N. I. N8 12.601.867.

Art. 2 Comuniqúese, publíquese, désele a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Julio C. Aráoz.

Por ello, EL MINISTRO DE SALUD Y
ACCIÓN SOCIAL
RESUELVE:

Articulo 1 Déjase sin efecto a partir de la fecha la suspensión de la comercialización del Ministerio de Justicia producto Extrapil del Laboratorio Finadiet S. A.
C. I. F. e I., dispuesta por la Resolución N 7 5 2 / JUSTICIA
92.
Resolución 3 1 8 / 9 3
Art. 2 Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto por dicha firma contra la Nómbrase Fiscal de Cámara ante los Tribunaaludida resolución por resultar incuestionable les Orales en lo Criminal de la Capital Fedela legitimidad de su dictado.
ral.
9

Art. 3 Deniégase la tramitación del recurso jerárquico en subsidio atento a la medida que se adopta por el artículo primero.
Art. 4 Por la Dirección General de Asuntos Jurídicos se continuará el sumario a efectos de determinar si hubo responsabilidad por trámite impreso a la aprobación automática del producto en cuestión, ordenándose asimismo un sumario administrativo disciplinario para determinar si cabe responsabilidad a algún agente.
Art. 5 Regístrese; comuniqúese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese, previa publicación en el Boletín Oficial.
Julio C. Aráoz.

Ministerio de Salud y Acción Social
SALUD PUBLICA

/

Resolución 2 9 1 / 9 3
Déjase sin efecto la clausura de los Laborato-t ríos EFA. BIOFAR-BIODER, CLIMAX y LERSANS. A.
Bs. As.. 2 5 / 3 / 9 3
VISTO, el expediente N8 2002-2002/93-2 del Registro del Ministerio de Salud y Acción Social y,
CONSIDERANDO:

Bs. As.. 2 5 / 3 / 9 3
VISTO las Leyes Nros. 24.121 y 24.134. y CONSIDERANDO:
Que es necesario proceder a cubrir el cargo creado en virtud de las normas citadas dentro de la mayor brevedad posible, atendiendo al mérito e idoneidad de quienes se hallen en condiciones de ejercer la función.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20, inciso 5 de la "Ley de Ministerios" t. o.
año 1992.

Articulo 1 Nómbrase FISCAL DE CÁMARA ANTE LOS TRIBUNALES ORALES EN LO
CRIMINAL FEDERAL DE LA CAPITAL FEDERAL, al señor doctor Enrique Alberto LOTERO
Mat. N8 5.664.230.
Art. 2 9 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge L. Maiorano.

Ministerio de Justicia
JUSTICIA
Ministerio de Justicia
Resolución 3 2 2 / 9 3

JUSTICIA

Nómbrase Defensor de Pobres, Incapaces y Ausentes ante los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal.

Resolución 3 2 0 / 9 3
Nómbrase Defensor de Pobres, Incapaces y Ausentes ante los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal.

Bs. As., 2 5 / 3 / 9 3
VISTO las Leyes Nros. 24.121 y 24.134, y CONSIDERANDO:

Bs. As., 2 5 / 3 / 9 3
VISTO las Leyes Nros. 24.121 y 24.134, y CONSIDERANDO:
Que es necesario proceder a cubrir el cargo creado en virtud de las normas citadas dentro de la mayor brevedad posible, atendiendo al mérito e idoneidad de quienes se hallen en condiciones de ejercer la función.
Que se ha efectuado una exhaustiva y detenida evaluación de los candidatos que reúnen a satisfacción las cualidades requeridas.

Que es necesario proceder a cubrir el cargo creado en virtud de las normas citadas dentro de la mayor brevedad posible, atendiendo al mérito e idoneidad de quienes se hallen en condiciones de ejercer la función.
Que se ha efectuado una exhaustiva y detenida evaluación de los candidatos que reúnen a satisfacción las cualidades requeridas.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20, inciso 5 de la "Ley de Ministerios" t. o.
año 1992.

Que la presente medida se dicta en uso de Por ello, las atribuciones conferidas por el artículo 20, inciso 5 de la "Ley de Ministerios" t. o. EL MINISTRO DE
año 1992.
JUSTICIA
RESUELVE:
Por ello, Que la presente medida se dicta en uso de Articulo 1 Nómbrase DEFENSOR DE
las atribuciones conferidas por el artículo Eb MINISTRO DE
POBRES, INCAPACES Y AUSENTES ANTE LOS
20, inciso 5 de la "Ley de Ministerios" t. o. JUSTICIA
TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL DE LA
año 1992.
RESUELVE:
CAPITAL FEDERAL, al señor doctor Julián Horacio LANGEVIN D. N. I. N8 14.851.132.
Por ello.
Articulo 1" Nómbrase DEFENSOR DE
POBRES. INCAPACES Y AUSENTES ANTE LOS
Art. 2 S Comuniqúese, publíquese, dése a la EL MINISTRO DE
TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL DE LA Dirección Nacional del Registro Oficial y archíJUSTICIA
CAPITAL FEDERAL, al señor doctor Gustavo vese. Jorge L. Maiorano.
RESUELVE:
Alberto FERRARI D. N. I. N8 14.120.326.
Que se ha efectuado u n a exhaustiva y detenida evaluación de los candidatos que reúnen a satisfacción las cualidades requeridas.

Articulo 1 Nómbrase FISCAL DE CÁMAArt. 2 Comuniqúese, publíquese, dése a la RA ANTE LOS TRIBUNALES ORALES EN LO Dirección Nacional del Registro Oficial y archíCRIMINAL DE LA CAPITAL FEDERAL, al señor vese. Jorge L. Maiorano.
doctor José Gabriel CHAKASS D. N. I. N8
10.923.004.
Art. 2 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge L. Maiorano.

Ministerio de Justicia
Que por sendas Resoluciones se ha procedido a la clausura de los Laboratorios de Ministerio de Justicia Especialidades Medicinales EFA, BIOFARBIODER CLIMAX y LERSAN S. A., de JUSTICIA
acuerdo a las constancias obrantes en las respectivas actuaciones.
Resolución 3 1 9 / 9 3

Resolución 3 2 1 / 9 3

/

Nómbrase Defensor de Pobres, Incapaces y Ausentes ante los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal.
Bs. As.. 2 5 / 3 / 9 3
VISTO las Leyes Nros. 24.121 y 24.134, y
JUSTICIA

Ministerio de Justicia
JUSTICIA

Que oportunamente se han iniciado actuaciones sumariales para dilucidar responsabilidades por las trasgresiones documenta-

Que se ha efectuado una exhaustiva y detenida evaluación de los candidatos que reúnen a satisfacción las cualidades requeridas.

Art. 2 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge L. Maiorano.

CONSIDERANDO:

Que han cesado las causales que provocaron la inminencia de peligros paira la salud pública.

dentro de la mayor brevedad posible, atendiendo al mérito e idoneidad de quienes se hallen en condiciones de ejercer la función.

Resolución 3 2 3 / 9 3

Nómbrase Fiscal de Cámara ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital Federal.
Bs. As.. 2 5 / 3 / 9 3
VISTO las Leyes Nros. 24.121 y 24.134, y CONSIDERANDO:
Que es necesario proceder a cubrir el cargo creado en virtud de las normas citadas -.-i- -i .!-, .:r_ ,r.-t-i.fi:jb
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Nómbrase Defensor de Pobres, Incapaces y Ausentes ante los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal.
Bs. As., 2 5 / 3 / 9 3
VISTO las Leyes Nros. 24.121 y 24.134. y CONSIDERANDO:
Que es necesario proceder a cubrir el cargo creado en virtud de las normas citadas dentro de la mayor brevedad posible, atendiendo al mérito e idoneidad de quienes se hallen en condiciones de ejercer la función.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/03/1993 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha31/03/1993

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9419

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/08/2024

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