Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/1993 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 17 de marzo de 1993 2

BOLETÍN OFICIAL 1 Sección Por ello,
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Articulo 1 Nómbrase JUEZ DE CÁMARA
DE LOS TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL DE LA CAPITAL FEDERAL TRIBUNAL
N9 7, al señor doctor J u a n Carlos URSI
D. N. I. N9 4.740.498.

Articulo 1 Nómbrase JUEZ DE CÁMARA
DE LOS TRIBUNALES;ORALES EN LO CRIMINAL DE LA CAPITAL FEDERAL TRIBUNAL
N9 6, al señor doctor Guillermo Jorge YACOBUCCl D.N.I. N9 12.085.798.

Art. 2 9 Comuniqúese, publiquese. dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge L. Maiorano.

Art. 2 Comuniqúese, publiquese. dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge L. Maiorano.

accesorias legales y costas, impuesta en la causa número 2252 del registro del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Sentencia Letra "B". por ser autor de los delitos de robo en lugar poblado y en banda, robo reiterado tres 3 hechos hurto reiterado
tres 3 hechos y estafa reiterada dos 2
hechos. todos en concurso real entre si.
Art. 2Comuniqúese, publiquese. dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge L. Maiorano.

fFttSiilQJiiil ibtUMáiÉN

JUSTICIA

/

INDULTOS

/

Decreto 4 4 0 / 9 3

Decreto 4 3 5 / 9 3

Nómbrase Juez de Cámara de los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal, Tribunal N 6.

Indúltase a un interno.

Resolución 2 0 4 / 9 3

Bs. As., 16/3/93

Bs. As., 16/3/93

VISTO el expediente número 87.135/92 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, en el cual se peticiona el indulto en favor del interno Roberto SOSA, y
Nómbrase Asesor de Menores en los Tribunales Orales de Menores de la Capital Federal.

VISTO las leyes Nros. 24.121 y 24.134. el acuerdo prestado por el Honorable Senado de la Nación y en uso de las facultades que le otorga el artículo 86, inciso 5 de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Articulo 1" Nómbrase JUEZ DE CÁMARA
DE LOS TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL DE LA CAPITAL FEDERAL, TRIBUNAL N" 6.
al señor doctor Leonardo José DE MARTINI
D. N. I. NB 11.528.671.
Art. 2Comuniqúese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge L. Maiorano.

JUSTICIA
Decreto 4 4 1 / 9 3

/

Nómbrase Juez de Cámara de los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal, Tribunal N9 7.
Bs. As.. 16/3/93
VISTO las leyes N" 24.121 y 24.134. el acuerdo prestado por el Honorable Senado de la Nación y en uso de las facultades que le otorga el artículo 86, inciso 5 de la Constitución Nacional.
Por ello.
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Articulo 1 Nómbrase JUEZ DE CÁMARA
DE LOS TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL DE LA CAPITAL FEDERAL TRIBUNAL
N 7 al señor doctor Ricardo Manuel ROJAS
D.N.I. N9 12.447.463.
Art. 2Comuniqúese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge L. Maiorano.

/

comunicado oficialmente y remitido el precinto en uso por la Dirección Nacional de Aduanas de Chile NA38-092/93. correspondiendo, en consecuencia, la Incorporación del modelo de precinto en el Anexo VIII
de la Resolución citada.
,
Ministerio de Justicia
Decreto 4 4 2 / 9 3 /
Nómbrase Juez de Cámara de los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal, Tribunal N 6.
Bs. As.. 16/3/93
VISTO las leyes N- 24.121 y 24.134. el acuerdo prestado por el Honorable Senado de la Nación y en uso de las facultades que le otorga el artículo 86, Inciso 5 de la Constitución Nacional.

Bs. As.. 11/3/93
VISTO las leyes 24.121 y 24.134. y
CONSIDERANDO:
Que el presente acto de gobierno se adopta en el marco de la comprensión y sentido de la solidaridad que debe alcanzar a aquellas personas privadas de su libertad, que han realizado a lo largo de su detención, u n excepcional esfuerzo por resocializarse.
Que el peticionante ha demostrado u n acabado ejemplo de superación, al obtener el título universitario de abogado, y ser en la actualidad un estudiante avanzado en la carrera de psicología, lo que analizado en conjunto con otras opiniones de carácter técnico, hacen aconsejable la medida de gracia ahora propuesta.
Que en el caso en cuestión resulta procedente, dentro del régimen de excepcionalidad en que se inscribe el indulto, demostrar que el gobierno, como intérprete del mandato social, no resulta insensible frente al esfuerzo practicado en aras de alcanzar la reinserción en la sociedad.
Que la medida se encamina también, a traslucir un claro mensaje al resto de la población carcelaria, en el sentido que, conductas como la señalada, obtienen una Justa compensación del Estado.
Que por otra parte se ha cumplido el objetivo de la pena, esto es, el lograr la readaptación social como un elemento útil para sí mismo y para la comunidad.
Que en este sentido, según constancias del expediente, el beneficiario, que fuera condenado a la pena única de veinte años de prisión lleva cumplidos en la actualidad más de dieciséis años y once meses de detención.

CONSIDERANDO:
Que es necesario proceder a cubrir el cargo creado en virtud de las normas citadas dentro de la mayor brevedad posible, atendiendo al mérito e idoneidad de quienes se hallen en condiciones de ejercer la función.
Que se ha efectuado una exhaustiva y detenida evaluación de los candidatos que reúnen a satisfacción las cualidades requeridas.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20. inciso 5 de la Ley de Ministerios t. o.
año 1992.

favorable de los organismos penitenciarios respectivos, obrando en el expediente los informes producidos por el tribunal Judicial competente, con arreglo a la exigencia constitucional.

EL MINISTRO
DE JUSTICIA
RESUELVE:
Articulo 1 Nómbrase ASESOR DE MENORES EN LOS TRIBUNALES ORALES DE MENORES DE LA CAPITAL FEDERAL, a la señora doctora Silvana Liliana CÉSPEDES
D. N. I. N9 12.205.447.
Art. 2 9 Comuniqúese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge L. Maiorano.

Que asimismo ha emitido dictamen la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de origen.
Que el articulo 86 inciso 6 de la Constitución Nacional acuerda al Poder Ejecutivo Nacional la facultad de conceder indultos.

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Articulo 1 Indúltase al señor Roberto SOSA D.N.I. N9 11.773.747 quien fuera condenado en la causa número 2851, del registro del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Sentencia Letra "D", a la pena única de VEINTE 20 años de prisión, accesorias legales y costas, comprensiva de la pena de ONCE 11 años de prisión, accesorias legales y costas que se le impusiera en dicha causa como coautor del delito de robo agravado por muerte, y de la pena de DIEZ 10 años de prisión,
Resolución 4 5 8 / 9 3

Que, por Otra parte, en el Apartado 2.4
del Acta citada en el VISTO, se acordó la identificación de los precintos aduaneros por u n código alfanumérico que comienza con las letras "MS" seguido de un guión y la inicial de la primera letra del pais y luego una numeración de seis dígitos que será correlativa por pais, acordándose, además, que cada Aduana informará a su contraparte de los tres países la cantidad de precintos emitidos para un mejor control.
Que habiéndose procedido a la confección de los precintos en la forma señalada, corresponde ponerlos en vigencia a partir del 1 de abril del año en curso, en armonía con lo acordado en la VIII
Reunión del Subgrupo Técnico, donde se recomendó la comunicación de los nuevos modelos de precinto con suficiente antelación para el conocimiento de todas las Aduanas del MERCOSUR
Que, en consecuencia, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 23, inciso i de la Ley 22.415,
Por ello,
ADMINISTRACIÓN NACIONAL
Que se ha tenido en cuenta la opinión DE ADUANAS

Por ello.

JUSTICIA

JUSTICIA

/

Apruébanse normas relativas al Reconocimiento de Precintos - Nóminas de Países y Modelos y Precintos MS-A y ANA para las Unidades de Transporte con destino a los Países de la Región.
Bs. As., 10/3/93
VISTO la Resolución 2382/91 relativa al Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre y el Acta de la V! Reunión del Subgrupo Técnico N9 2 "ASUNTOS
ADUANEROS" del Grupo Mercado Común del Sur, realizada en Montevideo del 17 al 18 de Junio de 1992 y CONSIDERANDO:
Que. por Resolución 2783/92 se incorporó a la República de Chile a la nómina de países para el uso del MIC/DTA. según Anexo Vil "A" de la misma.
Que mediante Nota N9 0 9 1 / 9 3 del Administrador de la Aduana de los Andes, fue
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE ADUANAS
RESUELVE:
Articulo 1 Aprobar el índice Temático que se detalla en el Anexo I "A" de la presente: El Anexo VIII "A" referente al RECONOCIMIENTO
DE PRECINTOS - NOMINA DE PAÍSES Y MODELOS. y el Anexo V1II/I PRECINTOS MS-A Y ANA
PARA LAS UNIDADES DE TRANSPORTE CON
DESTINO A LOS PAÍSES DE LA REGIÓN, que forman parte integrante de la presente Resolución, que reemplazan a los Anexos I y VIII de la Resolución 2382/91.
Art. 2 9 Derogar los Anexos I y VIH de la Resolución 2382/91 BAÑA N9 8/92.
Art. 3 El Anexo VIII/I regirá a partir del l 9
de abril de 1993. aplicándose hasta esa fecha el precinto ANA, cuyo modelo obra en ese ANEXO, para todos los países.
Art. 4 Remítase copia del precinto a las Direcciones Nacionales de Aduana de los países I n t e g r a n t e s del MERCOSUR y comuniqúese la cantidad de precintos emitida 301.000 unidades, con la numeración 000001 a 301.000. Cumplido, por la Secretaria del Interior, remítase u n ejemplar de los precintos a las Aduanas de frontera con los países integrantes del MERCOSUR para que procedan a la entrega oficial a su contraparte en la frontera con el otro pais.
Art. 5" Regístrese en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Remitase copla a la Secretaria de Ingresos Públicos. Remítase copia a la Dirección Nacional de Aduanas de Chile, a la Secretaria del Mercosur, a la Secretaría de ALADI y a la Secretaría del Convenio de Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduana de América Latina. España y Portugal. Gustavo A.
Partno.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/1993 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha17/03/1993

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones9419

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/08/2024

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