Boletín Oficial de la República Argentina del 16/03/1993 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL 1 Sección Conmúlanse las penas de multas aplicadas a TELEVISIÓN FEDERAL SOCIEDAD ANÓNIMA
TELEFE mediante la Resolución N 127COMFER/92, las cuales quedarán reducidas, en cada caso y a la fecha de su imposición al DIEZ POR CIENTO 10 % de sus montos.
Déjase establecido, a los fines de lo previsto por el artículo 54 inciso c de la reglamentación de la Ley NB 22.285 aprobada por Decreto Na 286/81
y sus modificatorios y de lo prescripto por la Resolución Ns 133-COMFER/83, que lo dispuesto en el párrafo anterior no tendrá efectos de ninguna índole.
Decreto 381
Bs. As., 8 / 3 / 9 3
Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por el agente de la DIRECCIÓN
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SECRETARIA DE DEPORTES de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, Norma Jorgelina Mora, contra la Resolución Na 94/92 SDPN, por la que se dispuso su traslado transitorio al CENTRO RECREATIVO NACIONAL.

Martes 16 de marzo de 1993 3

Decreto 383

CONSIDERANDO:

Bs. As., 8/3/93

Que deben explicitarse los coeficientes de conversión previstos en el artículo I a de la Resolución Ns 256/93 del MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
para la licitación de PETROQUÍMICA BAHÍA BLANCA S. A.

Dése por autorizado el desplazamiento del Secretario de Ciencia y Tecnología de la Presidencia de la Nación, doctor Raúl Floreal Matera a la ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay, del 29 al 31 de enero de 1993, donde participó del Foro de "Reflexión sobre Ciencia, Tecnología y Etica".

Que a tal efecto deben establecerse los coeficientes para la Deuda Pública Extema y para la Deuda Pública Interna.
Por ello, EL SECRETARIO DE
HACIENDA
RESUELVE:

Decreto 396

Articulo 1 Determínanse como coeficientes de equivalencia a los efectos previstos en el articulo 1 de la Resolución Na 256/93 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS, los siguientes:

Bs. As., 10/3/93
Autorizase el desplazamiento del Secretario de Medios de Comunicación de la Presidencia de la Nación, Raúl Horacio Burzaco, a la ciudad de Madrid Reino de España entre los días 17 de marzo y l 9 de abril de 1993, a efectos de realizar toda la coordinación en materia de prensa oficial de las actividades que desarrollará el Primer Magistrado en su visita oficial.

Deuda Pública Externa:
Bonos de Descuento por capital
0,69

Bonos a la Par por capital
"

Por intereses a computar hasta la fecha de preadjudicación
0,49
1,00

Deuda Pública Interna:
Bonos de Consolidación Previsionales en U$S y en Pesos
0,60

Bonos de Consolidación en U$S y en Pesos
0,49

Art. 2 Comuniqúese al MINISTERIO DE DEFENSA para que notifique a los interesados.
Art. 3" Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ricardo A Gutiérrez.
Secretaria de Hacienda Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
DEUDA PUBLICA
Resolución 5 0 / 9 3
Determínanse coeficientes de equivalencia para la Deuda Pública Externa e Interna.

COMERCIO EXTERIOR

Bs. As., 11/3/93

Resolución 2 4 8 / 9 3

VISTO las Resoluciones N9 551 del 29 de abril de 1992, N9 873 del 20 de Julio de 1992, N9 1362 del 30 de noviembre de 1992 y N9 256 del 11 de marzo de 1993 del MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y
Deniégase la imposición de derechos antidumping en operaciones de importación de planchas presensibilizadas para offset procedentes de la República Federativa del Brasil.

CONSIDERANDO:

Bs. As., 10/3/93
Que deben explicitarse los coeficientes de conversión previstos en el artículo l 9 de la 9
Resolución N9 256/93 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS VISTO el Expediente N 83.407/85, del Registro de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA Y
para la licitación de CENTRALES TÉRMICAS DEL NOROESTE S. A y de CENTRALES
TÉRMICAS DEL NEA S. A
COMERCIO EXTERIOR y Que a tal efecto deben establecerse los coeficientes para la Deuda Pública Externa y para la Deuda Pública Interna.
Por ello,
EL SECRETARIO DE
HACIENDA
RESUELVE:
Articulo 1" Determínanse como coeficientes de equivalencia a los efectos previstos en el artículo 1 de la Resolución N9 256/93 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS, los siguientes:
Deuda Pública Externa:
Bonos de Descuento por capital
0,69

Bonos a la Par por capital
0.49

Por intereses a computar hasta la fecha de preadjudicación
1,00

Deuda Pública Interna:
Bonos de Consolidación Previsionales en USS y en Pesos
0,60

Bonos de Consolidación en USS y en Pesos
0,49

CONSIDERANDO:
Que por Resolución ex-SS. P. E. N 8 del 3
de enero de 1989 se declaró procedente la apertura de la Investigación relativa a la existencia de dumping en importaciones de planchas presensibilizadas para offset provenientes de la REPÚBLICA FEDERATIVA
DEL BRASIL.
Que la apertura de la investigación se dispuso en virtud de la amenaza de daño que tales importaciones podrían causar a la industria nacional.
Que los volúmenes importados en los años 1989 y 1990 resultaron inferiores a los del año 1988, no evidenciándose cambios significativos en la tendencia de las importaciones del año en curso.
Que del análisis efectuado se ha comprobado que en el presente caso no se ha concretado la amenaza de daño en los términos del Artículo 687 de la Ley 22.415 como para dar
lugar a la imposición de derechos antidumping.
Que en consecuencia no se ha verificado ninguno de los supuestos descriptos en el Artículo 687 de la Ley 22.415 en los cuales correspondería la aplicación de Derechos Antidumping.
Que el Servicio Jurídico del MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS ha tomado la debida intervención, opinando que la medida propuesta es legalmente viable.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 720 de la Ley 22.415.
Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBUCOS
RESUELVE:
Artículo 1 Deniégase la imposición de derechos antidumping en operaciones de importación de planchas presensibilizadas para offset, procedentes de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, que se despachan a plaza por la posición de la Nomenclatura Arancelaria y Derechos de Importación 37.01.00.01.99.
dándose por concluida la presente investigación.
Art. 2" Notífiquese a través de la Dirección de Despacho de la SECRETARIA DE INDUSTRIA
Y COMERCIO, a la CÁMARA DE INDUSTRIALES
GRÁFICOS y a las firmas CROMORAME S. R. L.
y QUÍMICA HOECHST S. A.
Art. 3Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Domingo F. Cavallo.

Art. 2" Comuniqúese a AGUA Y ENERGÍA ELÉCTRICA para que notifique a los interesados.
Art. 3 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ricardo A. Gutiérrez.

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
INSTITUTO NACIONAL DE ACCIÓN COOPERATIVA
Resolución N 2 4 9 / 9 3
Secretaria de Hacienda
DEUDA PUBLICA
Resolución 5 1 / 9 3
Determínanse coeficientes de equivalencia para la Deuda Pública Externa e Interna.

Apruébase el arancelamlento de loa servicios que presta el citado Organismo.
Bs. As., 10/3/93
VISTO el Expediente NB 24.034/91 del registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS referido a la presentación del INSTITUTO NACIONAL DE ACCIÓN
COOPERATIVA en relación con el Decreto N9 1757/90, y
Bs. As., 11/3/93

CONSIDERANDO:

VISTO las Resoluciones N9 551 del 29 de abril de 1992, Ns 873 del 20 de julio de 1992, N9 1362 del 30 de noviembre de 1992 y N9 256 del 11 de marzo de 1993 del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y
Que el decreto citado dispuso en su artículo 9 a que todos los entes centralizados o descentralizados del Estado Nacional que presten gratuitamente servicios al sector privado y/o al sector público, cuya prestación se encuentre arancelada, deberá cesar tal gratuidad.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/03/1993 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha16/03/1993

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones9418

Primera edición02/01/1989

Ultima edición05/08/2024

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