Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 13/12/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 13 DE DICIEMBRE DE 2023

5, con domicilio en Echage 6455, Santa Fe, provincia de Santa Fe; Enrique Federico Valli, argentino, nacido el 29 de mayo de 1971, casado, de ocupación comerciante, DNI 22.087.487, CUIT 20-22087487-8, con domicilio en Echage 6455, Santa Fe, provincia de Santa Fe; Gabriel Enrique Valli, argentino, nacido el 02 de septiembre de 1965, divorciado, de ocupación comerciante, DNI 17.222.941, CUIT 20-17222941-8, con domicilio en Ruta Provincial Nº1 km 9,5 Country Ubajay, San José del Rincón, provincia de Santa Fe; María Cristina Bellmann, argentina, nacida el 9 de abril de 1952, casada, de profesión Contador Público Nacional, DNI
10.229.185, CUIT 27-10229185-4, con domicilio en 9 de Julio 3131, Santa Fe, provincia de Santa Fe; Laura Daniela Valli, argentina, nacida el 05 de abril de 1968, divorciada, de ocupación comerciante, DNI 20.180.180, CUIT 27-20180180-5, con domicilio en Echage 6455, Santa Fe, provincia de Santa Fe; Marta Vilma Belotti, argentina, nacida el 15 de enero de 1945, casada, de ocupación comerciante, DNI 4.823.924, CUIT 27
04823924-8, con domicilio en Echage 6455, Santa Fe, provincia de Santa Fe; German Enrique Lorenzón, argentino, nacido el 10 de febrero de 1981, soltero, de profesión Licenciado en Economía, DNI 28.731.007, CUIT 20-28731007-3, con domicilio en Ohiggins 1510, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Esteban Javier Valli, argentino nacido el 2 de junio de 1968, casado, de ocupación comerciante, DNI 20.319.308, CUIT 2020319308-5, con domicilio en Javier de la Rosa 391, Santa Fe, provincia de Santa Fe. 6 Designación de los miembros de la comisión fiscalizadora. Toma la palabra el Sr. Esteban Javier Valli y propone designar a los Sres. Leonardo Martin Biaggini, Pablo Maximiliano Theiler y Martin Miguel Valli como síndicos titulares de la comisión fiscalizadora y a los Sres.
Diego Osvaldo Colono, Leandro Andres Nykolajczuk y Francisco Javier Gonzalez Donna, como síndicos suplentes de la comisión fiscalizadora.
Sometida la moción a consideración de la misma es aprobada por todos los accionistas quienes representan el 100% del capital social. Santa Fe, de diciembre de 2023.
$ 500
512504
Dic. 13


GRUPO HORIZONTE S.R.L.

MODIFICACION DE CONTRATO

Por disposición del Señor Juez de 1º Instancia en lo Civil y Comercial de la 1 Nominación a cargo del Registro Público, ordénese la publicación por el término de 5 días del siguiente aviso referido a la modificación del contrato social de GRUPO HORIZONTE S.R.L.
En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los 26 días del mes de septiembre de dos mil veintitrés, entre: ANALÍA VIVIANA YANNANTUONI, titular de DNI N 12.748.768, CUIL/T 27-12748768-0, argentina, nacida el 23 de Abril de 1957, casada en primeras nupcias con Adelqui Raúl Molaro, domiciliada en calle Laprida N 255 de la ciudad de Capitán Bermúdez, Santa Fe, de profesión comerciante; SEBASTIÁN ALFREDO
YANNANTUONI, DNI 25.853.889, CUIT 20-258538898, argentino, nacido el 31 de agosto de 1977, soltero, con domicilio en Chaco N 715 de la ciudad de Granadero Baígorria, Santa Fe, de profesión comerciante; FABIÁN ALEJANDRO YANNANTUONI, DNI 27.749.015, CUIT 2027749015-4, argentino, nacido el 17 de diciembre de 1979, casado, con domicilio en Presidente Perón N 101 de la ciudad de Capitán Bermúdez, Santa Fe, de profesión comerciante, todos ellos hábiles para contratar y en su carácter de socios de Grupo Horizonte S.R.L. inscripta en Contratos del Registro Público de Comercio al Tomo 162 Folio 6671 N450, el 31 de marzo de 2011, CUIT 30-71176028-4, acuerdan:
PRIMERO: ANALÍA VIVIANA YANNANTUONI, DNI N 12.748.768, titular de la cantidad de dos mil2000 cuotas sociales de valor nominal pesos cien cada una, cede a favor de: SEBASTIÁN ALFREDO YANNANTUONI la cantidad de mil 1000 cuotas de capital de valor nominal pesos cien cada una, en $1.750.000 pesos un millón setecientos cincuenta mil y a FABIÁN ALEJANDRO YANNANTUONI la cantidad de mil 1000 cuotas de capital de valor nominal pesos cien cada una, en $1.750.000 pesos un millón setecientos cincuenta mil SEGUNDO: En virtud de las cesión efectuada ANALÍA VIVIANA YANNANTUONI queda separado totalmente a partir de la fecha de cesión de la sociedad GRUPO HORIZONTE S.R.L. como socio, declarando que nada tiene que reclamar por ningún concepto en el futuro de dicha sociedad, ni tampoco contra ninguno de los integrantes de la misma. Por el otro lado, SEBASTIÁN ALFREDO YANNANTUONI, y FABIÁN ALEJANDRO YANNANTUONI , manifiestan que aceptan esta cesión, venta y transferencia de cuotas realizadas a su favor y se hacen cargo de todos los derechos y obligaciones emergentes de la misma.
TERCERO: Con motivo de la cesión de cuotas efectuada la cláusula cuarta del contrato social referida al Capital Social, queda redactada de la siguiente manera:
CUARTA: Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos tres millones trescientos mil $ 3.300.000.-, representado por treinta y tres mil cuotas de capital de Pesos cien $ 100.- cada una, suscribiendo:

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SEBASTIÁN ALFREDO YANNANTUONI, la cantidad de dieciséis mil quinientas 16.500 cuotas de capital de pesos cien cada una, o sea pesos un millón seiscientos cincuenta mil $1.650.000, y FABIÁN ALEJANDRO
YANNANTUONI, la cantidad de dieciséis mil quinientas 16500 cuotas de capital de pesos cien cada una, o sea pesos un millón seiscientos cincuenta mil $ 1.650.000. El capital social se encuentra integrado en su totalidad por los socios.
CUARTO: Modificar la cláusula SÉPTIMA del contrato social estableciendo que la Administración estará a cargo uno o más gerentes, socios o no, a tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de Socio Gerente o Gerente, según el caso,precedida de la denominación social, actuando en forma indistinta, cualesquiera de ellos cuando se hubieran designado más de un gerente. Los gerentes tienen todas las facultades para administrar y disponer de los bienes sociales, incluso para los cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 1.881 de Código Civil y artículo 9 del Decreto Ley 5965/63, con la excepción de constituir fianzas, avales y/o garantías a favor de terceros por cualquier asunto, operación o negocio vinculados o no a la actividad de la sociedad. Podrán en consecuencia, con la salvedad antes mencionada, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al objeto social, entre ellos: operar con toda clase de bancos y/o cualquier otra clase de entidad o institución crediticia o financiera de cualquier índole, otorgar poderes a favor de cualquiera de los socios o terceras personas para representarla en todos los asuntos judiciales, extrajudiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellos fueren, haciéndose constar que la presente reseña es meramente enunciativa.
QUINTO: Con motivo de la modificación efectuada la cláusula SÉPTIMA
del contrato social referida a la Administración, queda redactada de la siguiente manera: SÉPTIMA: Administración: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas, en forma individual e indistinta con el aditamento de Socio Gerente o Gerente, precedida de la denominación social. Los gerentes tienen todas las facultades para administrar y disponer de los bienes sociales, incluso para los cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 1.881
de Código Civil y artículo 9 del Decreto Ley 5965/63, con la excepción de constituir fianzas, avales y/o garantías a favor de terceros por cualquier asunto, operación o negocio vinculados o no a la actividad de la sociedad.
Podrán en consecuencia, con la salvedad antes mencionada, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al objeto social, entre ellos: operar con toda clase de bancos y/o cualquier otra clase de entidad o institución crediticia o financiera de cualquier índole, otorgar poderes a favor de cualquiera de los socios o terceras personas para representarla en todos los asuntos judiciales, extrajudiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellos fueren, haciéndose constar que la presente reseña es meramente enunciativa.
SEPTIMO: Designar como gerente de la sociedad a SEBASTIÁN ALFREDO YANNANTUONI, DNI 25.853.889, CUIT 20-25853889-8, argentino, nacido el 31 de agosto de 1977, soltero, con domicilio en Chaco N
715 de la ciudad de Granadero Baigorria, Santa Fe, de profesión comerciante, Y a NORALI FERNANDEZ, DNI 27.081.952,CUIT 23-270819524, argentina, nacida el 6 de febrero de 1979, soltera, con domicilio en Chaco N 715 de la ciudad de Granadero Baigorria, Santa Fe, de profesión comerciante, quienes actuarán en forma individual e indistinta, cualesquiera de ellos.
OCTAVO: Modificar la cláusula SEGUNDA del contrato social, estableciendo que la sociedad tendrá su domicilio legal en la calle Saavedra n 2020, de la Ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe. Quedando redactada de la siguiente manera:
SEGUNDA: la sociedad tendrá su domicilio en la calle Saavedra n2020
de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, pudiendo trasladarse y establecer sucursales, o representaciones en cualquier lugar del país o el extranjero.
$2750
511755
Dic. 12 Dic. 18


GUIVE S.R.L.

MODIFICACION DE CONTRATO

Por disposición del Sr. Juez del Registro Público de Comercio, se hace saber que en autos: GUIVE S.R.L. s/ MODIFICACION DE CONTRATO
SOCIAL-21-05212265-9 que se tramitan ante el Registro Público, Santa Fe, Se publican los presentes edictos a los fines de hacerse saber que los socios han celebrado en fecha 09 de Agosto de 2023 un convenio de cesión de cuotas conforme las siguientes clausulas: PRIMERO: Los socios VERONICA WALQUIRIA VILLEGAS Y RUIZ GUILLERMO RICARDO manifiestan su voluntad de prorrogar GUIVE SRL por treinta años desde la fecha, ampliando el plazo indicado en la cláusula segunda del contrato social-SEGUNDO: EL CEDENTE, RUIZ GUILLERMO RICARDO cede, y transfiere la totalidad a favor de EL CESIONARIO RUIZ RAFAEL LEANDRO, dni n21.816.463,argentino, casado, mayor de edad, domiciliado en calle Cordoba n2933 de la ciudad de Santa Fe, el 501 de las cuotas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 13/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha13/12/2023

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones704

Primera edición03/05/2002

Ultima edición04/07/2024

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