Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 6/12/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN
OFICIAL

DICIEMBRE

RegistroNacional delaPropiedad IntelectualNº122358

PROVINCIA DE SANTA FE CUNA DE LA CONSTITUCION
Año CV / Santa Fe, Miercoles 06 de Diciembre de 2023 /

DECRETO PROVINCIAL

DECRETO Nº 2794

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional 30 NOV 2023

VISTO
El Expediente N 00320-0005474-7 del registro del S.I.E. relacionado con la Política Salarial para el personal comprendido en los Escalafones Policial, y del Servicio Penitenciario e Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias I.A.P.I.P.: y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de las pautas salariales propuestas respecto a los agentes de distintos sectores de la Administración Pública Provincial, devino necesario definir la Política Salarial específica para el personal comprendido en los Escalafones Policial y del Servicio Penitenciario e Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias I.A.P.I.P.;
Que en este orden, y en virtud de las posibilidades económicas y financieras del Tesoro Provincial, el Poder Ejecutivo intenta obtener un razonable equilibrio entre las mismas y la preservación del poder adquisitivo de los agentes precitados, en razón de lo cual se pretende continuar el camino hacia la recuperación del salario de los trabajadores;
Que en atención a ello por el Decreto N 1838/23 se consideró oportuno disponer una modificación de los salarios de la totalidad de los agentes incluidos en los citados escalafones con el aumento del veinticinco por ciento 25% a partir del 1 de Agosto de 2023, un incremento del siete por ciento 7% a partir del 1 de Septiembre, un incremento del siete por ciento 7% a partir del 1 de Octubre, un incremento del seis por ciento 6% a partir del 1 de Noviembre, y un incremento del seis por ciento 6% a partir del 1 de Diciembre del corriente, ello con las mismas características y condiciones que las fijadas para la política salarial según Decreto N 507/23, que serán aplicables sobre el sueldo básico, como así también sobre los restantes conceptos que se consignan en sus respectivos recibos de sueldo, y que no se modifiquen con el incremento de aquel, tomando como base de cálculo los salarios correspondientes al mes de febrero de 2023 y ratificando en todos sus términos la vigencia de la asignación prevista por el artículo 3 del Decreto N 1005/20;
Que en el artículo 17º del Decreto N 1838/23 se dispuso efectuar 2
dos actualizaciones automáticas de los salarios: la primera durante el mes de noviembre de 2023 una vez publicada la inflación Índice de Precios al Consumidor IPEC acumulada al mes de octubre compensándose la diferencia en menos que pudiera existir entre el aumento salarial acumulado propuesto para el mes de octubre y dicha inflación; la segunda y última del año 2023, se instrumentará durante el mes de Enero del 2024, en la misma forma y condiciones una vez publicado el índice de inflación acumulado al mes de diciembre del corriente año Índice de Precios al Consumidor - IPEC;
Que, en esta inteligencia, conocido el dato brindado por el citado organismo estadístico para el mes de octubre, se determina una diferencia del treinta y uno coma catorce por ciento 31,14%, lo que sumado al seis por ciento 6% que fuera dispuesto por el articulo 1º del Decreto N
1838/23 para el mes de noviembre, totaliza un incremento a partir del 1º de noviembre de treinta y siete coma catorce por ciento 37,14%;
Que a tales fines, deviene necesario modificar los salarios de la totalidad de los agentes incluidos en el Escalafones Policial y del Servicio Penitenciario e Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias I.A.P.I.P. disponiendo el aumento del treinta y siete coma catorce por ciento 37,14% a partir del 1 de Noviembre de 2023, ello con las mismas características y condiciones que las fijadas para la política salarial establecida en el Decreto N 507/23;
Que en concordancia con lo dispuesto oportunamente por artículo 6º del Decreto N 4221/13 y sus modificatorios, debe preverse la adecuación de los dispositivos a los fines de garantizar que ningún agente perteneciente a los escalafones Policial, del Servicio Penitenciario e Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias I.A.P.I.P. perciba una remuneración neta de descuentos de ley inferior a la suma de pesos doscientos ochenta y un mil novecientos veintiséis con 14/100 $ 281.926,14
a partir del 1 de Noviembre de 2023, y a la suma de pesos doscientos
LEYES DECRETOS
LICITACIONES
AVISOS OFICIALES

27402

Aparece los días hábiles
EDICION DE 54 PAGINAS

ochenta y nueve mil cuatrocientos treinta y cinco con 83/100 $
289.435,83 a partir del 1 de Diciembre de 2023, respectivamente;
Que en otro orden, se modifican los valores de la asignación mensual de carácter no remunerativo y no bonificable establecida por el artículo 1
del Decreto N 1005/20 y sus modificatorios, para todos aquellos agentes activos incluidos en los Escalafones referidos;
Que las asignaciones mencionadas alcanzarán a los agentes que pertenezcan a los Escalafones del Personal Policial, Servicio Penitenciario e Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias I.A.P.I.P. en forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado, no pudiendo ser computadas a los efectos del cálculo de ningún adicional, suplemento y/o compensación vigente o a crearse, como tampoco serán tenidos en consideración para cálculo de la remuneración neta de descuentos prevista en el artículo 2 del Decreto N 3008/22;
Que en el marco normativo previsto por la Ley N 11.530, corresponde adecuar el monto de las pasividades de los sectores comprendidos en el presente Decreto, a cuyo efecto es preciso autorizar a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia;
Que la presente gestión se efectúa de conformidad con lo prescripto por el artículo 720 inciso 10 de la Constitución Provincial, no excediendo la autorización de gastos habilitada por la Ley Anual de Presupuesto N
14.185;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º: Otórguese una recomposición salarial para el personal comprendido en los Escalafones Policial, y del Servicio Penitenciario e Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias I.A.P.I.P., consistente en un incremento del treinta y siete coma catorce por ciento 37,14% a partir del 1 de Noviembre de 2023, que será aplicable sobre el sueldo básico, como así también sobre los restantes conceptos que se consignan en sus respectivos recibos de sueldo, y que no se modifiquen con el incremento de aquel, tomando como base de cálculo los salarios correspondientes al mes de febrero de 2023, ello con las mismas características y condiciones que las fijadas para la política salarial según Decreto N 507/23 y ratificando en todos sus términos la vigencia de la asignación prevista por el artículo 3º del Decreto N 1005/20.
ARTÍCULO 2º: Establécense los sueldos básicos para el Escalafón Policial de la Provincia, en los valores y a partir de las fechas que a continuación se detallan:
GRADOS
1º noviembre 2023
1 diciembre 2023
DIRECTOR GENERAL $358.116,01
$367.655,17
DIRECTOR
$298.606,42
$306.560,42
SUBDIRECTOR
$246.525,88
$253.092,60
COMISARIO SUPERVISOR$207.081,85
$212.597,91
COMISARIO
$197.220,84
$202.474,22
SUBCOMISARIO
$172.568,19
$177.164,90
INSPECTOR
$104.774,86
$107.565,75
SUBISNPECTOR
$77.795,38
$79.867,62
OFICIAL
$52.387,41
$53.782,85
SUBOFICIAL
$44.903,54
$46.099,64
ARTICULO 3º: Establécense los sueldos básicos para el personal perteneciente al Servicio Penitenciario e Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias I.A.P.I.P., en los valores y a partir de las fechas que a continuación se detallan:
GRADOS 1 noviembre 20231º diciembre 2023
INSPECTOR GENERAL$358.116.01
$ 367.655 17
PREFECTO
$298.606,42
$306.560,42
SUBPREFECTO
$246.525,88
$253.092,60
ALCAIDEMAVOR
$207.081,85
$212.597,91
ALCAIDE$
$197.220,84
$202.474,22
SUBALCAIDE
$172.568,19
$177.164,90
ADJUTOR PRINCIPAL $104.774,86
$107.565,75
ADJUTOR
$91.678,01
$94.120,05
SUBADJUTOR
$72.968,21
$74.911,87
SUADJUTOR AYUDANTE$61.742,31
$63.386,94
AYUDANTE MAYOR
$112.258,79
$115.249,03
AYUDANTE PRINCIPAL $97.290,81
$99.882,36
AYUDANTE DE 1ra $80.452,16
$82.595,17
AYUDANTE DE 2da $74.090,83
$76.064,39

Los documentos que se inserten en el Boletin Oficial serán tenidos como auténticos por el efecto de su publicación Artículo 8º / Ley 1799

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 6/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha06/12/2023

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones700

Primera edición03/05/2002

Ultima edición28/06/2024

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